La presente Orden tiene por objeto convocar las ayudas destinadas a proyectos que se ejecuten al amparo de las estrategias de desarrollo local participativo (EDLP) aprobadas por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente al Grupo de Acción Local Itsas Garapen Elkartea, Flag, en adelante GALP.
La zona de aplicación de la citada estrategia son los municipios de Bermeo, Mundaka, Ondarroa, Getaria, Mutriku, Berriatua, Elantxobe, Orio, Hondarribia, Pasaia, Zumaia, Lekeitio, Lemoiz, Zierbena, Santurtzi, Plentzia y el puerto pesquero de Donostia.
Líneas de Ayudas
Se establecen las siguientes líneas de ayudas a subvencionar:
- Inversiones Productivas: medida dirigida a la creación, puesta en marcha y funcionamiento inicial de nuevas empresas y líneas de negocio.
- Creación de Empleo:
- La contratación por cuenta ajena de aquellas personas trabajadoras que nunca han dispuesto de empleo o han perdido el que ocupaban anteriormente.
- La creación de actividades independientes que incentiven la instalación de personas trabajadoras autónomas.
- Inversiones no productivas: actividades que no supongan el inicio o el desarrollo de una actividad económica y/o no estén afectas a una actividad económica. Asimismo, tendrán este carácter los proyectos de interés público, tales como:
- Campañas promocionales dirigidas a potenciar el consumo de pescado, dando valor a sus cualidades y propiedades nutricionales.
- Promoción de empresas de capacitación y formación de las personas para su desarrollo personal.
- Divulgación del patrimonio marítimo pesquero y las artes de pesca.
- Estudios medioambientales de los ecosistemas de las zonas pesqueras.
- Estudios para el reaprovechamiento de activos pesqueros en desuso.
- Estudios para la explotación sostenible de los recursos pesqueros.
- Estudios de eficiencia energética. y/o actuaciones ante el cambio climático.
- Estudios para el fomento de la transición digital dentro del sector pesquero.
- Estudio de ahorro y reutilización del agua.
- Estudio de reducción del impacto generado por operaciones de logística, transporte, y distribución.
- Estudios de viabilidad técnicos y económicos para la creación de nuevos proyectos.
- Actuaciones que mejoren la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones laborales del sector pesquero.
Personas Beneficiarias
- Para los proyectos de inversión productiva podrán resultar beneficiarias las personas físicas o jurídicas privadas, o cualquier tipo de unidad económica o patrimonio separado quepuedan llevar a cabo los proyectos y actividades previstos.
- Para los proyectos de creación de empleo podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que sean micro, pequeñas y medianas empresas.
- Para los proyectos de inversión no productiva podrán ser beneficiarios los siguientes agentes sectoriales de la Comunidad Autónoma de Euskadi:
- Cofradías de pescadores y sus federaciones.
- Asociaciones profesionales del sector pesquero y sus federaciones.
- Organizaciones de Productores y sus asociaciones.
- Entidades sin ánimo de lucro integradas solo por cofradías de pescadores y/o asociaciones del sector pesquero.
- Personas físicas o jurídicas con o sin ánimo de lucro y que, dentro del ámbito territorial del GALP indicado en el Anexo II, tengan entre sus objetivos, alguno de los siguientes:
- Fomentar las actividades náuticas.
- Promocionar los productos pesqueros del territorio.
- Fomentar el medio ambiente marino y costero.
- Promover el patrimonio cultural marítimo pesquero.
- Formación y capacitación de personas en el ámbito marítimo pesquero, diversificación y/o crecimiento azul.
- Promoción de turismo azul.
Gastos Subvencionables
En el caso de las ayudas a inversiones productivas, se consideran gastos subvencionables los siguientes:
- La construcción o rehabilitación de bienes inmuebles vinculados al plan empresarial.
- La compra de maquinaria y equipos nuevos hasta el valor de mercado del bien.
- Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en los dos apartados anteriores, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, hasta un máximo del 10 %.
- La adquisición de un vehículo industrial siempre que la actividad subvencionada se desarrolle en el mismo.
