Subvenciones de ayuntamientos

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Subvenciones para Proyectos de Innovación Territorial y la Reactivación de la Actividad Socioeconómica y la Lucha Contra la Despoblación_2024
Tipo de ayuda:
Innovación y competitividad, Contratación/ Formación, Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
01/07/2024 - 01/08/2024

Convocar para el ejercicio correspondiente a 2024 las subvenciones para la financiación de proyectos innovadores promovidos por las entidades locales para la transformación territorial, que desde una dimensión económica, social, medio ambiental y de género propicien la reactivación social y económica de zonas con problemas de despoblación y revaloricen el espacio rural.

Las ayudas se destinarán a financiar proyectos innovadores de carácter singular y demostrativo, que tengan como finalidad la lucha contra la despoblación, el desarrollo sostenible y la transición ecológica, con una de estas modalidades:

  • Modalidad A: Proyectos institucionales promovidos por entidades locales, que tengan como finalidad fomentar la creación y el desarrollo de ecosistemas de inteligencia e innovación territorial o el apoyo a proyectos tractores que reactiven la actividad socioeconómica con la finalidad de afrontar el reto demográfico y la lucha contra la despoblación.
  • Modalidad B: Proyectos sociales promovidos por entidades sin ánimo de lucro,  que tengan como finalidad incentivar y desarrollar la participación social en proyectos que tengan como objetivo la transformación territorial.
  • Modalidad C: Proyectos empresariales que tengan como finalidad el impulso, la diversificación y reactivación económica.

Beneficiarios de la Ayuda

Para la Modalidad A de Proyectos Promovidos por Entidades Locales:

  • Los ayuntamientos o agrupaciones de ayuntamientos.
  • Las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, y las comunidades autónomas uniprovinciales.
  • Los consejos comarcales u otras entidades locales que agrupen a varios municipios.
  • Las mancomunidades de municipios.
  • Los organismos autónomos vinculados o dependientes de cualquiera de las entidades locales territoriales citadas.

Para la Modalidad B Proyectos Promovidos por Entidades Sin Ánimo de Lucro:

  • Entidades o empresas que carezcan de fines de lucro.

Para la Modalidad C Proyectos Promovidos por Empresas y otras Iniciativas  Emprendedoras:

  • Podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

Cuantía de la Subvención

El importe total solicitado por cada beneficiario no podrá superar el 5 % del crédito disponible total máximo.

Para cada proyecto seleccionado, las ayudas concedidas no podrán superar el 90% del total del gasto subvencionable, y se ajustarán a los siguientes importes máximos según la tipología de los beneficiarios:

  • En el caso de consejos comarcales y sus organismos autónomos, mancomunidades u otras entidades locales que agrupen a varios municipios: 300.000 euros.
  • En el caso de ayuntamientos y sus organismos autónomos: 200.000 euros.

La cuantía mínima de subvención a solicitar se establece en:

  • En el caso de consejos comarcales y sus organismos autónomos, mancomunidades u otras entidades locales que agrupen a varios municipios: 25.000 euros.
  • En el caso de ayuntamientos y sus organismos autónomos: 10.000 euros.

Gastos Subvencionables

Se consideran gastos subvencionables las siguientes categorías de gasto directo:

  • Gastos de personal.
  • Gastos de viajes y manutención.
  • Gastos de actividades, entendiendo como tales:
    • Artículos de consumo, suministros y servicios generales.
    • Alquiler de bienes inmuebles utilizados para el desarrollo del proyecto.
    • Inversiones en bienes inscribibles en un registro público (adquisición, construcción, rehabilitación y mejora) así como en la adquisición de vehículos.
    • Gastos de revisión de la cuenta justificativa.

Plazo de Ejecución

El plazo máximo de ejecución de los proyectos que resulten subvencionados se fija hasta el 31 de diciembre de 2026.

Plazo de Justificación

El plazo de presentación de los documentos anteriores será, como máximo, de tres (3) meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad.

Otros Documentos de Interés

Convocatoria 2024: Anuncio 24444 del BOE núm. 157 de 2024

Ficha Resumen: Ficha_v2 (eudel.eus)

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Subvenciones del Estado
Localización del municipio
Zona costera
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Agenda 2030 en las Entidades Locales_2024
Tipo de ayuda:
Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
25/06/2024 - 22/07/2024

La presente resolución tiene por objeto convocar para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a proyectos e iniciativas que promuevan la implementación, la alineación y la localización de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.

A efectos de garantizar la calidad de los proyectos, se establece que cada entidad concurrente solo podrá presentar un proyecto a esta convocatoria.

