Subvenciones de ayuntamientos

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Ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas litorales de la CAE, ITSASPEN_2023
Tipo de ayuda:
Inversiones
Plazo de solicitud:
- 29/09/2023

Es objeto del presente Decreto establecer y regular el régimen de ayudas dirigido a potenciar la promoción y el desarrollo de las zonas litorales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, mejorando los servicios básicos y la calidad de vida de la población y apoyando la generación de nuevas actividades económicas que contribuyan a la revitalización y renovación de las poblaciones costeras y al desarrollo de las mismas (Programa Itsaspen).

 

Líneas de ayuda

  1. Capítulo II: Ayudas a la implantación de servicios básicos para la economía y la población litoral
  2. Capítulo III: Ayudas a la conservación y mejora del patrimonio litoral

Entidades beneficiarias

  • Capítulo II: Ayudas a la implantación de servicios básicos para la economía y la población litoral
    • Los Municipios, directamente o a través de sus organismos autónomos, sus entes públicos de derecho privado, sus sociedades públicas; sus fundaciones públicas; los consorcios municipales dotados de personalidad jurídica, las Mancomunidades y las Comarcas.
  • Capítulo III: Ayudas a la conservación y mejora del patrimonio litoral
    • Las Administraciones públicas, directamente o a través de sus organismos autónomos, sus entes públicos de derecho privado, sus sociedades públicas; las fundaciones públicas; los consorcios dotados de personalidad jurídica; las corporaciones de derecho público, las personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y las comunidades
      de bienes
    • Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad jurídica (incluidas las comunidades de bienes) todas y cada una de las personas físicas o jurídicas que participan en ellas tendrán la consideración de personas beneficiarias,

Actividades subvencionables

  • capítulo II: Ayudas a la implantación de servicios básicos para la economía y la población litoral
    • Los proyectos que supongan dotar o mejorar los servicios o infraestructuras básicos de las poblaciones litorales que supongan una mejora de calidad de vida. Véanse centros sociales, guarderías, centros de día, bibliotecas, centros polivalentes, instalaciones y equipamientos deportivos, turísticos, botiquines.
    • Los proyectos que supongan mejora de las infraestructuras básicas para el suministro de energía, abastecimiento de agua y saneamiento, telecomunicaciones.
    • Los proyectos que supongan la adecuación urbanística de poblaciones litorales destinadas a rehabilitar entornos degradados y a mejorar la accesibilidad.
    • Los proyectos destinados al fomento del uso de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) en la implementación de servicios y equipamientos desde la iniciativa endógena.
  • Capítulo III: Ayudas a la conservación y mejora del patrimonio litoral
    • Los proyectos de restauración y puesta en valor del patrimonio histórico-cultural y marítimo pesquero.
    • Los proyectos de recuperación de elementos etnográficos que integran el acervo de la cultura litoral.
    • Los proyectos de restauración y puesta en valor del patrimonio natural, así como el desarrollo de parajes de alto valor natural.
    • Las acciones de sensibilización de todo lo anterior

Gastos subvencionables:

  • capítulo II: Ayudas a la implantación de servicios básicos para la economía y la población litoral
    • Los proyectos técnicos y la dirección de obra, con el tope del 10% sobre la inversión subvencionable.
    • La ejecución material de las obras de urbanización.
    • La ejecución material de las obras de edificación.
    • La adquisición de maquinaria.
    • La adquisición de utillaje.
    • La adquisición de mobiliario.
    • La adquisición de equipos informáticos y de comunicación, tanto hardware como software.
    • Otras infraestructuras.
  • Capítulo III: Ayudas a la conservación y mejora del patrimonio litoral
    • Los proyectos técnicos y dirección de obra con el tope del 10% sobre la inversión subvencionable.
    • La ejecución material de las obras de urbanización.
    • La ejecución material de la obras de restauración.
    • La adquisición de mobiliario.
    • Otras infraestructuras.
    • Los gastos de promoción y difusión (solo para el inicio de actividad).
    • Los estudios vinculados a proyectos e inversiones.

Cuantía de la subvención

  • capítulo II y III :
    • En función de la puntuación obtenida para cada proyecto, máximo 100% y mínimo 30%
    • Los proyectos para poder ser subvencionados deberán haber obtenido un mínimo de 60 puntos.

