El objeto de la presente convocatoria es la concesión de las subvenciones del “Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas”, regulado en la Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, a las administraciones públicas y entidades del sector público institucional, autonómico y local, de la Comunidad Autónoma de Euskadi por la contratación de personas jóvenes desempleadas, proporcionando primeras experiencias en el empleo, así como competencias y habilidades sociales y profesionales en el seno de los servicios prestados por dichas administraciones, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
Entidades beneficiarias:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las Diputaciones Forales, las mancomunidades, las cuadrillas y los municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como los organismos y demás entidades dependientes o vinculadas de las anteriores que integran el sector público institucional autonómico y local y que se encuentren inscritas en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, previsto en el artículo 82 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Acciones subvencionables:
Podrán ser objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria la contratación, en la modalidad de contrato en prácticas, de las personas que cumplan las condiciones previstas en el artículo 6, como medio de adquisición de las primeras experiencias en el empleo, así como de competencias y habilidades sociales y profesionales. En cualquier caso, las ofertas de empleo deberán ser gestionadas por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Asimismo, las personas contratadas podrán contar con una persona orientadora de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo durante toda la prestación de servicios siempre y cuando mantengan de alta su demanda en empleo.
2.– A los efectos de dar cumplimiento a las obligaciones relacionadas con el etiquetado verde y digital de este programa, si se solicita subvención por tres contrataciones, al menos una de ellas ha de corresponder a empleo verde o en competencias digitales. Si solicita por cuatro contrataciones, al menos una de ellas ha de tener la consideración de empleo verde y otra de empleo en competencias digitales. Si se solicita por cinco o más de cinco, al menos el 20 % han de ser empleos verdes y el 20 % en competencias digitales. Si el resultado de aplicar estos porcentajes arroja una cifra con decimales, si el dígito es igual o superior a 5, se tomará el número entero superior.
En el supuesto de que una entidad presente más de una solicitud, se tendrá en consideración el número total de contrataciones a los efectos de dar cumplimiento a este requisito.
Si la actividad de la entidad solicitante está vinculada a la economía verde o digital, no se exigirá el cumplimiento de lo dispuesto en este apartado 2, considerándose que todas las contrataciones por las que solicita subvención son empleos verdes o en competencias digitales
Normativa aplicable:
- Bases:https://www.boe.es/boe/dias/2023/06/24/pdfs/BOE-A-2023-14911.pdf
- Convocatoria: Anuncio 19819 del BOE núm. 154 de 2023
- Extracto: Anuncio 15018 del BOE núm. 101 de 2024