Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras, estudios de viabilidad técnica y proyectos de tecnologías digitales que deberán incorporar conocimientos y/o tecnologías que promuevan la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de actividades de investigación industrial, actividades de desarrollo experimental, innovación en materia de organización y/o innovación en materia de procesos.
Proyectos Objeto de Ayuda
Los tipos de actuaciones y proyectos susceptibles de recibir las ayudas del programa se especificarán en cada convocatoria, y podrán ser los siguientes:
- Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras (Línea 1).
- Estudios de viabilidad técnica (Línea 2).
- Proyectos de Tecnologías Digitales (Línea 3).
Beneficiarios de la Ayuda
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
- las AEI (Agrupaciones Empresariales Innovadoras) y
- las entidades asociadas a ellas cuyas inscripciones en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se encuentren vigentes en la fecha de publicación de cada convocatoria.
Gastos Subvencionables
Serán gastos subvencionables las siguientes categorías de gasto:
- Gastos de personal técnico.
- Gastos de personal administrativo.
- Colaboraciones externas, en concreto gastos externos por servicios de consultoría.
- Gastos de alquiler del inmueble utilizado como sede de la AEI.
- Gastos de viajes interurbanos y alojamiento, tanto nacionales como internacionales, necesarios para la realización de la actividad.
- Otros costes no contemplados en los anteriores apartados que de forma indubitada respondan a la naturaleza de la actuación subvencionada y resulten estrictamente necesarios.
Cuantía Máxima de la Ayuda
Las cuantías máximas para cada proyecto o actuación serán las siguientes:
- 70.000 euros para las Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras (Línea 1).
- 50.000 euros para los Estudios de viabilidad técnica (Línea 2).
- Para los Proyectos de Tecnologías Digitales (Línea 3):
- 450.000 euros si el proyecto corresponde al desarrollo de una actividad innovadora relativa a investigación industrial.
- 400.000 euros si el proyecto corresponde al desarrollo de una actividad innovadora relativa a desarrollo experimental.
- 200.000 euros si el proyecto corresponde al desarrollo de una actividad innovadora relativa a innovación en materia de organización o innovación en materia de procesos.
Pago de la Ayuda
Se realizará el pago anticipado de la subvención, previo a la justificación por el beneficiario de la realización de las actuaciones contempladas en el proyecto puesto que dicha subvención es necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención y afianza.
Plazo de Ejecución
El plazo de ejecución máximo será de 10 meses y no se concederán prórrogas.
Plazo de Justificación
Una vez finalizada la ejecución de la actuación, la justificación de las actividades y gastos subvencionados deberá efectuarse en el plazo máximo de tres (3) meses desde la fecha límite establecida en la resolución de concesión.
Otros Documentos de Interés
Modificación de las Bases Reguladoras: Disposición 8696 del BOE núm. 126 de 2022
Convocatoria 2024: Anuncio 25620 del BOE núm. 163 de 2024