Plazo de ejecución

  • capítulo II y III :
    • Las inversiones y gastos podrán ser anuales o plurianuales.
    • Para los proyectos anuales, el plazo máximo de ejecución será hasta el 31 de diciembre de 2023 y, para los proyectos plurianuales, hasta el 31 de diciembre de 2024, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 13 y en el 16 párrafo 3 del Decreto 22/2012, de 21 de febrero.
    • Los proyectos a subvencionar deberán iniciarse en el ejercicio 2023

Definición técnica de zonas litorales

  • ONDARROA: L1
  • LEKEITIO: L2
  • BERRIATUA: L6
  • ISPASTER: L6
  • MENDEXA: L6
  • AMOROTO: L7
  • GIZABURUAGA: L7

Reglamento minimis

Las ayudas previstas en los Capítulos II, III, IV, V, VI, VII y VIII se encuadran de modo general en el Reglamento (CE) n.º 1998/2006, de la Comisión de 15 de diciembre relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis. No obstante, en el caso de beneficiarios que pertenezcan al sector pesquero, la norma de mínimis que se aplicará será el Reglamento (CE) n.º 875/2007 relativo a las ayudas de mínimis en el sector pesquero. En cualquier caso, se atenderá a los límites de ayuda establecidos en la norma aplicable en cada caso.

Normativa

  • Convocatoria: https://www.euskadi.eus/web01-bopv/es/bopv2/datos/2023/08/2304063a.pdf
  • Bases: https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2012/03/1201055a.pdf
Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Gobierno Vasco
Localización del municipio
Zona costera
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Ayudas para la realización de espectáculos de teatro, música y danza por parte de ayuntamientos_2023
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
15/09/2023 - 29/09/2023

SUBVENCIONES FORALES DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE PROGRAMACIONES DE ESPECTÁCULOS DE TEATRO, MÚSICA Y DANZA POR PARTE DE LOS AYUNTAMIENTOS, ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y  SOCIEDADES PÚBLICAS, TODAS ELLAS MUNICIPALES, DEL TERRITORIO HISTÓRICO

Objeto

  • La actividad subvencionable es la programación de teatro, música, y danza, ofertada en el Territorio Histórico de Bizkaia por parte de ayuntamientos, organismos autónomos municipales y sociedades públicas municipales, integradas en SAREA.
  • Los proyectos que motiven la solicitud de subvención deberán desarrollarse durante el ejercicio 2023.
  • Quedará excluida del ámbito de aplicación la programación inserta en ciclos o festivales, que obtengan otra subvención de este o de cualquier otro departamento de la Diputación Foral de Bizkaia

Entidades beneficiarias:

  • Podrán beneficiarse de las subvenciones los ayuntamientos, organismos autón

Plazo de presentación:

  • El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día 15 de septiembre de 2023 hasta las 13:30 horas del 29 de septiembre de 2023.

Normativa:

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Diputación Foral de Bizkaia
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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Ayudas destinadas a financiar la formación de las personas empleadas en las administraciones locales de la Comunidad Autónoma y las administraciones forales de la Comunidad Autónoma del País Vasco_2023
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
15/06/2022 - 22/07/2023

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas destinadas a la financiación de la formación de las personas empleadas en las administraciones públicas vascas indicadas en la base tercera, en el ejercicio 2023.

Gastos subvencionables:

Los planes o programas de formación aprobados por las administraciones públicas vascas para su personal para el ejercicio 2022.

Los planes o programas de formación podrán incluir, además de la oferta formativa propiamente dicha, alguna o algunas de las siguientes acciones:

  • El diseño y/o elaboración de contenidos formativos.
  • El establecimiento de redes de aprendizaje temporal o permanente.
  • El diseño, elaboración y publicación de material docente en cualquiera de los soportes utilizados en formación.
  • Estudios relacionados con la evaluación del aprovechamiento, transferencia o impacto referidos a la formación desarrollada por la entidad

Plazo de solicitud

  • El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 24:00 horas del 22 de septiembre de 2023.
Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Gobierno Vasco
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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Programas «Ayudas Cervera a Centros Tecnológicos» y «Ayudas a Ecosistemas de Innovación»_2023
Tipo de ayuda:
Innovación y competitividad
Plazo de solicitud:
-

