Este real decreto tiene por objeto establecer las normas especiales reguladoras para la concesión de ayudas cuya finalidad es incentivar y promover la realización de actuaciones en PYME y gran empresa del el sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética, contribuyendo a alcanzar con ello los objetivos de reducción del consumo de energía final.
Entidades beneficiarias:
Las empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial:
07. Extracción de minerales metálicos.
08. Otras industrias extractivas.
09. Actividades de apoyo a la industria extractiva.
10. Industria de la alimentación.
11. Fabricación de bebidas.
13. Industria textil.
14. Confección de prendas de vestir.
15. Industria del cuero y del calzado.
16. Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.
17. Industria del papel.
18. Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
19. Coquerías y refino de petróleo.
20. Industria química.
21. Fabricación de productos farmacéuticos.
22. Fabricación de productos de caucho y plásticos.
23. Fabricación de otros productos minerales no metálicos.
24. Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.
25. Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
26. Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.
27. Fabricación de material y equipo eléctrico.
28. Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.
29. Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques.
30. Fabricación de otro material de transporte.
31. Fabricación de muebles.
32. Otras industrias manufactureras.
33. Reparación e instalación de maquinaria y equipo.
35. Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
36. Captación, depuración y distribución de agua.
37. Recogida y tratamiento de aguas residuales.
38. Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.
39. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.
Actuaciones subvencionables:
Para poder acogerse al Programa, las actuaciones habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida, y cumplir con las condiciones establecidas por estas bases, justificando el ahorro energético y la reducción de las emisiones de CO2. Deberán encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías:
- Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
- Implantación de sistemas de gestión energética.
Cuantía de las ayudas:
Las intensidades máximas variarán en función del tamaño de la empresa, siendo los máximos siguientes:
- Gran empresa: 30%
- Mediana empresa: 40%
- Pequeña empresa: 50%
Cada beneficiaria no podrá superar por el conjunto de solicitudes presentadas la cuantía total de ayuda de 6.000.000 de euros
Normativa aplicable:
- Modificación de la orden:
- Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial: Disposición 5570 del BOE núm. 89 de 2019
- Ampliación de plazo de vigencia del programa de ayudas: del 03/08/2022 – 30/06/2023 al 30/06/2024
Boletines:
- Convocatoria: https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2022/08/2203512a.pdf
- Otras disposiciones: https://www.euskadi.eus/web01-bopv/es/bopv2/datos/2023/06/2303154a.pdf