Subvenciones de comercio al por menor

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Ayudas extraordinarias a los sectores de la cadena alimentaria altamente afectados por el contexto económico derivado de la invasión de Ucrania_2023
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
07/09/2023 - 06/10/2023

Es objeto de la presente Orden convocar ayudas extraordinarias a sectores de la cadena alimentaria altamente afectados por el contexto económico derivado por la invasión de Ucrania.

Estas ayudas tienen por finalidad dar estabilidad a la situación actual que afrontan diferentes sectores altamente afectados por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania.

Las ayudas que se concedan en el ámbito de la presente Orden, tendrán la consideración de subvenciones no reintegrables.

INFORMACIÓN COMÚN A TODAS LAS LÍNEAS

Líneas de ayuda

  • 1.– Empresas de conservas y semiconservas de anchoa y/o bonito del norte (regulada en el capítulo II).
  • 2.– Empresas comercializadores de productos de la pesca y de la acuicultura (regulada en el capítulo III).
  • 3.– Empresas de conservas vegetales. (Regulada en el Capítulo IV).
  • 4.– Empresa obradores de pan y pastelerías, así como obradores artesanales, de panadería o de pastelería. (Regulada en el Capítulo V).
  • 5.– Comercio al por menor de pan, así como puntos de venta de pan (regulada en el capítulo VI).
  • 6.– Empresas de elaboración de cerveza. (Regulada en el Capítulo VII).
  • 7.– Empresas de alimentación animal destinada para uso ganadero. (Regulada en el capítulo VIII).

Costes subvencionables

Se subvencionarán los costes adicionales producidos por el incremento de precios sufridos por las materias primas y otros productos necesarios para la elaboración de los productos alimentarios respectivos.

Información adicional

Estas ayudas serán incompatibles con cualquier otra, nacional o de la Unión, que vaya dirigida a cubrir el mismo gasto.

Se admitirá una única solicitud por empresa.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de las solicitudes para acceder a la convocatoria de las ayudas extraordinarias objeto de esta convocatoria es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

CAPÍTULO V: AYUDA PARA EMPRESAS OBRADORES DE PAN Y PASTELERÍAS, ASÍ COMO OBRADORES ARTESANALES, DE PANADERÍA O DE PASTELERÍA

Ámbito de aplicación

Se establece una ayuda para compensar el incremento importante de precios sufrido por las materias primas y la energía en el ejercicio 2022 derivadas del impacto de la invasión de Ucrania en el sector de las empresas obradores de pan y pastelerías, así como obradores de pan y pastelerías, así como obradores artesanales, de panadería o de pastelería.

Entidades beneficiarias

Los obradores de pan y pastelerías, así como los obradores de pan o de pastelería de la CAPV.

Importe de la ayuda

La cuantía de la ayuda será el resultado de multiplicar el número de personas trabajadoras a dedicación completa en el obrador de pan/pastelería por cuenta ajena a fecha de 31 de diciembre de 2022, más uno, por un importe unitario de ayuda por persona establecido en 3.000 euros.
En ningún caso, el importe máximo de la ayuda por persona beneficiaria superará el límite establecido en la base 1.4, que asciende a 400.000 euros.

Solicitud: Click

 

CAPÍTULO VI: AYUDA PARA EL COMERCIO AL POR MENOR DE PAN, ASÍ COMO PUNTOS DE VENTA DE PAN

Ámbito de aplicación

Se establece una ayuda para el incremento importante de precios sufridos por las materias primas y la energía en el ejercicio 2022 derivadas del impacto de la invasión de Ucrania en el comercio al por menor de pan, así como puntos de venta de pan,

Entidades beneficiarias

Las empresas de comercio al por menor de pan, así como puntos de venta de pan, obradores de pan y pastelerías, así como los obradores de pan o de pastelería de la CAPV.

Importe de la ayuda

La cuantía total de la ayuda por establecimiento comercial queda fijada en 3.000 euros.

En ningún caso, el importe máximo de la ayuda por persona beneficiaria superará el límite establecido en la base 1.4, que asciende a 400.000 euro.

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Organismo
Gobierno Vasco
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Ayuda destinada a la contratación de personas mayores de 30 años en situación de desempleo de larga duración
Tipo de ayuda:
Contratación/ Formación
Plazo de solicitud:
28/06/2023 - 13/10/2023

Objeto

Establecer las bases y regular las ayudas destinadas a la contratación de personas desempleadas de edad igual o superior a 30 años, en situación de desempleo de larga duración, como medida para favorecer su incorporación en el mercado laboral vasco

Entidades beneficiarias

Empresas o entidades radicadas en la CAPV, independientemente de su forma jurídica, que celebren contratos de trabajo en los términos establecidos en la misma, excepto las Administraciones Públicas, y los Organismos Autónomos, Entes Públicos de Derecho Privado

Periodo máximo subvencionable

Contratos temporales: 6 meses. (Nunca inferior al 70 % de la jornada laboral establecida).

