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Ayudas para Actuaciones de Fomento de la Igualdad de Mujeres y Hombres_2024
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
02/09/2024 - 30/09/2024

El objeto del presente decreto foral es regular las ayudas a municipios con población de derecho inferior a 7.000 habitantes y mancomunidades del Territorio Histórico de Bizkaia, para actuaciones de fomento de la igualdad de mujeres y hombres.

Entidades Beneficiarias

Podrán acceder a las subvenciones contenidas en el presente Decreto los municipios con población de derecho inferior a 7.000 habitantes y las mancomunidades del Territorio Histórico de Bizkaia.

Proyectos Subvencionables

Los proyectos a subvencionar deberán estar dirigidos al fomento de la igualdad de mujeres y hombres, tales como:

  • Proyectos de empoderamiento personal, colectivo, social y/o político de las mujeres: procesos participativos, creación y/o refuerzo de estructuras o redes de mujeres, cursos y talleres, etc.
  • Proyectos para la transversalización de políticas de igualdad.
  • Proyectos de trabajo con hombres y chicos jóvenes.
  • Proyectos para la incorporación de la perspectiva de género en espacios de ocio y festivos.
  • Proyectos en relación con la violencia machista contra las mujeres.
  • Proyectos que incorporen la perspectiva de género en actividades con niños y niñas.
  • Elaboración de estudios o diagnósticos en el municipio sobre las situaciones de desigualdad, en particular, en ámbitos sectoriales (fiestas, cultura, deporte, ocio, etc.).
  • Proyectos que incorporen la perspectiva de género en el ámbito de los cuidados.
  • Proyectos que generen procesos transformadores en el municipio en sectores estratégicos de igualdad (reparto de los cuidados, ámbito rural, mujeres mayores  y soledad, envejecimiento, urbanismo y desplazamientos, etc.).

Gastos Subvencionables

Tienen la consideración de gastos subvencionables los siguientes:

  • El IVA soportado, en la medida en que la entidad beneficiaria no lo pueda recuperar o compensar en su declaración.
  • Los costes de actividad estrictamente necesarios para el desarrollo de la actividad subvencionada.

Importe de la Subvención

Las subvenciones de este capítulo tendrán un importe mínimo de 1.200 euros y máximo de 10.000 euros.

Pago de la Subvención

Una vez aprobadas las subvenciones conforme al procedimiento establecido, y transcurrido el plazo mínimo de diez días a contar desde la notificación de la resolución  del procedimiento, se procederá a tramitar el 100% del importe de la subvención concedida.

Plazo de Ejecución

Los proyectos deberán realizarse desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.

Plazo de Justificación

El plazo máximo para su justificación será el 30 de enero del 2026.

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Diputación Foral de Bizkaia
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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