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Programa Lanhitz 2025
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
11/06/2025 - 11/07/2025

Es objeto de la presente Orden regular y convocar la concesión de subvenciones para fomentar el uso y la presencia del euskera durante el año 2025, en los centros de trabajo del sector privado ubicados en la CAV (Lanhitz).

Entidades Beneficiarias

Todas aquellas personas físicas o jurídicas privadas, de nacionalidad o domicilio social en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y estén constituidas legalmente conforme a la legislación vigente y que, independientemente de su forma jurídica, sean titulares o, en su caso, gestionen centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma Vasca. Asimismo, podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los colegios profesionales en el ejercicio de sus funciones privadas.

Actividades Subvencionables

Se subvencionarán las actividades correspondientes a los cuatro grupos siguientes:

  • Primer grupo: actividades para fomentar el uso y o presencia del euskera en la entidad sin que exista un plan de euskera. Podrá recibirse subvención en este grupo durante un periodo  máximo de cinco años, siempre que hasta la convocatoria Lanhitz de 2021 no se haya recibido  subvención o en las convocatorias posteriores no se haya recibido subvención en el grupo 2, 3 o 4.
  • Segundo grupo: realizar un diagnóstico de la situación del euskera en la entidad y diseñar el  plan de euskera y, si se quiere, ponerlo en marcha realizando acciones sueltas. Las actividades de este grupo se subvencionarán en un solo año, siempre que hasta la convocatoria Lanhitz de 2021 no se haya recibido subvención o en las convocatorias posteriores no se haya recibido subvención en el grupo 2, 3 o 4.
  • Tercer grupo: actividades para fomentar el uso y la presencia del euskera a partir del plan de  euskera de la entidad y del plan de gestión anual. No podrán ser beneficiarias de este grupo las personas o entidades hayan sido subvencionadas por Lanhitz durante 18 años o más.
  • Cuarto grupo: desarrollar proyectos lingüísticos estratégicos más allá del plan de euskera de la entidad con una larga trayectoria en el mismo o con un nivel avanzado en la gestión del euskera. Quienes hayan recibido subvención de Lanhitz durante 18 años o más deberán realizar la solicitud en este grupo.

Cuantía de las Ayudas

Se podrá conceder una subvención no superior al 80 % sobre el presupuesto depurado recogido en el artículo 13.2 en los grupos primero y segundo y 60 % en los grupos tercero y cuarto.

Los límites de las subvenciones que podrán concederse en cada grupo son los siguientes:

  • En el primer grupo, la persona o entidad que presente la solicitud podrá percibir un máximo  de 6.000 euros.
  • En el segundo grupo, la persona o entidad que presente la solicitud recibirá un máximo de  14.000 euros.
  • En los grupos tercero y cuarto: cada persona o entidad que haya recibido la subvención de la VPL para la gestión de planes de euskera durante más de 12 años podrá recibir un máximo de 25.000 euros, y el resto, 35.000 euros.

Pago de la Subvención

En el primer pago se abonará el sesenta y cinco por ciento (65 %) de la subvención total, una vez dictada la resolución de concesión de la subvención y transcurrido el plazo establecidode 10 días.

En el segundo pago, si así procede, se abonará el treinta y cinco por ciento (35 %) restante en el plazo de un mes a partir del día que se reciba y se apruebe la documentación completa para la justificación de la subvención. Este pago se efectuará con cargo a los presupuestos de 2026.

Plazo de Ejecución

Los gastos que se presenten para justificar la subvención deberán ser del plazo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 y los justificantes de dichos gastos deberán ser posteriores al 1 de enero de 2025 y anteriores a la finalización del plazo de justificación.

Plazo de Justificación

Los documentos justificativos de la ayuda concedida podrán presentarse hasta el 31 de marzo de 2026.

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