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Programa Ekintzaile 2025
Tipo de ayuda:
Emprendimiento ,  Inversiones
Plazo de solicitud:
16/05/2025 - 11/12/2025
Reglamento:
Minimis

Las presentes bases tienen por objeto regular el apoyo a nuevos proyectos empresariales innovadores y/o de base tecnológica, o industriales y/o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, tutelados por un «Business Innovation Center» (BIC) de los existentes en la CAE, en las fases de maduración de la idea y de puesta en marcha de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Dicho apoyo se materializará a través de los siguientes tipos de ayuda:

  • Línea 1: ayuda de acompañamiento, a la persona o equipo promotor o empresa, en el proceso de maduración de la idea y elaboración del Plan de Empresa, hasta la puesta en marcha.
  • Línea 2: ayuda destinada a las nuevas empresas generadas por los proyectos de emprendimiento de la Línea 1 para facilitar su acceso a la financiación de las inversiones necesarias para  llevar a cabo el Plan de Empresa definido.

Entidades Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de la ayuda de acompañamiento de la Línea 1:

  • las personas físicas empadronadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi;
  • las personas jurídicas constituidas a partir del 1 de enero de 2023, o con alta en actividad económica posterior al 1 de enero de 2023, con al menos un centro de actividad ubicado en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Podrán acceder a las ayudas destinadas a facilitar el acceso a la financiación de la Línea 2, únicamente las  personas jurídicas que se comprometan a materializar su Plan de Empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que sean de nueva creación, entendida como tal, toda empresa constituida con posterioridad al 1 de enero de 2024, inclusive.
  • Que prevean la generación de al menos 3 empleos en el plazo de 3 años.
  • Que tengan la condición de PYME.
  • Que figuren de alta en el correspondiente epígrafe industrial del Impuesto de Actividades  Económicas de Euskadi.
  • Que provengan de un proceso de emprendimiento, en el sentido de haber resultado beneficiaria de la Línea 1 en cualquiera de sus convocatorias.

Actuaciones Subvencionables

Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables:

  • Línea 1: el acompañamiento a la persona, equipo promotor o empresa en el proceso de  maduración de la idea y elaboración del Plan de Empresa, hasta la puesta en marcha. Esta ayuda  tendrá la consideración de subvención a fondo perdido.
  • Línea 2: el apoyo en el acceso a la financiación de las inversiones necesarias para llevar a cabo el Plan de Empresa, así como la ejecución de dichas inversiones.

Gastos Subvencionables o Inversiones a Financiar

Para la ayuda al acompañamiento, tendrán la consideración de gastos elegibles los siguientes, siempre que superen la cantidad mínima de 100 euros:

  • Formación empresarial y específica. Incluyendo la no reglada, siempre que esté vinculada con el proyecto.
  • Gastos por consultoría y asistencia técnica externa.
  • Estudios de prospección y documentación.
  • Asistencia a ferias, viajes de prospección comercial.
  • Realización de maquetas y prototipos.
  • Otros complementarios o accesorios a los anteriores.

Para la ayuda destinada a facilitar el acceso a la financiación (Línea 2), las inversiones a financiar son las siguientes:

  • Inmovilizado material, excepto terrenos y edificaciones:
    • Reformas y acondicionamiento de locales.
    • Maquinaria.
    • Bienes de equipo.
    • Utillaje.
    • Vehículos industriales.
    • Instalaciones técnicas.
    • Mobiliario.
    • Otras inversiones en activos fijos materiales.
  • Inmovilizado intangible:
    • Aplicaciones informática.
    • Propiedad industrial.
    • Propiedad intelectual, y cánones de incentivos administrativos o franquicias.

Características de los Préstamos (Línea 2)

Las características de los préstamos serán las siguientes:

  • Importe mínimo: 40.000 euros.
  • Importe máximo: 180.000 euros.
  • Tipo de interés: Euribor a seis meses + 1,25 %.
  • Plazo de amortización: 7 años.
  • Carencia: 2 años.
  • Cuotas: trimestrales, a fin de cada trimestre natural.
  • Garantías: compromiso de ejecución del Proyecto Empresarial.
  • Comisión de Apertura y Estudio: exento.

Cuantía de las Ayudas

Las ayudas objeto de esta convocatoria se instrumentarán en forma de subvenciones:

  • Para el acompañamiento de la Línea 1, se considera subvencionable hasta el 100% de los gastos elegibles, con un importe máximo de hasta 30.000 euros.
  • Para el acceso a la financiación (Línea 2), se considerarán subvencionables:
    • El 20 % del préstamo concedido para la financiación de las inversiones presentadas.
    • Los intereses devengados en el período comprendido entre la fecha de formalización del préstamo y la finalización del trimestre natural en curso, así como los intereses generados en cada trimestre a lo largo de los 8 trimestres naturales siguientes.
Tamaño empresa
1 - 250
Sector económico
Sector industrial
Servicios conexos a la industria
Comercio al por mayor
Sector alimentario
Construcción
Transporte
Organismo
Diputación Foral de Bizkaia
SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial
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