
Mediante este programa de subvenciones se pretende lograr la inserción laboral de las personas en situación de desempleo, y al mismo tiempo favorecer la incorporación de talento diverso en las empresas de Bizkaia.
El programa se llevará a cabo a través de tres líneas de subvención:
- Área 1: Acompañamiento a la inserción laboral de personas desempleadas principalmente personas mayores de 45 años, de larga duración, con discapacidad, y personas en riesgo de exclusión.
- Área 2: Acompañamiento a la inserción laboral de personas jóvenes.
- Área 3: Programa 3R Gaztea.
Entidades Beneficiarias
Para la Área 1 y 2:
- Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro de Bizkaia.
- Los ayuntamientos, así como los centros de empleo y desarrollo local de carácter municipal de Bizkaia, u organismos autónomos, empresas públicas u otras entidades dependientes o vinculadas.
Para la Área 3:
- Las Universidades de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Las asociaciones de centros de Formación Profesional del País Vasco.
Hecho Subvencionable
- Para la Área 1: Tendrá la consideración de hecho subvencionable el acompañamiento a la inserción laboral en el mercado de trabajo de personas desempleadas, principalmente personas mayores de 45 años, personas desempleadas de larga duración, personas con discapacidad y personas en riesgo de exclusión social.
- Para la Área 2: Tendrá la consideración de hecho subvencionable el acompañamiento a la inserción laboral en el mercado de trabajo de personas jóvenes de hasta 30 años.
- Para la Área 3: Tendrá consideración de hecho subvencionable la realización de programas integrales de orientación, activación, intermediación laboral, y en su caso, cualificación de las personas jóvenes. Los programas han de estar dirigidos a personas jóvenes de hasta 30 años, cualificadas, en situación de desempleo o en mejora de empleo al iniciarse el programa 3R Gaztea presentado a subvención.
Cuantía y Límite de la Subvención
Para la Área 1 y 2:
- La subvención máxima alcanzable, por cada itinerario de inserción será de 90.000,00 euros.
- La subvención máxima alcanzable, por cada entidad solicitante en esta área será de 120.000,00 euros.
- Por la previsión de la cuarta persona insertada de entre las personas participantes en la formación, se adjudicarán 3.000 euros, y así por cada persona que se prevea insertar se adjudicarán 3.000 euros sucesivamente, hasta un máximo de 9.000 euros.
Para la Área 3: La subvención máxima alcanzable, por cada entidad solicitante en esta área será de 90.000,00 euros.
Plazo de Ejecución
Ha de desarrollarse y localizarse en el Territorio Histórico de Bizkaia en el período comprendido desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de octubre de 2026.
Plazo de Justificación
La justificación de la presente habrá de presentarse antes del 31 de octubre de 2026.
Otros Documentos
Extracto 1: I-422_cas.pdf
Extracto 2: I-446_cas.pdf