Actuaciones Subvencionables

Las subvenciones irán destinadas a subvencionar proyectos o iniciativas relativos a:

  • Elaboración de planes de implementación de la Agenda 2030 en el ámbito local.
  • Proyectos para la adaptación de los planes estratégicos municipales a la Agenda 2030.
  • Actuaciones que respondan a las prioridades establecidas en el Plan de implementación de la  Agenda 2030 y/u otros planes estratégicos existentes cuyo objetivo sea ofrecer una respuesta en el territorio alineada con la Agenda 2030.
  • Proyectos de sensibilización y concienciación de la Agenda 2030, dirigidas a la ciudadanía local y/o al conjunto de los diferentes actores locales, incluyendo la generación de capacidades.
  • Iniciativas que contribuyan a implementar la Agenda 2030 y a hacer realidad el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el ámbito local.

Cuantía de las Ayudas

Se podrán subvencionar proyectos con una cuantía mínima solicitada de 20.000 € y máxima de 250.000 €.

Plazo de Ejecución

El plazo máximo para ejecutar cada proyecto será de un año a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución de Concesión en la «Base de Datos Nacional de Subvenciones».

Plazo de Justificación

El plazo de presentación de la justificación será de tres meses contados a partir del día siguiente al de la finalización del periodo de ejecución del proyecto.

Periodo Elegible de Gastos

El plazo máximo para ejecutar cada proyecto será de un año a partir del 21/06/2024.

Otros Documentos de Interés

Extracto de la Resolución: Anuncio 23005 del BOE núm. 149 de 2024

Ficha Resumen: Ficha_v2 (eudel.eus)

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Subvenciones del Estado
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Ayudas a la Promoción de la Actividad Turística_2024
Tipo de ayuda:
Turismo
Plazo de solicitud:
17/06/2024 - 30/06/2024

Constituye el objeto de esta convocatoria de subvenciones apoyar al sector público  en la realización de proyectos destinados al desarrollo turístico sostenible del destino  Bilbao Bizkaia durante el año 2024, así como impulsar eventos con proyección turística en el Territorio.

Concretamente se financiarán proyectos que se clasifiquen en las siguientes áreas:

  • Área 1: Mejora de las infraestructuras turísticas, oficinas de turismo permanentes y recursos turísticos.
  • Área 2: Formación y mejora de la competitividad del sector.
  • Área 3: Promoción del destino, de productos o de actividades turísticas.
  • Área 4: Eventos de atracción turística.
  • Área 5: Refuerzo de las estructuras de gestión turística.

ÁREA 1: MEJORA DE LAS INFRAESTRUCTURAS TURÍSTICAS, OFICINAS DE TURISMO PERMANENTES Y RECURSOS TURÍSTICOS

Entidades Beneficiarias

  • Los Entes de Gestión Turística de carácter comarcal y local y otros entes públicos dependientes de estos últimos.
  • Ayuntamientos de menos de 150.000 habitantes.

Hecho Subvencionable

Tendrá la consideración de hecho subvencionable la inversión para la mejora o  adecuación de las infraestructuras turísticas, oficinas de turismo permanentes y recursos turísticos y para el desarrollo de la oferta turística en los siguientes ámbitos:

  • Sostenibilidad.
  • Accesibilidad.
  • Digitalización.
  • Señalización.

Plazo de Ejecución

Las actividades o proyectos subvencionados deberán iniciarse y finalizarse en el plazo improrrogable comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

Extracto Área 1: I-652_cas.pdf (bizkaia.eus)

ÁREA 4: EVENTOS DE ATRACCIÓN TURÍSTICA

Entidades Beneficiarias

  • Los Entes de Gestión Turística de carácter comarcal y local y otros entes públicos dependientes de estos últimos.
  • Ayuntamientos de menos de 150.000 habitantes.

Hecho Subvencionable

Tendrán la consideración de hecho subvencionable la realización de eventos de atracción turística en el Territorio Histórico de Bizkaia que cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

  • Tengan impacto social y económico positivo en las comarcas del Territorio Histórico de Bizkaia.
  • Contribuyan a consolidar el posicionamiento turístico de Bizkaia.
  • Estén abiertos al público en general.
  • Tengan repercusión más allá del Territorio Histórico de Bizkaia.

Será necesario que el evento cuente con información en la página web de la entidad promotora, redes sociales o en cualquier otro medio, plataforma o soporte digital de información pública con que cuente la entidad.

Gastos Subvencionables

Se considerarán gastos subvencionables, entre otros los que a continuación se indican:

  • Los gastos necesarios para la organización, realización y promoción del evento.
  • El montaje de instalaciones y servicios técnicos para el desarrollo del evento.
  • El alquiler de locales o de cualquier otro espacio durante la realización del evento siempre que no sean la sede social de la entidad beneficiaria.
  • La contratación de los seguros exigidos para el día de la realización del evento. El importe se prorrateará en caso de contratación anual.
  • La publicidad y difusión del evento.

Plazo de Ejecución

Las actividades o proyectos subvencionados deberán iniciarse y finalizarse en el plazo improrrogable comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2024.