Constituye el objeto de esta orden la aprobación de las bases reguladoras de la concesión de las siguientes ayudas, en régimen de concurrencia competitiva:
a) Ayudas Cervera a Centros Tecnológicos para la realización de I+D en tecnologías prioritarias. El objetivo de estas ayudas es impulsar la realización de programas estratégicos en tecnologías prioritarias y fomentar la colaboración
público-privada sobre todo con el sector empresarial, convirtiéndose en socios tecnológicos y de innovación estratégicos que generen un impacto destacado en la inversión empresarial en I+D+i.
b) Ayudas a Ecosistemas de Innovación basados en las Redes de Excelencia Cervera. El objetivo de estas ayudas es fomentar la llegada al entorno económico-social de capacidades tecnológicas desarrolladas por los Centros e Institutos Tecnológicos de Excelencia «Cervera», fomentando su puesta en valor y la contribución a la consolidación de ecosistemas innovadores. Se apoyará, entre otras actividades, la inversión en infraestructura y su uso compartido, la transferencia e intercambio de conocimientos, el trabajo en redes y la cooperación transnacional; la prestación o canalización de servicios especializados, así como la colaboración entre las empresas y otras organizaciones de la agrupación.

Entidades beneficiarias

  • Empresas, entendiendo como tales a todas aquellas entidades que ejerzan una actividad económica, independientemente de su forma jurídica y de su financiación.
  • Organismos públicos de investigación
  • Universidades
  • Institutos de investigación sanitaria
  • Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal
  • Asociaciones y fundaciones.
  • Administraciones Públicas (Administración General del Estado, Administraciones de las CC. AA., Administración Local) y las entidades de derecho público vinculados o dependientes de las distintas Administraciones públicas

Actividaes objeto de la ayuda

1-Programas estratégicos de investigación, desarrollo e innovación, centrados en tecnologías prioritarias «Cervera», según las definiciones del anexo I de la presente orden.
2- Apoyo a Ecosistemas de Innovación basados en Redes de Excelencia Cervera, incluyendo la inversión en infraestructura; las actividades para el fomento y gestión del uso compartido infraestructuras; la transferencia e intercambio de conocimientos,
incluyendo la formación; las actividades de demostración; el trabajo en redes; la cooperación transnacional; la prestación o canalización de servicios especializados y personalizados de apoyo al ecosistema, así como las actuaciones de difusión y
ampliación del ecosistema.

Costes subvencionables

  • Coste de personal, tanto del personal propio del beneficiario como nuevas contrataciones, excepto para aquellos beneficiarios a los que se les aplique la modalidad de costes marginales prevista en el artículo 10.3.
    b) Costes de adquisición, alquiler, arrendamiento financiero (leasing), mantenimiento, reparación y amortización de activos materiales necesarios para la actuación.
    c) Costes de adquisición de activos inmateriales.
    d) El coste de amortización de los bienes inventariables
  • Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares.
  • costes de solicitud de derechos de propiedad industrial e intelectual y otros
  • costes derivados del mantenimiento de estos.
  • Costes de subcontratación de actividades. Quedan expresamente excluidos los costes correspondientes a cualquier forma de consultaría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada, excepto para los proyectos en cooperación.
  • Costes de gestión de instalaciones de uso compartido.
  • Costes derivados de asesoramiento, realización de estudios, difusión, eventos y publicidad. En las actividades de difusión, eventos y publicidad sólo se admitirán costes asociados a la contratación de espacios, medios técnicos y cartelería.
  • Costes de publicación y difusión de resultados, incluidos aquellos que pudieran derivarse de la publicación en revistas de acceso abierto.
  • Costes derivados de la formación del personal asociado a la actuación. Los costes inherentes a la preparación de actuaciones formativas incluyendo el material docente o formativo.
  • Costes de inscripción en congresos, seminarios, conferencias, jornadas técnicas y similares.
  • Costes de utilización y acceso a las ICTS y grandes instalaciones científicas, nacionales e internacionales.
  • El gasto derivado del informe realizado por un auditor.
  • Con carácter general las convocatorias podrán contemplar la financiación de costes indirectos, entendidos como gastos generales asignados a la actuación, pero que por su naturaleza no puedan imputarse de forma directa. Los costes indirectos se calcularán, sin necesidad de aportar justificantes de gasto, mediante la aplicación de un porcentaje del 21 % sobre los gastos totales de la actuación válidamente justificados.