Contratos indefinidos: 12 meses para contratos indefinidos.

Requisitos destacados

  1. Podrán subvencionarse “contratos indefinidos y los contratos temporales cuya duración sea de al menos 6 meses” en “contratos de trabajo suscritos e iniciados a partir del día 1 de enero de 2023”.
  2. La contratación debe referirse “a puestos de trabajo adecuados al perfil profesional de la persona contratada, esto es, al nivel de estudios o de formación y/o a la experiencia profesional.
  3. Las contrataciones deberán suponer creación de empleo sobre la plantilla media.

Modalidad contrato

“Los contratos subvencionables al amparo de esta convocatoria podrán formalizarse en base a las modalidades contractuales establecidas por la legislación laboral, exceptuando los contratos de formación en alternancia, los contratos fijo-discontinuos y los contratos celebrados por empresas de trabajo temporal con personas trabajadoras para su cesión a una empresa usuaria”.

Importe subvención

El importe subvencionado por cada contrato se determinará en función de la titulación académica o estudios realizados y de la duración del contrato.

Sector económico
Comercio
Organismo
Gobierno Vasco
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PROGRAMA DE AYUDAS A LA MODERNIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y DETERMINADOS SERVICIOS (MEC-2023)
Tipo de ayuda:
Transformación digital, Inversiones
Plazo de solicitud:
20/06/2023 - 30/09/2023

El objeto de la Orden es objeto establecer y regular la concesión, en el ejercicio 2023, de ayudas destinadas a impulsar la modernización de los establecimientos comerciales.

Entidades beneficiarias:

Las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, las sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas y, las micro, y pequeñas empresas, cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocios, sea comercial o servicios relacionados con la actividad comercial, y que realicen su actividad en establecimientos comerciales y determinados servicios ubicados en la Comunidad Autónoma Vasca y se encuadren:

  • La actividad empresarial deberá estar domiciliada social y fiscalmente en la CAPV y radicar en la misma el establecimiento comercial o de servicio para el que se solicita la ayuda.
  • Dedicarse y estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas a una actividad que este encuadrada en alguno de los grupos y/o epígrafes admitidos en la orden del Impuesto de Actividades Económicas.

Actividades subvencionables:

1. Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento comercial:

  • Obras e instalaciones de adecuación, renovación o ampliación del interior y/o exterior del establecimiento comercial, que afecten al acondicionamiento, la distribución de la superficie comercial o la mejora de la imagen del mismo.
  • Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética. (puertas automáticas, cambios de iluminarias a LED, sensores de ocupación, aislamientos,…) instaurando procesos con base tecnológica y eco-eficientes.
  • Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten la accesibilidad de las personas con movilidad reducida.
  • Adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento comercial o de deter­minados servicios relacionados con la actividad comercial, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos.
  • Adquisición, instalación y montaje de maquinaria (incluidos hornos eléctricos, cámaras frigo­ríficas) siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (A, B, C) y mobiliario vinculado con la actividad principal comercial o de determinados servicios relacionados con la actividad comercial.
  • Adquisición de equipamiento y mobiliario para la exposición de productos: escaparates, mos­tradores, paneles, estanterías, vitrinas e islas expositoras (incluidas las refrigeradas), tarimas, percheros y similares.
  • Alarmas y sistemas de seguridad. La cuantía de la inversión máxima subvencionable no podrá exceder de 6.000 euros, IVA excluido.
  • Equipos de climatización del local, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (A, B, C).
  • Las inversiones realizadas para la mejora y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados directamente con la actividad comercial o de determinados servicios relacionados con la actividad comercial, integradas en un centro comercial, tales como pasillos, instalaciones técnicas, cubiertas, fachada exterior, servicios o accesos al centro, siempre que estos espacios estén gestionados por quien sea titular de la actividad desarrollada en los esta­blecimientos comerciales o de determinados servicios relacionados con la actividad comercial, en régimen de comunidad de personas propietarias.

Cada titular de la actividad desarrollada en los establecimientos comerciales o de determinados servicios relacionados con la actividad comercial integrados en el centro, copartícipe de la comu­nidad de personas propietarias, podrá solicitar la ayuda correspondiente a los gastos derivados de su participación (parte alícuota), de la inversión realizada en el referido espacio común.

  • Gastos derivados de la redacción del proyecto, dirección de obra o aquellos proyectos elabo­rados por arquitectos, ingenieros o instaladores autorizados siempre que sean necesarios para la realización de las obras e instalaciones.