Extracto Área 4: I-653_cas.pdf (bizkaia.eus)

OTROS DOCUMENTOS DE INTERÉS

Extracto de la Ayuda: Ficha_v2 (eudel.eus)

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Diputación Foral de Bizkaia
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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Subvenciones para la puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural Vasco 2024
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
11/06/2024 - 11/07/2024

La presente Orden tiene por objeto la regulación y la convocatoria de subvenciones para promover las actividades de puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural Vasco.

Personas Beneficiarias

Personas físicas y jurídicas propietarias de los bienes, y personas jurídicas sin ánimo de lucro, públicas y privadas; Entidades integrantes de la Administración Local o los órganos dependientes de las mismas que adquieran los bienes o terrenos a los que van destinadas las subvenciones; Sociedades Urbanísticas de Rehabilitación.

Actividades Subvencionables

Las actividades subvencionables son las siguientes:

a) Puesta en valor del patrimonio cultural entendida como las actuaciones encaminadas a conocer, valorizar, reconocer y dotar de uso a los bienes culturales y, en especial, las siguientes:

  • Eliminación, demolición y/o retirada de elementos, partes o, incluso, construcciones y edificios incompatibles con los valores patrimoniales del bien cultural.
  • Mantenimiento del régimen de lotización de propiedades existentes en los Cascos Históricos.
  • Reutilización de inmuebles entendida como su  rehabilitación para el uso característico o para un nuevo uso compatible con sus valores patrimoniales.
  • Consolidación de estructuras arqueológicas relevantes en yacimientos arqueológicos, quedando excluidos los que no cuenten con un proyecto de puesta en valor.
  • Estudios previos (arqueológicos, documentales, históricos, de usos, de diagnóstico, etc.) del bien y/o del solar, siempre que el objetivo de los mismos sea la puesta en valor del bien cultural y queden integrados en proyecto de intervención.

b) Difusión del patrimonio cultural entendida como las actuaciones encaminadas a divulgar sus valores patrimoniales mediante la sensibilización, la socialización y la interpretación patrimonial.

c) Financiación de las expropiaciones de Bienes Culturales Inmuebles de Protección Especial o Media y/o de su entorno correspondiente. Podrán ser subvencionables, las siguientes categorías: Patrimonio Arqueológico y Patrimonio Edificado.

Cuantía Máxima de la Subvención

Las subvenciones que se concedan con arreglo a lo previsto en la presente Orden tendrán como límite máximo la menor de las siguientes cuantías: 250.000 euros o el 100 % del importe subvencionable, salvo para el mantenimiento del régimen de lotización de propiedades en Cascos Históricos que será del 15 %.

Pago de la Subvención

Las subvenciones concedidas con cargo a la presente Orden serán abonadas fraccionadamente, del siguiente modo:

  • Un primer pago por importe de un tercio de la subvención concedida.
  • El abono de los dos tercios restantes se efectuará conforme a lo establecido en la Resolución de concesión y previa justificación del gasto.

Plazo de Ejecución

Las actividades subvencionables deberán ser ejecutadas en el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre 2025.

Periodo Elegible de Gastos

Las actividades objeto de subvención deberán estar ya iniciadas o iniciarse dentro del ejercicio 2024 y finalizar, como máximo, el 30 de noviembre de 2026.

Plazo de Justificación

Las actividades subvencionadas deberán ser justificadas, como máximo:

  • En el caso de actividades a ejecutar en 2024: hasta el 15 de diciembre de 2024 inclusive.
  • En el caso de actividades a ejecutar en el período 2024-2025: hasta el 15 de diciembre de 2024 inclusive las actividades ejecutadas en 2024 y, hasta el 15 de diciembre de 2025 inclusive, las actividades ejecutadas en 2025.
  • En el caso de actividades a ejecutar en el período 2024-2026: hasta el 15 de diciembre de 2024 inclusive, las actividades ejecutadas en 2024; hasta el 15 de diciembre de 2025 inclusive, las actividades ejecutadas en 2025 y, hasta el 15 de diciembre de 2026 inclusive, las actividades ejecutadas hasta el 30 de noviembre de 2026.

Otros Documentos de Interés

Ficha Resumen: Ficha_v2 (eudel.eus)

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Gobierno Vasco
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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Leader 2024
Tipo de ayuda:
Emprendimiento, Contratación/ Formación
Plazo de solicitud:
08/06/2024 - 28/06/2024

La presente convocatoria tiene por objeto convocar las ayudas destinadas a cumplir con los objetivos fijados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo, enfoque LEADER, aprobada mediante Resolución de 25 de agosto de 2023, de la Directora de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas, todo ello según lo dispuesto en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC) 2023-2027, aprobado por Decisión de la Comisión (2022) 6017 final, de 31 de agosto de 2022.

Las medidas objeto de esta convocatoria son las que se detallan a continuación:

I) Medida de emprendimiento e intraemprendimiento.