Características de la ayuda

  • Las ayudas se concederán bajo la modalidad de subvención.
  • Las ayudas podrán tener carácter anual o plurianual, con la duración que se especifique en las convocatorias

Normativa aplicable

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Subvenciones del Estado
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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Ayudas para el mantenimiento de Aula Mentor_2023
Tipo de ayuda:
Contratación/ Formación, Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
05/07/2023 - 20/07/2023

Ayudas destinadas al mantenimiento de Aula Mentor dependiente de entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para promover acciones formativas, de difusión y de promoción concretas que impulsen la formación abierta, flexible y a través de Internet para personas adultas.

Entidades beneficiarias:

Entidades locales a las que se refiere el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipal instituidas o reconocidas por las comunidades autónomas y las entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales.

Todas las entidades locales deberán tener activa y en funcionamiento un Aula Mentor con fecha anterior a 30 de junio de 2023, y actualizado el convenio que acredita su condición de entidad colaboradora en el desarrollo del programa Aula Mentor.

Finalidad:

Contribuir a financiar las actividades de formación continua -dirigidas a población adulta y en modalidad a distancia- que desarrollan las aulas Mentor en activo y a sufragar parte de los gastos necesarios para la realización de dichas actividades. Estas ayudas están dirigidas a aquellas iniciativas desarrolladas desde las Aulas Mentor en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 al 30 de junio de 2023, y que promuevan las políticas de igualdad, no discriminación y accesibilidad universal en el ámbito de la formación a lo largo de la vida.

Cuantía:

Dotación de 600.750,00 € que se distribuirán en ciento cincuenta (150) módulos de 4.005,00 € euros cada uno.

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Subvenciones del Estado
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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Ayuda para actuaciones en materia de cambio climático y transición energética, con el fomento de planes y medidas de ahorro y de eficiencia energética, y la promoción e implantación de energías renovables_2023
Tipo de ayuda:
Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
-

Es objeto del presente Decreto Foral el establecimiento de las bases y la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para los ayuntamientos y mancomunidades del Territorio Histórico de Bizkaia, para la realización de proyectos de inversión en materia de cambio climático y transición energética, con el fomento de planes y medidas de ahorro y de eficiencia energética, y la promoción e implantación de energías renovables, que figuren expresamente recogidos en los distintos planes en materia de cambio climático y energía, así como estudios y planes de actuación energética.

Entidades beneficiarias

Los ayuntamientos y las mancomunidades que gestionen aspectos relacionados con el cambio climático y la energía del Territorio Histórico de Bizkaia

 

Actuaciones subvencionables:

– Planes de Actuación energética y Planificación sobre cambio climáti-co y transición energética.
– Alumbrado público.
– Edificios públicos.
– Vehículos

Actuaciones excluidas

1. Obras a realizar en bienes públicos cedidos o que se prevea ceder a particulares para uso privado, o en bienes de titularidad privada.
2. Los proyectos o sectores de actuación contemplados en los contratos adjudica- dos a empresas bajo la figura de Empresas de Servicios Energéticos.
3. Las actuaciones que claramente no conlleven una reducción del consumo ener-gético o la generación de energías renovables.
4. Las actuaciones ejecutadas antes del 1 de enero de 2023.
5. Solicitudes que supongan una inversión inferior a 3.000 euros (IVA no incluido)

Normativa aplicable: 

  • Bases: https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2022/12/19/I-1063_cas.pdf
  • Convocatoria: https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2023/06/20/I-724_cas.pdf
  • Modificaciones: Declarar los siguientes créditos, con la siguiente distribución:
    • Económico 732.99, Programa 172103, Proyecto 2021/0033, y clasificación Orgánica 0208: 1.416.596,79 euros destinado a ayuntamientos y mancomunidades
      para inversiones.
Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Diputación Foral de Bizkaia
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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Ayudas para mejorar la empleabilidad y formación para el empleo a través de itinerarios de inserción laboral_2023
Tipo de ayuda:
Subvenciones, Contratación/ Formación
Plazo de solicitud:
-

Ayudas del FSE+ tendrán como finalidad contribuir a mejorar la empleabilidad y formación para el empleo a través de itinerarios de inserción laboral, que permitan conseguir el objetivo de mejorar el acceso al empleo y el desarrollo de medidas de activación de los demandantes de empleo.