- La adaptación de un barco de pesca de la lista tercera del Registro de Matriculas de buques para el desarrollo de pesca-turismo; y la compra o modificación de barcos auxiliares de acuicultura de la lista cuarta, barcos de transporte de pasajeros de la lista segunda y barcos de la lista sexta.
- Las siguientes inversiones en bienes intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.
- Utillaje y mobiliario para el desarrollo de la actividad objeto de la subvención.
- Estudios vinculados a la inversión objeto de la solicitud de ayuda, hasta un máximo del 10 %.
- Otras infraestructuras vinculadas.
- El IVA no recuperable con arreglo a la legislación aplicable.
Cuantía Máxima de la Ayuda
Para las ayudas de inversiones productivas:
- El porcentaje de ayuda máxima ascenderá en el caso de proyectos de diversificación del sector pesquero al 50 % del gasto subvencionable total de la operación, y en el resto de los casos, al 40 %.
- En el caso de operaciones vinculadas a la pesca costera artesanal, la ayuda podrá incrementarse hasta el 100 %.
- En el caso de operaciones ejecutadas por organizaciones de productores, asociaciones de organizaciones de productores o asociaciones interprofesionales el porcentaje máximo de ayuda para los proyectos no superará el 75 % de los gastos subvencionables del proyecto.
- En el caso de operaciones ejecutadas por organizaciones de pescadores u otros beneficiarios colectivos del sector pesquero, el porcentaje máximo de ayuda para los proyectos no superará el 60 % de los gastos subvencionables del proyecto.
- El porcentaje máximo de ayuda para los proyectos podrá ascender al 100 % de los gastos subvencionables si se cumple alguno de los criterios descritos en la base.
- En el caso de barcos de la lista 6.ª del Registro de Matriculas de buques el importe de la ayuda no excederá del 25 % del coste de adquisición y no será superior a 75.000 euros.
Para las ayudas de creación de empleo:
Cantidad fija que se abonará por cada puesto de trabajo creado con un máximo de 6.240€ por puesto creado.
Para las ayudas de inversiones no productivas:
- El porcentaje de ayuda máxima para proyectos de inversión no productivo ascenderá al 50 % del gasto subvencionable total de la operación.
- En el caso de operaciones vinculadas a la pesca costera artesanal, la ayuda podrá incrementarse hasta el 100 %.
- En el caso de operaciones ejecutadas por organizaciones o asociaciones de productores o asociaciones interprofesionales Organizaciones de productores, el porcentaje máximo no superará el 75 % de los gastos subvencionables del proyecto.
- En el caso de operaciones ejecutadas por organizaciones de pescadores u otros
beneficiarios colectivos del sector pesquero, el máximo no superará el 60 % de los gastos subvencionables del proyecto. - El porcentaje máximo de ayuda para los proyectos podrá ascender al 100 % de los gastos subvencionables si se cumple alguno de los criterios descritos en la base.
- Eventos vinculados al sector pesquero o actividades relacionadas con la economía azul hasta 6.000 euros.
Plazos Máximos de Ejecución
Las inversiones podrán tener una ejecución anual o plurianual:
- El plazo máximo de ejecución de las inversiones anuales será el 31 de diciembre de 2024.
- El plazo máximo de ejecución de las inversiones plurianuales será el 31 de diciembre de 2025.
Plazo de Justificación
La justificación de la ayuda presente se deberá realizar en el plazo máximo de 10 días desde la finalización del plazo límite de la ejecución del proyecto.
Pago de la Subvención
En el caso de subvenciones anuales el pago de la subvención se realizarán una vez justificada la ayuda tras la certificación por parte del personal técnico del GALP.
En el caso de subvenciones plurianuales relativas a proyectos de inversión, se realizarán pagos parciales correspondientes a cada una de las anualidades de acuerdo con el sistema de justificación.
Otros Documentos de Interés
Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Fondo Europeo Marítimo de la Pesca y de la Acuicultura (FEMPA) 2021-2027: Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Fondo Europeo Marítimo de la Pesca y de la Acuicultura (FEMPA) 2021-2027 – Pesca y Acuicultura – Euskadi.eus