II) Medida de apoyo a las inversiones en empresas no agrarias y en diversificación agraria.

III) Medida contratación por cuenta ajena.

IV) Medida de habilitación de espacios.

Plazo de Ejecución

El plazo de ejecución de los proyectos se podrá extender desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.

MEDIDA IV: HABILITACIÓN DE ESPACIOS

Descripción de la Ayuda

Esta medida está destinada a la creación y/o adecuación de espacios destinados a albergar actividad económica para terceras personas.

Entidades Beneficiarias

Podrán ser entidades beneficiarias:

  • Los municipios.
  • Los concejos y cualesquiera otras entidades locales territoriales de ámbito inferior al municipio, conforme a la normativa foral de existente en cada territorio y lo dispuesto en la legislación básica de régimen local.
  • Las Mancomunidades de municipios.
  • El sector público institucional local.
  • Las Asociaciones de Desarrollo Rural.
  • Las entidades sin ánimo de lucro (fundaciones, asociaciones, etc.).

Condiciones de Elegibilidad

  • La inversión debe realizarse en una zona LEADER.
  • En proyectos consistentes en inversiones de reposición y mantenimiento limitación a ser persona beneficiaria una vez en todo el periodo.
  • Que el proyecto se inicie después del 1 de enero de 2023 (marco PEPAC) y que no esté finalizado a la hora de presentar la solicitud de ayudas (Acta de no  finalización).
  • Memoria según el modelo establecido por Mendinet que describa los aspectos más relevantes de la obra o actuación a realizar y que acredite el cumplimiento de  los objetivos de la medida.
  • Ser propietario o propietaria del espacio o presentar un documento de cesión o encargo de gestión para al menos el mismo horizonte temporal indicado en el plan de gestión.
  • Requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria: Que se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

Gastos Subvencionables

Serán consideradas partidas subvencionables las siguientes:

  • Compra de inmuebles y edificios.
  • Obras: Urbanización, edificación y rehabilitación de espacios y otras infraestructuras vinculadas y honorarios de arquitectos/as e ingenieros/as hasta un máximo del 15% del coste subvencionable de la obra.
  • Maquinaria, mobiliario, utillaje y equipos informáticos (software y hardware).
  • Diseño de páginas web para su difusión y promoción.
  • Las inversiones de reposición y mantenimiento, siempre y cuando el proyecto tenga más de 5 años desde la última adecuación.
  • Las inversiones de reposición y mantenimiento, siempre y cuando el proyecto tenga más de 5 años desde la última adecuación.

Cuantía de la Ayuda

Estas ayudas podrán alcanzar un máximo de ayuda del 80% de la inversión subvencionable.

Asimismo, se fija un límite de ayuda por proyecto de 200.000 € por convocatoria.

Pago de la Ayuda

El pago en esta medida se hará una vez realizada la inversión mediante la presentación de la documentación justificativa y tras la certificación por parte del personal técnico de Mendinet.

ANEXO I: LISTADO DE MUNICIPIOS DEL  TERRITORIO DE INTERVENCIÓN Y SU GRADO DE VULNERABILIDAD

Amoroto Elexalde 2
Amoroto Odiaga 2
Amoroto Ugaran 2
Amoroto Urrutia 2

Aulesti Aulesti 1 (Zonas de Especial Atención)
Aulesti Goierri 1 (Zonas de Especial Atención)
Aulesti Ibarrola 1 (Zonas de Especial Atención)
Aulesti Malats 1 (Zonas de Especial Atención)

Aulesti Narea 1 (Zonas de Especial Atención)
Aulesti San Anton 1 (Zonas de Especial Atención)
Aulesti Urriola 1 (Zonas de Especial Atención)
Aulesti Zubero 1 (Zonas de Especial Atención)

Berriatua Asterrika 2
Berriatua Erribera 3

Berriatua Magdalena 2
Berriatua Merelludi 2

Etxebarria Aulesti 2
Etxebarria Erbera 3
Etxebarria Galartza 2
Etxebarria Unamuntzaga 2

Gizaburuaga Eguen 3
Gizaburuaga Lariz 2
Gizaburuaga Laxier 2
Gizaburuaga Okamika 2

Ispaster Barainka 2
Ispaster Gardata-Artika 2
Ispaster Ispaster-Elexalde 2
Ispaster Kurtziaga-Arropain 2
Ispaster Mendazoa 2
Ispaster Solarte-Gallete 2

Markina-Xemein Barinaga 2
Markina-Xemein Iluntzar 3
Markina-Xemein Iturreta 2
Markina-Xemein Larruskain-Amalloa 2
Markina-Xemein Meabe 3
Markina-Xemein Ubilla-Urberuaga 2

Mendexa Iturreta 2
Mendexa Leagi 2
Mendexa Likoa 2
Mendexa Zelaia 2

Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz Berreño 2
Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz Gerrika 2
Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz Gerrikaitz 2
Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz Munitibar 2
Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz Totorika 2