 

Actividades financiables:

Las ayudas contempladas en esta orden se destinarán a financiar proyectos con itinerarios o programas de inserción laboral.

Entidades beneficiarias:

  • Los ayuntamientos de municipios con población superior a 20.000 habitantes.
  • Las diputaciones provinciales, las diputaciones forales, los cabildos y consejos insulares.

Financiación, importe de la ayuda y pago:

  • Las ayudas se financiarán con los recursos procedentes del FSE+, para el periodo de intervención 2021-2027.
  • Los proyectos se financiarán de acuerdo con la tasa de cofinanciación que les resulte aplicable.
  • El importe de la ayuda a conceder a cada uno de los proyectos seleccionados será el resultado de aplicar al presupuesto elegible la tasa de cofinanciación que corresponda. No serán financiables los proyectos con un presupuesto elegible superior a los siguientes importes:
    1. Tres millones de euros para las entidades cuyo ámbito territorial tenga una población comprendida entre 20.001 y 75.000 habitantes.
    2. Seis millones de euros para las entidades cuyo ámbito territorial tenga una población comprendida entre 75.001 y 200.000 habitantes.
    3. Diez millones de euros para las entidades cuyo ámbito territorial tenga una población superior a 200.000 habitantes.
  • El pago de la ayuda se realizará por el organismo intermedio, previa justificación por la entidad beneficiaria.

 

 

 

Tamaño del municipio
> 5000 biztanle
Organismo
Subvenciones del Estado
Localización del municipio
Zona rural
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Ayudas públicas para proyectos de I+D y nuevos proyectos empresariales de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023
Tipo de ayuda:
Innovación y competitividad, Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
-

El objetivo de estas ayudas es impulsar la realización de programas estratégicos en tecnologías prioritarias y fomentar la colaboración público-privada sobre todo con el sector empresarial, convirtiéndose en socios tecnológicos y de innovación estratégicos que generen un impacto destacado en la inversión empresarial en I+D+i.

Entidades beneficiarias:

  • Empresas, entendiendo como tales a todas aquellas entidades que ejerzan una actividad económica, independientemente de su forma jurídica y de su financiación.
  • Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  • Universidades y sus institutos universitarios de investigación.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria y normas complementarias.
  • Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal.
  • Asociaciones y fundaciones.
  • Administraciones Públicas y las entidades de derecho público vinculados o dependientes de las distintas Administraciones públicas.

Actividades objeto de ayuda:

  • Programas estratégicos de investigación, desarrollo e innovación, centrados en tecnologías prioritarias «Cervera».
  • Apoyo a Ecosistemas de Innovación basados en Redes de Excelencia Cervera, incluyendo la inversión en infraestructura.

Cuantía, intensidad de la ayuda y criterios para su determinación:

  • El presupuesto financiable se establecerá en función del coste total de la actividad financiada.
  • Los rendimientos financieros que se pudieran generar por los fondos librados por anticipado a los beneficiarios no incrementarán el importe de la ayuda concedida.
  • Las ayudas podrán financiar hasta el 100 % de los gastos de la actuación financiada para la realización de actividades no económicas de organismos de investigación.
  • Las convocatorias podrán establecer un límite o porcentaje máximo de ayuda para cada tipo de actuación y/o beneficiario.
Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Subvenciones del Estado
Localización del municipio
Zona rural
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Ayudas para la mejora y optimización de instalaciones y espacios deportivos que promuevan el turismo deportivo sostenible_2023
Tipo de ayuda:
Turismo, Inversiones, Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
30/06/2023 - 11/09/2023

La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las subvenciones a Administraciones Públicas territoriales y aquellos organismos públicos y entidades de derecho público dependientes de dichas Administraciones Públicas, que sean titulares de instalaciones y/o espacios deportivos, destinadas a la inversión para promover la reforma sostenible e inclusiva de instalaciones y espacios deportivos en los que se puedan desarrollar proyectos relacionados con el sector del turismo deportivo, con el fin de modernizar nuestra industria turística asociada al deporte, y cuyo plazo de ejecución se encuentre entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2025

Beneficiarios.