2. Incorporación de nuevas tecnologías e innovación:

  • Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software de gestión, destinados a la mejora de gestión del establecimiento comercial o de determinados servicios relacionados con la actividad comercial,, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial. Se debe aportar en este caso descripción de sus principales funciones y su relación con la actividad desarrollada. (Únicamente se considerará subvencionable un equipo informático, así como una unidad de cada tipo periférico por establecimiento en el que se materialice la inversión).
  • Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización vía desarrollo de página web y venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares) o de gestión del establecimiento comercial o de determinados servicios relacionados con la actividad comercial (clientes, proveedores, etc.).
  • Terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos.
  • Balanzas electrónicas comerciales.
  • Cajas registradoras.
  • Implantación del software de facturación para el sistema TicketBAI (TBAI).

Subvención mínima:

  • 3.000 euros (IVA excluido) para las inversiones recogidas en el punto 1 anterior.
  • 1.000 euros (IVA excluido) para las inversiones recogidas en el punto 2 anterior.

Periodo de inversiones subvencionables: 1/10/2022-30/09/2023

Cuantía de la ayuda: máximo 9.000 euros. En ningún caso el porcentaje de subvención incluyendo los puntos de incremento podrá ser superior al 42% de la inversión total admitida.

PARA SOLICITAR: https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2023/mec_2023/web01-tramite/es/

 

Sector económico
Comercio
Peluquerías y centros de estética
Organismo
Gobierno Vasco
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Ayuda Fondo Tecnológico-Empresas
Tipo de ayuda:
Subvenciones, Innovación y competitividad, Transformación digital, Inversiones, Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
28/03/2023 - 27/04/2023
Reglamento:
Minimis

El objeto de este programa de ayudas es apoyar e impulsar la competitividad y modernización, a través de la transformación digital y sostenible del sector comercial en el marco del Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico para la convocatoria de 2023.

Entidades beneficiarias:
Línea 1. Las microempresas, pequeñas y medianas empresas del sector comercial que tengan su sede social y fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma Euskadi y cuya actividad principal del negocio se corresponda con alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009). Si se ejercen de manera simultánea actividades de comercio con otras que no tengan dicha consideración, el proyecto será subvencionable siempre y cuando la actividad principal ejercida sea la de comercio, en función del porcentaje de facturación.

El periodo de ejecución para realizar las inversiones:  entre el 1 de enero y 30 de septiembre de 2023, ambos incluidos.

Inversión mínima: 1.500 € (IVA excluido). Solo se admitirán las facturas cuyo importe, excluido el IVA, sea igual o superior a 500 euros y  bien descriptas.

Proyectos subvencionables:
Los proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible que, presentados por las microempresas, pequeñas y medianas empresas de comercio, ya sea de manera individual o a través de sus asociaciones, incidan en la gestión de la actividad comercial y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución, haciendo a las empresas más competitivas y resilientes.

Gastos subvencionables: Línea 1. Las microempresas, pequeñas y medianas empresas
a) Gastos dirigidos a la transformación digital:
Serán aquellos proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de          negocio y de la experiencia de compra:
1º.Mejora de la atención, relación y conocimiento de cliente, y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
2º.Inversión en la transformación digital de los establecimientos comerciales para incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través               de canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes.
3º.Soluciones en ciberseguridad.
4º.Plataformas para la mejora de la comunicación interna dentro de un negocio, entre negocios u otras figuras de interés para el emprendimiento de                     acciones conjuntas que reporten beneficio mutuo y que mejoren la forma de trabajo, así como la atención y la afluencia de los clientes.
5º.Estandarización de los productos y generación de información.
6º.Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles inteligentes u otro tipo de dispositivos o medios digitales que sirvan para                       promocionar productos y servicios.

b) Gastos referidos a transformación del punto de venta:
Serán aquellos proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta tanto a las nuevas necesidades y hábitos de consumidores como a nuevos modelos de gestión:
1º.Digitalización de la gestión en el comercio, mediante la optimización, integración o automatización de una o varias operaciones de gestión interna del               negocio, incluyendo desde la relación con proveedores hasta el cliente final.
2º.Adquisición de herramientas tecnológicas para la realización de autodiagnósticos sobre la viabilidad del negocio, toma de decisiones, su potencial                     transmisión o relevo generacional.
3º.Transformación digital del comercio ambulante y canales cortos de comercialización.
4º.Mejoras en el proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías, faciliten la recogida de pedidos a través de fórmulas omnicanal en            el establecimiento o área comercial.
5º.Aplicación de nuevas tecnologías en el punto de venta con el objetivo de mejorar y actualizar el proceso de pago de los productos adquiridos, así como                evitar colas y las aglomeraciones en los establecimientos comerciales, mejorar la gestión de turnos y la reserva visita previa.
6º.Adquisición de mobiliario tecnológico que mejore la experiencia de compra en el establecimiento físico.
7º.Incorporación de técnicas de marketing relacional o de mejora en la relación con los clientes.

c) Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular:
Serán aquellos proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos:
1º.Inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y de los consumidores en sus establecimientos, y la sustitución de éstos por otras         alternativas más respetuosas con el medio ambiente.
2º.Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución del producto o del residuo cuando proceda, mediante la adopción de               nuevas tecnologías y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental, prestando especial atención a la última milla.
3º.Soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de           procesos con base tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los residuos (biorresiduos, papel, plástico, vidrio, etc.) para su posterior                   reciclado y valorización.
4º.Instalación de puntos de entrega inteligentes.
5º.Instalación de fuentes de energía renovables y sustitución por tecnologías que utilicen gases refrigerantes fluorados de alto potencial de calentamiento          por otras tecnologías de nulo o bajo potencial de calentamiento atmosférico para la climatización de los establecimientos de uso comercial
6º.Otros proyectos y soluciones dirigidas a incrementar la sostenibilidad, la adaptación al cambio climático y la eficiencia y que impliquen un avance hacia          una economía resiliente y baja en carbono, la reducción en la generación de residuos, incluido el fomento de la reutilización de productos, la economía                circular y el desperdicio cero.

d) Gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad:
Serán aquellos proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia, sostenibilidad de la entrega de última milla, en la cadena de suministro,              trazabilidad y la economía circular:
1º.Plataformas colaborativas productor local, PYME comercial y distribuidor que garanticen su interacción y colaboración.
2º.Gastos para impulsar la integración de proveedores locales o de ‘Km 0’ en las webs de comercio electrónico de los distribuidores.
3º.Inversiones en nuevas tecnologías que permitan conocer la trazabilidad del producto u otras características del mismo en todo el canal de distribución,         tanto en el lineal como durante su envío y distribución.
4º.Optimización del surtido ofrecido en el lineal físico y online.

Para dudas:

    Email: ayudas_fondotecnologico@euskadi.eus

    Teléfono: 945067732 / 945011854

Sector económico
Comercio
Organismo
Gobierno Vasco
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Ayuda Fondo Tecnológico-Empresas
Tipo de ayuda:
Subvenciones, Transformación digital, Inversiones, Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
20/12/2022 - 19/01/2023
Reglamento:
Minimis

El objeto de este programa de ayudas es apoyar e impulsar la competitividad y modernización, a través de la transformación digital y sostenible del sector comercial en el marco del Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico para la convocatoria de 2022.

Entidades beneficiarias:
Línea 1. Las microempresas, pequeñas y medianas empresas del sector comercial que tengan su sede social y fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma Euskadi y cuya actividad principal del negocio se corresponda con alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009). Si se ejercen de manera simultánea actividades de comercio con otras que no tengan dicha consideración, el proyecto será subvencionable siempre y cuando la actividad principal ejercida sea la de comercio, en función del porcentaje de facturación.

El periodo de ejecución para realizar las inversiones:  entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de marzo de 2023, ambos incluidos.

Inversión mínima: 1.500 € (IVA excluido). Solo se admitirán las facturas cuyo importe, excluido el IVA, sea igual o superior a 500 euros y  bien descriptas.

Proyectos subvencionables:
Se consideran susceptibles de ayuda los proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible que, presentados por las microempresas, pequeñas y medianas empresas de comercio, ya sea de manera individual o a través de sus asociaciones, incidan en la gestión de la actividad comercial y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución, haciendo a las empresas más competitivas y resilientes.

Gastos subvencionables: Línea 1. Las microempresas, pequeñas y medianas empresas
a) Gastos dirigidos a la transformación digital:
Serán aquellos proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra:
1º.Mejora de la atención, relación y conocimiento de cliente, y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
2º.Inversión en la transformación digital de los establecimientos comerciales para incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes.
3º.Soluciones en ciberseguridad.
4º.Plataformas para la mejora de la comunicación interna dentro de un negocio, entre negocios u otras figuras de interés para el emprendimiento de acciones conjuntas que reporten beneficio mutuo y que mejoren la forma de trabajo, así como la atención y la afluencia de los clientes.
5º.Estandarización de los productos y generación de información.
6º.Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles inteligentes u otro tipo de dispositivos o medios digitales que sirvan para promocionar productos y servicios.

b) Gastos referidos a transformación del punto de venta:
Serán aquellos proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión:
1º.Digitalización de la gestión en el comercio, mediante la optimización, integración o automatización de una o varias operaciones de gestión interna del negocio, incluyendo desde la relación con proveedores hasta el cliente final.
2º.Adquisición de herramientas tecnológicas para la realización de autodiagnósticos sobre la viabilidad del negocio, toma de decisiones, su potencial transmisión o relevo generacional.
3º.Transformación digital del comercio ambulante y canales cortos de comercialización.
4º.Mejoras en el proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías, faciliten la recogida de pedidos a través de fórmulas omnicanal en el establecimiento o área comercial.
5º.Aplicación de nuevas tecnologías en el punto de venta con el objetivo de mejorar y actualizar el proceso de pago de los productos adquiridos, así como evitar colas y las aglomeraciones en los establecimientos comerciales, mejorar la gestión de turnos y la reserva visita previa.
6º.Adquisición de mobiliario tecnológico que mejore la experiencia de compra en el establecimiento físico.
7º.Incorporación de técnicas de marketing relacional o de mejora en la relación con los clientes.

c) Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular:
Serán aquellos proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos:
1º.Inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y de los consumidores en sus establecimientos, y la sustitución de éstos por otras alternativas más respetuosas con el medio ambiente.
2º.Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución del producto o del residuo cuando proceda, mediante la adopción de nuevas tecnologías y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental, prestando especial atención a la última milla.
3º.Soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los residuos (biorresiduos, papel, plástico, vidrio, etc.) para su posterior reciclado y valorización.
4º.Instalación de puntos de entrega inteligentes.
5º.Instalación de fuentes de energía renovables y sustitución por tecnologías que utilicen gases refrigerantes fluorados de alto potencial de calentamiento por otras tecnologías de nulo o bajo potencial de calentamiento atmosférico para la climatización de los establecimientos de uso comercial
6º.Otros proyectos y soluciones dirigidas a incrementar la sostenibilidad, la adaptación al cambio climático y la eficiencia y que impliquen un avance hacia una economía resiliente y baja en carbono, la reducción en la generación de residuos, incluido el fomento de la reutilización de productos, la economía circular y el desperdicio cero.

d) Gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad:
Serán aquellos proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia, sostenibilidad de la entrega de última milla, en la cadena de suministro, trazabilidad y la economía circular:
1º.Plataformas colaborativas productor local, PYME comercial y distribuidor que garanticen su interacción y colaboración.
2º.Gastos para impulsar la integración de proveedores locales o de ‘Km 0’ en las webs de comercio electrónico de los distribuidores.
3º.Inversiones en nuevas tecnologías que permitan conocer la trazabilidad del producto u otras características del mismo en todo el canal de distribución, tanto en el lineal como durante su envío y distribución.
4º.Optimización del surtido ofrecido en el lineal físico y online.

Para dudas:

    Email: ayudas_fondotecnologico@euskadi.eus

    Teléfono: 945067732 / 945011854

Se incorporarán los criterios al respecto en el documento de “Preguntas y respuestas que se publicará en la Web”. FAQS_Fondo-Tecnologico.pdf

Sector económico
Comercio
Organismo
Gobierno Vasco
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Ayuda Fondo Tecnológico-Asociaciones
Tipo de ayuda:
Subvenciones, Transformación digital, Inversiones, Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
20/12/2022 - 19/12/2022
Reglamento:
Minimis

El objeto de este programa de ayudas es apoyar e impulsar la competitividad y modernización, a través de la transformación digital y sostenible del sector comercial en el marco del Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico para la convocatoria de 2022.

Entidades beneficiarias:
Línea 2. Las asociaciones, así como las entidades asociativas que integren varias asociaciones de comerciantes o las federaciones y confederaciones legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, que tengan entre sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial. La asociación deberá de tener su sede social y fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma Euskadi, estar legalmente constituida con anterioridad a la publicación de la orden aprobatoria de estas bases reguladoras y agrupar al menos al 40% de socios cuya actividad se encuadre en alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009).

El periodo de ejecución para realizar las inversiones:  entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de marzo de 2023, ambos incluidos.

Inversión mínima tiene que ser de 50.000€ (IVA excluido). Solo se admitirán las facturas cuyo importe, excluido el IVA, sea igual o superior a 500 euros y la descripción de los conceptos subvencionables esté claramente identificada,

Proyectos subvencionables:
Se consideran susceptibles de ayuda los proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible que, presentados por las microempresas, pequeñas y medianas empresas de comercio, ya sea de manera individual o a través de sus asociaciones, incidan en la gestión de la actividad comercial y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución, haciendo a las empresas más competitivas y resilientes.

Gastos subvencionables:

a) Gastos dirigidos a la transformación digital del colectivo de asociados:
Serán aquellos proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra:
1º.Mejora de la atención, relación y conocimiento del consumidor, y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
2º.Inversión en la transformación digital de las asociaciones para incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes.
3º.Comunicación y visibilidad en diferentes medios o soportes digitales mediante la utilización de nuevas tecnologías.
4º.Métricas y análisis sobre el mercado, la competencia o el SEO.
5º.Soluciones en ciberseguridad.
6º.Plataformas para la mejora de la comunicación interna entre negocios u otras figuras de interés para el emprendimiento de acciones conjuntas que reporten beneficio mutuo y que mejoren la forma de trabajo, así como la atención y la afluencia de los clientes.
7º.Estandarización de los productos y generación de información.
8º.Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles inteligentes u otro tipo de dispositivos que sirvan para promocionar productos y servicios colectivos.

