• Inicio
  • Equipo
  • Servicios
    • Creación de nuevas empresas
    • Servicios a empresas
    • Observatorio
  • Programas
  • Lea-Artibai
    • Lea-Artibai
    • Tejido empresarial
    • Estrategia comarcal
  • Clientes
  • Contacto
  • Noticias
  • Subvenciones
    • Subvenciones de Industria & B2B
    • Subvenciones de comercio al por menor
    • Subvenciones de turismo
    • Subvenciones de emprendimiento
    • Subvenciones de ayuntamientos
  • eu
Ver todas
Programa Barne-Ekintzaile 2025
Tipo de ayuda:
Emprendimiento ,  Innovación y competitividad
Plazo de solicitud:
16/05/2025 - 11/12/2025
Reglamento:
Minimis

Las presentes bases tienen por objeto regular el apoyo al intraemprendimiento, entendiendo por tal, la actividad emprendedora realizada dentro de las empresas vascas, con el fin de promover nuevos proyectos empresariales, en las fases de maduración de la idea y de puesta en marcha de la empresa en la CAE.

Estos proyectos de intraemprendimiento deben suponer una diversificación de la actividad actual de la empresa, ser innovadores y/o de base tecnológica, ser industriales y/o de servicios ligados al producto proceso industrial y deben estar tutelados por un «Business Innovation Center» (BIC) de los existentes en la CAE.

Dicho apoyo se materializará a través de los siguientes tipos de ayuda:

  • Línea 0: Ayuda a desarrollar un Plan de Generación de Nuevos Negocios que incluya los  principios, organización-cultura, sistemática y colaboraciones necesarias para el impulso continuo y sistematizado a la generación de nuevas actividades económicas, obteniendo como resultado el análisis preliminar de una oportunidad detectada y prioritaria para la empresa, para su posible presentación a la Línea 1.
  • Línea 1: Ayuda de acompañamiento, a la empresa, en el proceso de maduración de la idea y elaboración del Plan de Empresa.
  • Línea 2: Ayuda destinada a las nuevas empresas generadas por los proyectos de intraemprendimiento de la Línea 1 para facilitar su acceso a la financiación de las inversiones necesarias para llevar a cabo el Plan de Empresa definido.

Entidades Beneficiarias

Para la Línea 0: Personas jurídicas con domicilio social y/o al menos un centro de actividad ubicado en la CAE, que dispongan de una plantilla igual o superior a 20 personas en el momento de la solicitud, y tener un volumen anual de negocio mínimo de 2.000.000 de euros, portadoras de una idea de proyecto empresarial innovador y/o de base tecnológica, industrial y/o de servicios conexos ligados al producto proceso industrial, y que se pretenda iniciar en la CAE.

Para la Línea 1: Personas jurídicas con domicilio social y/o al menos un centro de actividad ubicado en la CAE, portadoras de una idea de proyecto empresarial innovador y/o de base tecnológica, industrial y/o de servicios conexos ligados  al producto-proceso industrial, y que se pretenda iniciar en la CAE.

Para la Línea 2: Las  personas jurídicas que se comprometan a materializar su Plan de Empresa en la CAE y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que sean de nueva creación, entendida como tal, toda empresa constituida con posterioridad al 1 de enero de 2024, inclusive.
  • Que prevean la generación de al menos 3 empleos en el plazo de 3 años.
  • Que tengan la condición de PYME.
  • Que figuren de alta el correspondiente epígrafe industrial del Impuesto de Actividades Económicas de Euskadi.
  • Que provengan de un proceso de intraemprendimiento.

Actuaciones Subvencionables

Línea 0: La elaboración del Plan de Generación de Nuevos Negocios, que incluya los principios, organización-cultura, sistemática y colaboraciones necesarias para el impulso continuo a la generación de nueva actividad económica. Esta ayuda tendrá la consideración de subvención a fondo perdido.

Línea 1: El acompañamiento, a la empresa en el proceso de maduración de la idea y elaboración del Plan de Empresa. Esta ayuda tendrá la consideración de subvención a fondo perdido.

Línea 2: El apoyo en el acceso a la financiación de las inversiones necesarias para llevar a cabo el Plan de Empresa, así como la ejecución de dichas inversiones.

Gastos Subvencionables

Para la Línea 0:

  • Gastos de consultoría técnica experta para el Plan de Generación de Nuevos Negocios.
  • Trabajos de diseño o revisión de la sistemática / proceso de gestión de nuevos negocios.
  • Trabajos de identificación de oportunidades prioritarias y mapa de agentes de interés y agenda de contactos prioritarios.

Para la Línea 1 (siempre que superen la cantidad minima de 100 euros):

  • Formación empresarial y específica. Incluyendo la no reglada, siempre que esté vinculada con el proyecto.
  • Gastos por consultoría y asistencia técnica externa.
  • Estudios de prospección y documentación.
  • Asistencia a ferias, viajes de prospección comercial.
  • Realización de maquetas y prototipos que no podrán superar el 25 % del presupuesto total aprobado.
  • Otros complementarios o accesorios a los anteriores.

Los gastos subvencionables de la Línea 2 son las siguientes:

  • Inmovilizado material, excepto terrenos y edificaciones:
    • Reformas y acondicionamiento de locales.
    • Maquinaria.
    • Bienes de equipo.
    • Utillaje.
    • Vehículos industriales.
    • Instalaciones técnicas.
    • Mobiliario.
    • Otras inversiones en activos fijos materiales.
  • Inmovilizado intangible:
    • Aplicaciones informáticas.
    • Propiedad industrial.
    • Propiedad intelectual, y cánones de incentivos administrativos o franquicias.

Las características de los préstamos de la Línea 2:

  • Importe mínimo: 40.000 euros.
  • Importe máximo: 180.000 euros.
  • Tipo de interés: Euribor a seis meses + 1,25 %.
  • Plazo de amortización: 7 años.
  • Carencia: 2 años.
  • Cuotas: Trimestrales, a fin de cada trimestre natural.
  • Garantías: Compromiso de ejecución del Proyecto Empresarial.
  • Comisión de Apertura y Estudio: Exento.

Cuantía de las Ayudas

Para elaboración del Plan de Generación de Nuevos Negocios (Línea 0) se considera subvencionable el 70 %.

Para el acompañamiento (Línea 1) se consideran hasta el 100 % de los gastos elegibles, con un importe máximo de hasta 30.000 euros.

Para el acceso a la financiación (Línea 2), se considerarán subvencionables:

  • El 20 % del préstamo concedido para la financiación de las inversiones presentadas.
  • los intereses devengados en el período comprendido entre la fecha de formalización del préstamo y la finalización del trimestre natural en curso, así como los intereses generados en cada trimestre a lo largo de los 8 trimestres naturales siguientes.

 

Plazo de Ejecución

Para la Línea 0: Ser devengados con posterioridad a la solicitud de la ayuda y durante el plazo máximo de 12  meses desde la misma.

Para la Línea 1: Ser devengados con posterioridad a la solicitud de la ayuda y durante el plazo máximo de 18  meses desde la misma.

Tamaño empresa
1 - >250
Sector económico
Sector industrial
Servicios conexos a la industria
Organismo
Gobierno Vasco
Ver boletín
¿Quieres contactar con nuestro equipo?
Xemein Etorbidea, 12-A
Lea-Artibai Berrikuntza Gunea
Markina Xemein (BIZKAIA)
946169172
kaixo@leartibaifundazioa.eus
© Leartibai Fundazioa 2025 | All Rights Reserved