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Gobierno Vasco
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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Ayudas para la realización de diagnósticos, elaboración  y evaluación de «planes para la igualdad de mujeres y hombres», «planes sectoriales y/o estratégicos para la igualdad», «protocolos locales en materia de violencia machista contra las mujeres» y «ordenanzas para la igualdad_2024
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
28/05/2024 - 01/07/2024

El objeto es la concesión de subvenciones, en el ejercicio 2024, a municipios, cuadrillas y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi destinadas a proporcionar la asistencia  técnica especializada necesaria para la realización de diagnósticos, elaboración y evaluación de «planes para la igualdad de mujeres y hombres», «planes sectoriales y/o estratégicos para la igualdad», «protocolos locales en materia de violencia machista contra las mujeres» y «ordenanzas para la igualdad».

Entidades Beneficiarias

Podrán solicitar las subvenciones convocadas en la presente Resolución, aquellos municipios, cuadrillas, mancomunidades y agrupaciones de municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi que deseen realizar diagnósticos y/o elaborar y evaluar «planes para la igualdad de mujeres y hombres», «planes sectoriales y/o estratégicos para la igualdad», «protocolos locales en materia de violencia machista contra las mujeres» y «ordenanzas para la igualdad».

Actividades Subvencionables

En consonancia con los fines del Instituto, las ayudas deberán ir dirigidas a subvencionar los gastos derivados de la asistencia técnica especializada necesaria para la realización de diagnósticos de la situación de mujeres y hombres en el ámbito local y/o la elaboración y evaluación  de planes para la igualdad en desarrollo del Plan vigente para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAPV.

En concreto, se admitirán los siguientes tipos de gastos:

  • Gastos de personal derivados de la ampliación del contrato de la técnica o técnico de igualdad, con carácter temporal, para la realización de forma exclusiva del proyecto de trabajo.
  • Gastos de asistencia técnica especializada mediante la contratación de personas y empresas consultoras.
  • Gastos derivados de medidas complementarias para eliminar las trabas que impiden la participación en el proceso de trabajo de las mujeres con especiales dificultades o que sufren discriminación múltiple.

Cuantía de las Subvenciones

La cuantía de la subvención ascenderá al 75 % del presupuesto aprobado para la realización de las actividades para las que solicitan la subvención en los casos de los municipios de población superior a 7.000 habitantes, y al 90 % en los casos de los municipios de población inferior a 7.000 habitantes; así como en el caso de cuadrillas, mancomunidades o agrupaciones de municipios de  población inferior a 7.000 habitantes.

Plazo de Ejecución

Las actuaciones subvencionables se deberán realizar desde el 1 de enero hasta el 16 de diciembre 2024.

Plazo de Justificación

El pago de la subvención se efectuará una vez realizadas las actividades y justificados todos los gastos correspondientes a la subvención otorgada, mediante la presentación hasta el 16 de diciembre de 2024.

Otros Documentos de Interés

Ficha Resumen: Ficha_v2 (eudel.eus)

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Gobierno Vasco
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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Ayudas para realizar Proyectos en Materia de Convivencia y Derechos Humanos 2024
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
21/05/2024 - 21/06/2024

Es objeto de la presente Resolución convocar las ayudas destinadas a la financiación de proyectos desarrollados por municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que promuevan en nuestra sociedad una cultura de convivencia, de respeto de los derechos humanos, de empatía y solidaridad.

Entidades Beneficiarias

Podrán solicitar estas ayudas los municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Actuaciones Subvencionables

Las ayudas habrán de dirigirse a la realización de alguno de los programas y actividades incluidos en los siguientes ámbitos de actuación:

a) Convivencia y Derechos Humanos:

  • Actuaciones de participación, divulgación o educación social dirigidas a promover el compromiso con la dignidad humana, los derechos humanos y una convivencia conciliada.
  • Iniciativas orientadas a fomentar en la sociedad una conciencia crítica y deslegitimadora en relación con toda forma de violencia, terrorismo o vulneración de derechos humanos.
  • Programas que, en relación con toda forma de violencia ocurrida en el pasado, permitan apoyar procesos de reflexión crítica y de reinserción social en línea con la corriente europea de justicia restaurativa.
  • Experiencias de participación social y diálogo entre diferentes sobre los retos de una convivencia normalizada, que promuevan el pluralismo y el encuentro social.

b) Víctimas y Sociedad:

  • Acciones de apoyo a las víctimas del terrorismo.
  • Actuaciones para el apoyo a las víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política.
  • Programas que fomenten la unión entre víctimas y sociedad, así como la aportación de las víctimas a la construcción de la convivencia como participes de sus avances y progresos.

c) Diversidad y Solidaridad:

  • Proyectos que promuevan los valores de la gestión positiva de la diversidad, la prevención del racismo, la xenofobia o los delitos de odio.
  • Experiencias que promuevan los valores de solidaridad y la implicación social frente a las formas más críticas de desigualdad, discriminación, injusticia y exclusión o marginación.
  • Acciones de solidaridad, implicación y movilidad social frente a las nuevas expresiones de violencia, guerra y terrorismo internacional.

