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Transición Verde 2026
Tipo de ayuda:
Inversiones ,  Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
18/05/2026 - 05/06/2026

Mediante este programa de subvenciones se pretenden alcanzar los siguientes objetivos:

  • Impulsar la medición del impacto ambiental de las empresas de Bizkaia.
  • Apoyar las inversiones que ayuden a reducir el impacto ambiental neto de las empresas de Bizkaia.
  • Apoyar proyectos de innovación ambiental, alineada con la economía circular, de las empresas de Bizkaia.

En todo caso, el objetivo último es que las empresas mejoren su posición competitiva y reduzcan su huella ecológica.

La puesta en práctica de este programa se llevará a cabo a través de tres líneas de subvención:

  • Línea 1: Subvenciones para medición del impacto ambiental.
  •  Línea 2: Subvenciones para inversiones verdes.
  • Línea 3: Subvenciones para proyectos de innovación ambiental y economía circular.

Beneficiarias de la subvención

Serán beneficiarias de la presente las empresas con personalidad jurídica propia que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia.
  • Tener al menos un centro productivo en el Territorio Histórico de Bizkaia.
  • Desarrollar su actividad en los sectores de la Industria, Construcción, Transporte, Servicios Conexos con la Industria, Turismo y Comercio al por mayor.
  • Tener una plantilla entre 5 y 250 personas, en equivalentes anuales a jornada completa.

Hecho subvencionable

Para la Línea 1:

  • Cálculo de la huella de carbono de organización, de alcance 2 o alcance 3.
  • Cálculo de la huella de carbono de producto, servicio o evento.
  • Cálculo de la huella ambiental de organización.
  • Cálculo de la huella ambiental, análisis del ciclo de vida y/o declaración ambiental de producto.
  • Implantación de procesos y software para la recogida, tratamiento, análisis y visualización de datos de impacto ambiental.

Para la Línea 2:

  • Instalaciones de generación de energía renovable para autoconsumo.
  • Adaptación o sustitución de equipamiento e instalaciones actuales por elementos que consumas energía de fuentes renovables.
  • Adaptación o sustitución de equipamiento e instalaciones actuales para pasar a utilizar alguna de las mejores tecnologías disponibles (MTDs) o tecnologías dentro del Listado Vasco de Tecnologías Limpias (LVTL).
  • Adaptación o sustitución de equipamiento e instalaciones actuales por instalaciones de mayor eficiencia en el uso de energía y recursos.
  • Implantación de sistemas integrales de gestión de la demanda energética.

Para la Línea 3:

  • Tendrá la consideración de hecho subvencionable los proyectos de mejora o de innovación ambiental en la empresa, alineada con la economía circular, que afecte a sus procesos de generación de valor, a sus productos servicios o a su modelo de negocio.
  • Los proyectos subvencionables podrán contener, entre otras, acciones para:
    • Innovación ambiental del producto/servicio.
    • Innovación ambiental en el proceso.
    • Innovación ambiental en modelo de negocio.

Gastos subvencionables

Para la Línea 1:

  • Gastos de contratación externa de servicios de consultoría para la medición del impacto ambiental.
  • Gastos de contratación externa necesarios para cumplir los requisitos de registro de la medición y verificación por parte de la entidad acreditada.
  • En la tipología de «implantación de procesos y software para la recogida, tratamiento, análisis y visualización de datos de impacto ambiental», adicionalmente.

Para la Línea 2:

  • Inversiones en inmovilizado.
  • Costes de licencias de uso de software comercial durante 12 meses.
  • Costes de ejecución de las obras civiles y/o instalaciones para la inversión subvencionable.
  • Costes de desmantelamiento de las instalaciones existentes.
  • Costes de la redacción de los proyectos o memorias técnicas, los costes de la dirección facultativa, coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje, control de calidad de la obra, etc.
  • Costes necesarios para la legalización de las instalaciones y la obtención de las licencias requeridas en las diferentes fases del proyecto, tanto de los colegios profesionales como de las diferentes administraciones afectadas.

Para la Línea 3:

  • Gastos externos directamente vinculados al proyecto.
  • Inversiones en inmovilizado:
    • 206 Aplicaciones informáticas
    • 212 Instalaciones técnicas
    • 213 Maquinaria
    • 214 Utillajes
    • 215 Otras instalaciones
    • 217 Equipos para procesos de información
  • Gastos internos del personal destinado al proyecto.

Cuantía individualizada de las ayudas

Para la Línea 1:

  • El importe de las ayudas se obtendrá de la aplicación del 50% sobre la base de gasto que se considere subvencionable.
  • Las ayudas otorgadas por entidad solicitante en cada una de las solicitudes apoyadas, no superarán los 10.000 euros.
  • No se concederán ayudas inferiores a 1.000 euros.

Para la Línea 2:

  • El importe de las ayudas se obtendrá de la aplicación de los siguientes porcentajes, en función de la valoración obtenida:
    • > 60 puntos: 50 % de subvención
    • 35 – 60 puntos: 35 % de subvención
    • < 35 puntos: 0 % de subvención

Para la Línea 3:

  • El importe de las ayudas se obtendrá de la aplicación de los siguientes porcentajes:
    • Gastos externos: 50%
    • Inversiones: 15%
    • Gastos internos de personal: 50%
  • Las ayudas otorgadas por entidad solicitante en cada una de las solicitudes apoyadas, no superarán los siguientes límites:
    • Subvención total: 120.000,00 euros
    • Subvención por gastos internos de personal: 25.000,00 euros

Plazo de presentación

Línea 1: desde el 18 de mayo de 2026 hasta el 26 de junio de 2026.

Líneas 2 y 3: desde el 18 de mayo de 2026 hasta el 5 de junio de 2026.

Plazo de ejecución

Línea 1 – Subvenciones para medición del impacto ambiental: el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2027.

Línea 2 – Subvenciones para inversiones verdes: el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2027.

Línea 3 – Subvenciones para proyectos de innovación ambiental y economía circular: el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2027.

Plazo de justificación

La justificación de la ayuda se deberá realizar en un plazo de un (1) mes a contar desde la finalización del plazo máximo para realización de la actividad o proyecto subvencionado.

No obstante, las personas beneficiarias podrán voluntariamente presentar la justificación final con anterioridad al inicio del plazo establecido para ello, pero con posterioridad al 1 de diciembre de 2026.

Tamaño empresa
5 - 250
Sector económico
Sector industrial
Servicios conexos a la industria
Comercio al por mayor
Sector alimentario
Construcción
Transporte
Organismo
Diputación Foral de Bizkaia
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