  1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones o ayudas para las que existaconsignación presupuestaria las Administraciones Públicas territoriales y aquellos organismos públicos y entidades de derecho público dependientes de dichas Administraciones Públicas, que sean titulares de instalaciones y/o espacios deportivos en los que se puedan desarrollar actividades de turismo deportivo sostenible.
  2. A los efectos de esta Orden, se entenderá como turismo deportivo aquel que implique el desplazamiento y/o alojamiento de personas para presenciar y/o participar en algún evento de carácter deportivo o para practicar actividad físico-deportiva en todos sus ámbitos de actuación.

Gastos subvencionables.

  • a) Adecuación y mejoras de espacios e instalaciones deportivas.
  • b) Adecuación y mejora de accesos y aparcamientos.
  • c) Adecuación de vestuarios y otros espacios complementarios de apoyo a la actividad deportiva, como gimnasios, salas de readaptación y enfermería, así como residencias y salas destinadas a la formación
  • d) Mejoras en la eficiencia energética.
  • e) Adecuación, adaptación y mejoras de las instalaciones, siempre que el resultado implique una mejora en la consecución de los objetivos de transición ecológica, digitalización, igualdad e inclusión, accesibilidad y/o seguridad en las instalaciones.
  • f) Actuaciones que desarrollen y/o mejoren la digitalización de la actividad turístico- deportiva en todos sus ámbitos de desarrollo.
  • g) Elaboración del diseño y/o proyecto de inversión de las actuaciones recogidas en el presente apartado.
  • En ningún caso se considerarán subvencionables los salarios de las personas empleadas.
  • No se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Plazo de presentación de solicitudes.

  1. El plazo de presentación de solicitudes será el establecido en la correspondiente convocatoria, sin que en ningún caso supere el plazo de treinta días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
  2. La presentación de solicitudes fuera del plazo establecido para ello dará lugar a su inadmisión

Boletines 

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< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Subvenciones del Estado
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Zona rural
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Ayudas destinadas a la financiación del «Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas»_2023
Tipo de ayuda:
Contratación/ Formación
Plazo de solicitud:
- 17/11/2023

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de las subvenciones del “Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas”, regulado en la Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, a las administraciones públicas y entidades del sector público institucional, autonómico y local, de la Comunidad Autónoma de Euskadi por la contratación de personas jóvenes desempleadas, proporcionando primeras experiencias en el empleo, así como competencias y habilidades sociales y profesionales en el seno de los servicios prestados por dichas administraciones, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Entidades beneficiarias:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las Diputaciones Forales, las mancomunidades, las cuadrillas y los municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como los organismos y demás entidades dependientes o vinculadas de las anteriores que integran el sector público institucional autonómico y local y que se encuentren inscritas en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, previsto en el artículo 82 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Acciones subvencionables:

Podrán ser objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria la contratación, en la modalidad de contrato en prácticas, de las personas que cumplan las condiciones previstas en el artículo 6, como medio de adquisición de las primeras experiencias en el empleo, así como de competencias y habilidades sociales y profesionales. En cualquier caso, las ofertas de empleo deberán ser gestionadas por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Asimismo, las personas contratadas podrán contar con una persona orientadora de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo durante toda la prestación de servicios siempre y cuando mantengan de alta su demanda en empleo.

2.– A los efectos de dar cumplimiento a las obligaciones relacionadas con el etiquetado verde y digital de este programa, si se solicita subvención por tres contrataciones, al menos una de ellas ha de corresponder a empleo verde o en competencias digitales. Si solicita por cuatro contrataciones, al menos una de ellas ha de tener la consideración de empleo verde y otra de empleo en competencias digitales. Si se solicita por cinco o más de cinco, al menos el 20 % han de ser empleos verdes y el 20 % en competencias digitales. Si el resultado de aplicar estos porcentajes arroja una cifra con decimales, si el dígito es igual o superior a 5, se tomará el número entero superior.

En el supuesto de que una entidad presente más de una solicitud, se tendrá en consideración el número total de contrataciones a los efectos de dar cumplimiento a este requisito.

Si la actividad de la entidad solicitante está vinculada a la economía verde o digital, no se exigirá el cumplimiento de lo dispuesto en este apartado 2, considerándose que todas las contrataciones por las que solicita subvención son empleos verdes o en competencias digitales

Normativa aplicable: 

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Lanbide-Servicio Vasco de Empleo
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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Localización del municipio
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