Cuantía de las Ayudas

El importe máximo que podrá percibir cada entidad beneficiaria por proyecto será de 15.000 €, sin que en ningún caso el importe máximo total de las ayudas que puede percibir en esta convocatoria pueda superar los 50.000 €

Forma de Pago

El abono de la subvención se efectuará del siguiente modo:

  • Un primer pago, por importe equivalente al 50 % de la subvención concedida, tras  la aceptación expresa dentro del plazo de quince días desde la notificación de su concesión.
  • Un segundo pago, en 2025, por el importe resultante de la liquidación efectuada, tras la justificación del empleo de la subvención concedida.

Plazo de Ejecución

Estos proyectos podrán ser desarrollados desde el 1 de enero de 2024 hasta el 1 de septiembre de 2025.

Plazo de Justificación

La justificación de la subvención deberá presentarse en un plazo máximo de un mes desde la fecha de la ejecución de la actividad, y siempre antes del 1 de octubre de 2025.

Otros Documentos de Interés

Ficha Resumen: Ficha_v2 (eudel.eus)

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Gobierno Vasco
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
Más información
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Ayudas a Inversiones en Eficiencia Energética, Energías Renovables y Movilidad Eficiente 2024
Tipo de ayuda:
Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
15/05/2024 - 31/10/2024

El Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, de conformidad con los objetivos de la Política Energética del Gobierno Vasco, materializados en el documento Estrategia Energética de Euskadi 2030 (3E2030), tiene como misión contribuir, mediante el necesario impulso público, a aumentar la eficiencia en el consumo de energía y, con ello, a la consecución de un sistema energético más competitivo, sostenible y seguro, al disminuir el impacto ambiental, requerir menos energía para el consumo o la producción y reducir la dependencia de recursos energéticos externos.

El presente Programa de Ayudas a inversiones en eficiencia energética, energías renovables y movilidad eficiente se compone de los siguientes subprogramas de ayudas:

  • Subprograma 1: Inversiones para el Consumo de Hidrógeno en la Industria y los Edificios.
  • Subprograma 2: Inversiones en Eficiencia Energética en PYME de los Sectores Industrial y Terciario.
  • Subprograma 3: Implantación de Sistemas Integrales de Gestión de la Demanda de Energía – SIGED.
  • Subprograma 4: Promoción de la Bicicleta en las Empresas.
  • Subprograma 5: Estudios de Viabilidad de la Implementación de Energías Renovables en Comunidades de Propietarios Residenciales.
  • Subprograma 6: Inversiones en Eficiencia Energética en el Sector Comercio e Intermediarios.

Beneficiarios de la Ayuda

Subprograma 1 (Inversiones para el Consumo de Hidrógeno en la Industria y los Edificios):

  • Personas jurídicas, de naturaleza privada.
  • Concejos, hermandades, juntas administrativas y otras entidades locales territoriales de ámbito inferior, municipios, mancomunidades de municipios.
  • La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las respectivas Diputaciones Forales, así como todas aquellas entidades, organismos públicos,  fundaciones y sociedades.

Subprograma 2 (Inversiones en Eficiencia Energética en PYME de los Sectores Industrial y Terciario):

  • Empresas que tengan la consideración de PYME de los sectores industrial y terciario, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de 07 al 39 inclusive para el sector industrial y del 41 al 99 para el sector terciario.

Subprograma 3 (Implantación de Sistemas Integrales de Gestión de la Demanda de Energía – SIGED):

  • Personas jurídicas, de naturaleza privada, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de 41 al 99 inclusive.
  • Concejos, hermandades, juntas administrativas y otras entidades locales territoriales de ámbito inferior, municipios, mancomunidades de municipios.

Subprograma 4 (Promoción de la Bicicleta en las Empresas):

  • Autónomos que residan o tengan su domicilio social y fiscal en la CAE.
  • Personas jurídicas de naturaleza privada que residan o tengan su domicilio social y fiscal en la CAE.
  • Ayuntamientos, Mancomunidades de Ayuntamientos, Cuadrillas y Juntas Administrativas, Sociedades Municipales, Agencias de Desarrollo Local, o entidades  públicas similares.

Subprograma 5 (Estudios de Viabilidad de la Implementación de Energías Renovables en Comunidades de Propietarios Residenciales):

  • Comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.

Subprograma 6 (Inversiones en Eficiencia Energética en el Sector Comercio e Intermediarios):

  • Personas jurídicas, de naturaleza privada, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los grupos de actividad G46 y/o G47.