b) Gastos referidos a transformación del punto de venta de forma colectiva.
1º.La transformación digital del comercio ambulante y canales cortos de comercialización de forma colectiva.
2º.Mejoras en el proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías, faciliten la recogida de pedidos a través de fórmulas omnicanal en el establecimiento o área comercial.

c) Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular: Serán aquellos proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos:
1º.Inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y de los consumidores, y la sustitución de éstos por otras alternativas más respetuosas con el medio ambiente.
2º.Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución del producto o del residuo cuando proceda, mediante la adopción de nuevas tecnologías y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental, prestando especial atención a la última milla.
3º.Soluciones tecnológicas colectivas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los residuos (biorresiduos, papel, plástico, vidrio, etc.) para su posterior reciclado y valorización.
4º.Otros proyectos y soluciones colectivas dirigidas a incrementar la sostenibilidad, la adaptación al cambio climático y la eficiencia y que impliquen un avance hacia una economía resiliente y baja en carbono, la reducción en la generación de residuos, incluido el fomento de la reutilización de productos, la economía circular y el desperdicio cero.

d) Gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad: Serán aquellos proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de última milla:
1º.Plataformas colaborativas productor local, PYME comercial y distribuidor que garanticen su interacción y colaboración.
2º.Gastos para impulsar la integración de proveedores locales o de ‘Km 0’ en las webs de comercio electrónico de los distribuidores.
3º.Inversiones en nuevas tecnologías que permitan conocer la trazabilidad del producto u otras características del mismo en todo el canal de distribución, tanto en el lineal como durante su envío y distribución.

e) Otros gastos subvencionables.
1º.Implantación de redes WiFi en zonas comerciales.
2º.Aplicaciones que faciliten información sobre la oferta comercial, junto con elementos del patrimonio arquitectónico, histórico o cultural próximos al lugar o la convocatoria de eventos culturales o artísticos, con el fin de fomentar el turismo en distintos ámbitos: gastronómico, cultural y de compras.

Sector económico
Asociación de comerciantes
Organismo
Gobierno Vasco
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Kit Digital: ayudas para la digitalización de pequeñas y micro empresas_2022
Tipo de ayuda:
Transformación digital
Plazo de solicitud:
15/03/2022 - 02/09/2023
Reglamento:
Minimis

Constituye el objeto de esta Orden el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de las ayudas mediante las que se ejecuta el Programa Kit Digital para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo (en adelante, Programa), que tiene por objeto la adopción de soluciones de digitalización incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.

ENTIDADES BENEFICIARIAS:

Pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLE:

Aquellas incluidas en el catálogo de soluciones  digitales:

  • Sitio Web y presencia en Internet
  • Comercio electrónico
  • Gestion de redes sociales
  • Business Intelligence y Analítica
  • Gestion de procesos
  • Factura electrónica
  • Servicios y herramientas de oficina virtual
  • Comunicaciones Seguras
  • Ciberseguridad

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Gastos que se incurran para la adopción de las soluciones de digitalización disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.

CUANTÍA DE LA AYUDA:

  • Pequeñas empresas o microempresas entre 3 y 10 empleados: 6.000€
  • Pequeñas empresas o microempresas entre 1 y 3 empleados: 2.000€

PLAZO DE SOLICITUD:

El plazo de solicitud se abrirá escalonadamente, en base a los siguientes segmentos:

  • Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados: 102/09/2022 – 02/09/2023
  • Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.: Por definir
Tamaño empresa
1 - 10
Sector económico
Comercio
Otros servicios
Peluquerías y centros de estética
Organismo
Subvenciones del Estado
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Programa Kontrata_2022
Tipo de ayuda:
Contratación/ Formación
Plazo de solicitud:
27/06/2022 - 04/11/2022
Reglamento:
Minimis

El objeto de esta sección es establecer y regular las ayudas que el Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad de la Diputación Foral de Bizkaia podrá conceder para apoyar la  contratación y el mantenimiento del empleo mediante la contratación indefinida o la conversión de contrato temporal en indefinido o apoyar la empleabilidad de las personas desempleadas que hayan participado en los programas mixtos de empleo-formación (Laborlan III en el año 2022), liderados por DEMA Enpresa Garapena de Barakaldo, por las empresas de Bizkaia.

Líneas de ayudas:

  1. Incentivos a la contratación indefinida: apoyar la  contratación y el mantenimiento del empleo mediante la contratación indefinida o la conversión de contrato temporal en indefinido
  2. Experiencia profesional: apoyar la empleabilidad de las personas desempleadas que hayan participado en los programas mixtos de empleo-formación (Laborlan III en el año 2022), liderados por DEMA Enpresa Garapena de Barakaldo.

