El objeto de estas bases es regular las ayudas económicas para el desarrollo de acciones de formación (acciones estratégicas de formación) programadas por las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco dirigidas a la mejora de las competencias y cualificaciones de sus personas trabajadoras en 2025 y en 2026.
Entidades Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas y grupos de empresas (que cuenten además con una plantilla de 35 o más personas trabajadoras), en los términos recogidos en la presente convocatoria, pudiendo participar los trabajadores en las acciones formativas.
Actuaciones Subvencionables
Se entiende por acción formativa el proceso de enseñanza-aprendizaje enmarcado en el proyecto formativo de la empresa (Plan de Formación), con objetivos, contenidos y duración sistematizados, comunes a todos sus participantes.
Con carácter general, las acciones formativas, tanto individuales como de grupo, tendrán una duración mínima por participante de 6 horas y máxima de 270. En ningún caso, la impartición de las acciones formativas en cualquier modalidad podrá superar las 8 horas diarias.
Las acciones formativas deberán ser impartidas en alguna de estas modalidades: presencial, teleformación o mixta.
Cuantía de las Ayudas
El porcentaje máximo de ayuda será del 90% y el mínimo de 60%, dependiendo de la puntuación obtenida por cada expediente presentado.
Abono de las Ayudas
La subvención se abonará en dos pagos, que se realizarán del siguiente modo:
- Un primer pago del 50 % del total de la subvención al momento de la recepción por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo de la comunicación de inicio de la primera acción formativa.
 - Un segundo pago, por el resto de la subvención, a la presentación de la memoria justificativa ante Lanbide-Servicio Público Vasco y la aprobación de la liquidación final correspondiente.
 
Plazo de Ejecución
Serán susceptibles de financiación las acciones formativas que se desarrollen entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio del año 2026. En cualquier caso, al menos una de las acciones formativas deberá comenzar en el ejercicio 2025.
Plazo de Justificación
La justificación de la ayuda concedida deberá realizarse con anterioridad al 31 de julio de 2026.