Actuaciones Subvencionables

Subprograma 1 (Inversiones para el Consumo de Hidrógeno en la Industria y los Edificios):

  • Las actuaciones de demostración, validación e introducción del uso de hidrógeno renovable como combustible o materia prima en el sector industrial; los proyectos para uso de hidrógeno como combustible para cubrir demandas térmicas o eléctricas en edificios y, en ambos casos, las inversiones relacionadas con el acondicionamiento y almacenamiento del hidrógeno.
  • Las instalaciones de producción de hidrógeno renovable o descarbonizado con un tamaño máximo de 0,5 MW de potencia de electrólisis o capacidad de producción equivalente.

Subprograma 2 (Inversiones en Eficiencia Energética en PYME de los Sectores Industrial y Terciario):

  • Renovación y mejoras en procesos y sus elementos auxiliares.
  • Renovación y mejora de instalaciones energéticas en edificios existentes por otras que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética que logren acreditar una reducción significativa del consumo de energía y mejora ambiental consecuente.

Subprograma 3 (Implantación de Sistemas Integrales de Gestión de la Demanda de Energía – SIGED):

  • Equipos de Medición.
  • Equipos de Regulación y Control de Sistemas Consumidores de Energía, de Generación Renovable y de Almacenamiento Energético.
  • Equipos deAlmacenamiento.
  • Desarrollo o Compra de Software.

Subprograma 4 (Promoción de la Bicicleta en las Empresas):

  • Promoción del uso de la bicicleta (nueva) en el ámbito laboral.
  • Triciclos nuevos de transporte de personas o mercancías, de pedaleo asistido (eléctricos) o no.
  • Sistemas públicos de préstamo de bicicletas (Bicisharing Municipal).
  • Aparcamiento seguro de bicicletas.

Subprograma 5 (Estudios de Viabilidad de la Implementación de Energías Renovables en Comunidades de Propietarios Residenciales):

  • Estudios de viabilidad de la implementación de energías renovables en el sector residencial por la renovación de salas de generación de calor comunitarias de gas natural y/o gasóleo C.

Subprograma 6 (Inversiones en Eficiencia Energética en el Sector Comercio e Intermediarios):

  • Sustitución del equipamiento energético como instalaciones de frío, iluminación convencional, etc., por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética y que logren acreditar una reducción significativa del consumo de energía y su consecuente mejora ambiental.

Cuantía de las Ayudas

Subprograma 1 (Inversiones para el Consumo de Hidrógeno en la Industria y los Edificios):

  • La cuantía total y máxima de ayuda por proyecto y beneficiario será de doscientos mil euros (200.000 €).

Subprograma 2 (Inversiones en Eficiencia Energética en PYME de los Sectores Industrial y Terciario):

  • La cuantía total y máxima de ayuda por beneficiario de cien mil euros (100.000 €).

Subprograma 3 (Implantación de Sistemas Integrales de Gestión de la Demanda de Energía – SIGED):

  • Las actuaciones tendrán una cuantía total y máxima de ayuda por proyecto de cincuenta mil euros (50.000 euros), y por beneficiario de cien mil euros (100.000 euros).

Subprograma 4 (Promoción de la Bicicleta en las Empresas):

  • Promoción del uso de la bicicleta (nueva) en el ámbito laboral: La intensidad de la ayuda no podrá superar el 25 % del coste subvencionable. Estableciéndose una cuantía máxima de la ayuda de 10.000 € (IVA no incluido).
  • Triciclos nuevos de transporte de personas o mercancías, de pedaleo asistido (eléctricos) o no: Las actuaciones de esta línea tendrán un porcentaje de ayuda del 25 % del coste subvencionable, estableciéndose una cuantía máxima de la ayuda de 1.500 € (IVA no incluido).
  • Sistemas públicos de préstamo de bicicletas (Bicisharing Municipal): Las actuaciones de esta línea tendrán un porcentaje de ayuda del 50 % del coste subvencionable, estableciéndose una cuantía máxima de la ayuda de 50.000 € (IVA no incluido).
  • Aparcamiento seguro de bicicletas: Las actuaciones de esta línea tendrán un porcentaje de ayuda del 25 % del coste subvencionable, estableciéndose una cuantía máxima de la ayuda por cajón o módulo individual de 250 €.

Subprograma 5 (Estudios de Viabilidad de la Implementación de Energías Renovables en Comunidades de Propietarios Residenciales):

  • La cuantía de la ayuda a otorgar será un porcentaje sobre los costes subvencionables. Para esta Línea se establece un 80 % de los costes subvencionables.

Subprograma 6 (Inversiones en Eficiencia Energética en el Sector Comercio e Intermediarios):

  • La intensidad de la ayuda será del 30 % de los costes subvencionables.

Plazo de Justificación

La justificación de la realización, facturación y pago de la actuación objeto de ayuda por parte de los beneficiarios de la ayuda deberá realizarse ante EVE, y no más tarde del 15 de enero de 2025.