Entidades beneficiarias: 

  • Empresas de Bizkaia, cualquiera que sea su forma jurídica
  • Los empresarios y empresarias individuales y profesionales
  • Las comunidades de bienes y sociedades civiles
  • Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, del Territorio Histórico de Bizkaia

Personas destinatarias: 

  • Personas mayores de 45 años de edad, entendiendo por tales aquellas que hayan cumplido los 45 años.
  • Personas jóvenes de hasta 30 años.
  • Personas desempleadas de larga duración, entendiendo por tales aquellas que acrediten no haber trabajado más de un mes en un período de 13 meses anteriores al inicio de la contratación.
  • Personas con discapacidad, entendiendo por tales aquellas que acrediten una valoración de la situación de discapacidad en un porcentaje igual o superior al 33%.
  • Personas en riesgo de exclusión

Acciones subvencionables: 

Serán subvencionables los contratos indefinidos y las conversiones de contrato temporal en indefinido realizadas entre el 1 de marzo y el 31 de octubre de 2022.

Requisitos del contrato: 

  • Serán subvencionables los contratos indefinidos celebrados con personas desempleadas entre el 1 de marzo y el 31 de octubre de 2022.
  • Serán, así mismo, subvencionables las conversiones de contratos temporales en indefinidos, formalizadas entre el 1 de marzo y el 31 de octubre de 2022.
  • Los contratos indefinidos y las conversiones de contratos temporales en indefinidos deberán ser a jornada completa desde la fecha de inicio del contrato o
    conversión y durante toda su vigencia.
  • Para que sea subvencionable el contrato indefinido, si la persona trabajadora, por la que se solicita subvención, ha tenido un contrato previo en la misma empresa que ha finalizado, ha debido de transcurrir un periodo mínimo de 1 mes entre ambos contratos.
  • En el caso de conversiones de contratos:
    • La persona trabajadora no ha debido estar contratada por la entidad solicitante durante un plazo superior a 18 meses en un periodo de 24 meses, previos a la conversión.
    • Las conversiones de los contratos deberán mantener, al menos, las mismas condiciones en términos de salario y jornada que tenía el contrato temporal precedente.
  • Las personas trabajadoras contratadas mediante contrato indefinido han de acreditar la situación de desempleo inmediatamente antes de la fecha de inicio del contrato y hasta la fecha de formalización del mismo.

Cuantía de la ayuda: 

Línea 1:

  • La cuantía de la subvención para los contratos indefinidos será de 3.000 euros y de 3.500 si la persona contratada es una mujer.
  • La cuantía de la subvención para las conversiones de contratos temporales en indefinidos será de 2.500 euros.
  • En el caso de que la persona trabajadora haya participado y completado algún programa de empleo del Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad, o de DEMA Enpresa Garapena de Barakaldo la cuantía de la subvención será de 4.000 euros
  • A cada entidad beneficiaria, un máximo de 10 contrataciones y la cuantía máxima de subvención por el conjunto de todas ellas no podrá ser superior a 30.000 euros.

Línea 2: 

  • Se subvencionará el 100% del salario bruto mensual de la persona contratada y los gastos de seguridad social a cargo de la empresa durante los 3 primeros meses de duración del contrato, con un máximo de 10.500 euros por contrato
Sector económico
Comercio
Otros servicios comerciales
Peluquerías y centros de estética
Organismo
Gobierno Vasco
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Ayudas destinadas a la financiación del Programa «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y Microempresas´´, en la Comunidad Autónoma de Euskadi
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
14/02/2022 - 31/05/2023

El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases y regular las ayudas destinadas a financiar el Programa «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas», para el mantenimiento del empleo en microempresas y personas trabajadoras autónomas, contribuyendo a su transición ecológica y digital en la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Se establecen dos líneas de subvenciones, una de ellas dirigida a subvencionar el mantenimiento del empleo en empresas que hayan realizado inversiones dirigidas a su transformación ecológica y la otra a subvencionar el mantenimiento del empleo en empresas que hayan realizado inversiones dirigidas a su transformación digital.

Entidades beneficiarias:

Microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo a las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las cooperativas y sociedades laborales, y las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas (empresarios/as) individuales, que desarrollen su  actividad y tengan al menos un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Euskadi y cuenten con menos de diez trabajadores asalariados o en su caso, socios trabajadores o de trabajo, y un volumen de negocio no superior a dos millones de euros.

Para ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria, las microempresas y personas autónomas relacionadas en el apartado anterior deberán acreditar haber realizado y pagado inversiones para su transición ecológica o digital, en el periodo comprendido entre el día 1 de enero de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención, en alguno o algunos de los siguientes conceptos.

