
Podrán ser objeto de subvención las actividades que se lleven a cabo en los siguientes ámbitos:
- Actividades dirigidas a la movilidad o al intercambio juvenil.
- Actividades de ámbito supraterritorial de promoción, difusión o formación relacionada con la movilidad o el intercambio juvenil.
Beneficiarias de la Subvención
Podrán ser beneficiarias de la presente las personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, radicadas en la CAE.
Actuaciones Subvencionables
- Actividades dirigidas a la movilidad o al intercambio juvenil, siempre que cumplan las siguientes condiciones:
- Actividades que tengan como destinatarias a personas jóvenes de entre 12 y 30 años.
- Temática de interés común y relevancia para el grupo de participantes.
- Aplicación de métodos de aprendizaje no-formal.
- Implicación activa de las y los participantes en el proyecto.
- Promoción del desarrollo social y cultural de las y los participantes.
- Dimensión intercultural.
- Dimensión europea e internacional.
- Duración estimada de 6 a 21 días.
- El número de participantes por cada grupo será como mínimo de 6 y como máximo de 15 jóvenes.
- Actividades de ámbito supraterritorial de promoción, difusión o formación relacionada con la movilidad o el intercambio juvenil: seminarios, cursos de formación o campañas de difusión que se desarrollen en la CAE y tengan como objetivo promover entre las personas destinatarias de estas actividades la realización futura de otros proyectos de intercambio o movilidad.
Cuantía de las Ayudas
Las subvenciones podrán alcanzar el 80% del gasto subvencionable del presupuesto aprobado.
El total de las subvenciones concedidas a cada entidad beneficiaria en ningún caso podrá superar la cantidad de 50.000 €.
Pago de la Subvención
El pago de las subvenciones concedidas al amparo de la presente convocatoria se hará de la siguiente manera:
- Un primer pago por importe equivalente al cincuenta por ciento de la subvención concedida.
- Un segundo pago por el importe resultante de la liquidación efectuada tras la justificación.
Plazo de Justificación
Una vez finalizadas las actividades subvencionadas y antes del 6 de enero de 2026 las entidades beneficiarias de las subvenciones deberán presentar la justificación de la misma.
Otros Documentos
Ficha Resumen: Ficha_v2