Otros Documentos de Interés

Ficha Resumen: Ficha_v2 (eudel.eus)

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Ente Vasco de la Energía
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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Programa de Primera Experiencia Profesional en las Administraciones Públicas 2024
Tipo de ayuda:
Contratación/ Formación
Plazo de solicitud:
08/05/2024 - 31/10/2024

Subvenciones por la contratación de personas jóvenes desempleadas, proporcionando primeras experiencias en el empleo, así como competencias y habilidades sociales y profesionales.

Beneficiarios de la Subvención

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las Diputaciones Forales, las mancomunidades, las cuadrillas y los municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como los organismos y demás entidades dependientes o vinculadas de las anteriores que integran el sector público institucional autonómico y local y que se encuentren inscritas en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local.

Actuaciones Subvencionables

Podrán ser objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria la contratación, en la modalidad de contrato en prácticas, de las personas que cumplan las condiciones previstas, como medio de adquisición de las primeras experiencias en el empleo, así como de competencias y habilidades sociales y profesionales.

Gastos Subvencionables

Por la contratación de las personas jóvenes, los gastos subvencionables son los costes salariales, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social así como los costes de Equipos de Protección Individual (EPI).

Requisitos de las Personas Contratadas

Las personas que sean contratadas deberán cumplir los siguientes requisitos al inicio del contrato:

  • Ser joven mayor de 16 y menor de 30 años.
  • Estar desempleada e inscrita y de alta como demandante de empleo en el servicio público de empleo correspondiente.
  • Cumplir los requisitos para poder concertar un contrato de trabajo en prácticas de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Cuantía de la Subvención

El importe de la subvención a conceder por todos los conceptos de gasto contemplados en el artículo anterior, se calculará en función de las previsiones recogidas en el proyecto presentado del número de personas a contratar, los meses de contratación de cada una de ellas y el siguiente módulo a aplicar según el grupo de cotización de la Seguridad Social que corresponda:

  • Modulo A, Grupos de Cotización 9 al 5: 1.936,67 euros por persona contratada y mes de contratación.
  • Módulo B, Grupos de Cotización 4 a 1: 2.905,00 euros por persona contratada y mes de contratación.

Plazo de Ejecución

La duración de los contratos será, como mínimo, de diez meses y máxima de doce meses. La jornada de trabajo será a tiempo completo.

Plazo de Justificación

La entidad beneficiaria de las subvenciones deberá presentar en el plazo de dos meses, computado desde la finalización de las contrataciones, la justificación del cumplimiento de las actuaciones subvencionadas y de los gastos realizados.

Otros Documentos de Interés

Ficha Resumen: Ficha_v2 (eudel.eus)

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Gobierno Vasco
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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Subveciones para la Revisión de Planeamiento Urbanístico por los Ayuntamientos de menos de 7.000 Habitantes_2024
Tipo de ayuda:
Plazo de solicitud:
07/05/2024 - 24/05/2024

El objeto de estas subvenciones es la promoción de la actividad de planificación urbanística general de los Ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia de población igual o inferior a 7.000 habitantes, mediante la financiación de los costes de elaboración de instrumentos de revisión de planeamiento urbanístico, que se aborden mediante contrato administrativo de servicios cuyo objeto sea la adaptación de su planeamiento general a la Ley 2/2006, de 30 de junio de Suelo y Urbanismo del País Vasco.

Entidades Beneficiarias

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente disposición los Ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia con población igual o inferior a 7.000 habitantes que tengan la obligación de adaptar el planeamiento urbanístico general a la Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco.

Actuaciones Subvencionables

Son subvencionables los Instrumentos urbanísticos siguientes:

  • Revisión total o parcial de Planeamiento General con la finalidad de adaptarse de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco.
  • Trabajos y estudios complementarios necesarios para la elaboración de los anteriores, en especial los trabajos para la evaluación ambiental estratégica, exigible de acuerdo con el Decreto 211/2012, de 16 de octubre, por el que se regula el procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas.

Dentro de los costes (IVA incluido) objeto de la subvención se contemplarán además del contrato de servicios para elaboración del instrumento urbanístico, aquellos contratos que se realicen para elaboración de documentos y estudios complementarios y necesarios o exigibles de acuerdo con la legislación urbanística, medioambiental y sectorial, tales como procesos de participación ciudadana, inclusión de perspectiva de género, evaluación ambiental estratégica, estudios acústicos o elaboración de zonificación acústica y mapa de ruido, en su caso.

Cuantía de las Ayudas

La cuantía de la subvención no podrá superar inicialmente la cantidad de 40.000 €.

Plazo de Justificación

La fecha límite para la presentación de justificación total será el día 30 de diciembre del año 2024, este plazo, que es también plazo de justificación de la subvención y de la realización de la actividad, no podrá prorrogarse.

Otros Documentos de Interés

Ficha Resumen: Ficha_v2 (eudel.eus)

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> 5000 biztanle
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