Actividades subvencionables:

A) En el caso de las inversiones para la transición ecológica:

  • Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética.
  • Instalaciones de energías no contaminantes y renovables.
  • Equipamiento energéticamente eficiente destinado a la actividad, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (Ahhh, Ahh y Ah, o equivalentes).
  • Equipos de climatización, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (Ahhh, Ahh y Ah, o equivalentes).
  • Certificaciones medioambientales (EMAS, ISO14001, ISO 14006, UNE 150301, etiquetado verde, etc.), comprendiendo aquí la inversión de la implantación acometida.
  • Elementos de transporte eléctricos o híbridos enchufables afectos directa y exclusivamente a la actividad empresarial o profesional; puntos de recarga eléctrica.
    A estos efectos, únicamente se entenderán afectos directa y exclusivamente a la actividad, los siguientes:
    – Los vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías.
    – Los utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.
    – Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante
    contraprestación.
    – Los utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o
    en la promoción de ventas.
    – Los utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes
    comerciales.
    – Los utilizados en servicios de vigilancia.
  • Soluciones de economía circular para avanzar en la sostenibilidad de la empresa: soluciones que reduzcan consumos, en general y de materia prima y energía, en particular; que reduzcan la generación de residuos; que incrementen la reutilización; que mejoren la eficiencia de uso del agua o reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero. Soluciones que posibiliten un diseño del producto y proceso embalaje alternativo que elimine o reduzca la generación de residuos.
  • Implantación de proyectos de restauración de la biodiversidad, relacionados con la actividad económica.

B) En el caso de inversiones para la transición digital:

  • Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software.
  • Inversiones de despliegue o mejora de la conectividad inalámbrica.
  • Implantación de soluciones tecnológicas para avanzar en la digitalización de la empresa: almacenamiento en la nube, cobro y pago seguro, gestión integral del negocio (clientes, proveedores, etc.), soluciones avanzadas basadas en procesos de Big Data, soluciones tecnológicas de experiencia del cliente (realidad aumentada, realidad virtual, realidad inmersiva, etc.), soluciones de facturación electrónica (incluido el software de facturación para el sistema TicketBAI-TBAI), gestión de servicios al cliente, terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos, etc.
  • Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares)

Inversión mínima:

Para acceder a la subvención, las inversiones realizadas deberán tener un importe mínimo de 600 euros, IVA excluido, en una de las dos líneas de subvención, bien en inversiones para la transición ecológica o en inversiones para la transición digital. A los efectos de alcanzar dicho importe mínimo se podrán sumar el coste de varios conceptos de inversión de la misma línea.

Organismo
Lanbide-Servicio Vasco de Empleo
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Programa de ayudas para el sostenimiento de los subsectores del equipamiento personal y del hogar del comercio minorista vasco_2022
Tipo de ayuda:
Plazo de solicitud:
27/06/2022 - 27/07/2022

El objeto de la presente Orden de ayudas es establecer las bases para proteger y dar soporte económico de forma directa a los subsectores del equipamiento personal y del hogar del comercio minorista vasco, a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, las comunidades de bienes, sociedades civiles y, las microempresas y pequeñas empresas, y posibilitar que se produzca lo antes posible un relanzamiento de su actividad.

Entidades beneficiarias:

Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, las comunidades de bienes, sociedades civiles y, las micro y pequeñas empresas del comercio minorista vasco.

TIPOLOGIA DE LA ENTIDAD SOLICITANTE (Epígrafe- IAE)

  • 651. 1 Comercio al por menor de productos textiles, confecciones para el hogar, alfombras y similares y artículos de tapicería
  • 651. 2 Comercio al por menor de toda clase de prendas para el vestido y tocado
  • 651. 3 Comercio al por menor de lencería y corsetería
  • 651. 4 Comercio al por menor de artículos de mercería y paquetería
  • 651. 5 Comercio al por menor de prendas especiales
  • 651. 6 Comercio al por menor de calzado, artículos de piel e imitación o productos sustitutivos, cinturones, carteras, bolsos, maletas y artículos de viaje en general
  • 651. 7 Comercio al por menor de confecciones de peletería
  • 652. 2 Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.
  • 652. 3 Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para la higiene y el aseo personal.
  • 653. 1 Comercio al por menor de muebles (excepto los de oficina).
  • 653. 2 Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica, así como de muebles de cocina.
  • 653. 3 Comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos).
  • 653. 4 Comercio al por menor de materiales de construcción y de artículos y mobiliario de saneamiento.
  • 653. 5 Comercio al por menor de puertas, ventanas y persianas, molduras y marcos, tarimas y parquet-mosaico, cestería y artículos del corcho
  • 653. 6 Comercio al por menor de artículos de bricolaje.
  • 653. 9 Comercio al por menor de otros artículos para el equipamiento del hogar N.C. O. P
  • 975 Servicios de enmarcación

Cuantía de la ayuda:

*En función del número de personas trabajadoras dadas de alta en el establecimiento comercial a fecha de 24 de febrero de 2022

  • Establecimientos con 1-9 personas trabajadoras: 2.000 euros
  • Establecimientos de 10 o más de 10 personas trabajadoras 3.000 euros
Organismo
Gobierno Vasco
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