El Fondo de capital PORTS 4.0. tiene por objetivo generar un ecosistema innovador abierto que permita el contacto y el conocimiento de los retos y el funcionamiento del sector logístico-portuario a emprendedores, investigadores, start-ups, spin-off de Universidades, empresas tecnológicas pequeñas y medianas y grandes corporaciones.
El objetivo que persigue es potenciar y coadyuvar al desarrollo de soluciones tecnológicas innovadoras -ya sean productos, servicios o procesos – mediante la aplicación de las nuevas tecnologías habilitadoras de la nueva economía en el contexto de la cuarta revolución industrial, para mejorar la competitividad, eficiencia, sostenibilidad, descarbonización y seguridad del sector logístico-portuario español, así como impulsar su proceso de digitalización.
Entidades beneficiarias
El Fondo Ports 4.0, impulsado por el ecosistema TradeTech de los Puertos Españoles, está diseñado para apoyar a emprendedores y empresas, tanto nacionales como internacionales, que tengan ideas o proyectos innovadores capaces de transformar el sector logístico portuario y, en general, el comercio.
Se establece como excepción, que las personas físicas no podrán ser beneficiarias de subvenciones para proyectos en fase pre-comercial y en fase comercial, pudiendo tan sólo ser beneficiarias de tales subvenciones las personas jurídicas y las uniones o agrupaciones de las mismas.
Actuaciones subvencionables
Las Ideas y Proyectos susceptibles de ser subvencionados deberán tener la finalidad de lograr un producto, servicio o proceso innovador y cumplir con los siguientes requisitos:
- Desarrollar un nuevo producto, servicio o proceso o mejorar una tecnología ya existente con componente innovador y desarrollar su aplicación al sector logístico-portuario.
- Promover la consecución de soluciones de avance medibles en una o varias de las siguientes áreas de actividad logístico-portuaria:
- Eficiencia logística en el ámbito infraestructural, operacional o de prestación de servicios.
- Sostenibilidad ambiental y energía.
- Seguridad y protección.
- Digitalización de procesos y plataformas inteligentes.
- Cualquier otro producto, servicio o proceso innovador con impacto en el sector logístico-portuario.
- Cualquier otro producto, servicio o proceso innovador con impacto en el sector náutico o pesquero portuario.
- Poseer una componente innovadora cierta, demostrable y claramente delimitada al menos en lo que se refiere a su alcance, contenidos y costes, así como no existente en el mercado tanto a nivel nacional como internacional su aplicación para el sector logístico-portuario.
- Poder ser puesto a disposición, y ser testado, implantado o desplegado en uno o más agentes de la comunidad logístico-portuaria.
- Demostrar los resultados de las anteriores fases alcanzadas en el caso de tratarse de productos o servicios con un grado de madurez consolidado.
- Preservar, desarrollar o completar los ejes prioritarios y líneas de actuación de la Estrategia Española de Ciencia e Innovación 2013-2020.
- Proporcionar un impacto social favorable sobre el entorno logístico-portuario, sobre el empleo directo o indirecto, y en consecuencia sobre el desarrollo económico y social de los entornos logísticos-portuarios.
- Alcanzar o superar el valor total de los costes asociados a la componente de innovación del proyecto el 50% del presupuesto total de dicho proyecto.
Gastos subvencionables
- Gastos de personal: personal investigador, técnico y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
- Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos, patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas.
- Gastos generales directamente derivados del proyecto.
- Inversiones en equipos
- Otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de alquileres, cánones, materiales, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
- Gastos asociados al desarrollo técnico y material de los prototipos y pilotos, así como los componentes tecnológicos asociados a éstos.
- Los tributos cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente durante el periodo de ejecución del proyecto establecido en las presentes bases reguladoras, en la resolución de concesión o en las condiciones de aceptación de la ayuda.
- Los costes indirectos tendrán la consideración de gasto subvencionable cuando estos sean imputados por el beneficiario a la actividad subvencionada de forma proporcional.
Cuantía de la ayuda
Los importes de las ayudas establecidas en las presentes bases serán los siguientes:
- En las Ideas la ayuda consistirá en una cantidad fija e invariable de quince mil euros (15.000 euros) y la posibilidad de acceder a los servicios de incubación de la idea o de asesoramiento para facilitar el crecimiento empresarial de la misma.
- En los Proyectos en fase pre-comercial la ayuda consistirá en una cantidad máxima del 60 % de los costes asociados en el presupuesto del proyecto a la componente de innovación, con un límite máximo de un millón de euros (1.000.000,00 euros), y la posibilidad de acceder a los servicios de incubación aceleración o de asesoramiento para acelerar el crecimiento empresarial y asegurar el éxito del proyecto.
- En los Proyectos en fase comercial la ayuda consistirá en una cantidad máxima del 80% de los costes asociados en el presupuesto del proyecto a la componente de innovación, con un límite máximo de dos millones de euros (2.000.000,00 euros), y la posibilidad de acceder a los servicios de aceleración o de asesoramiento para acelerar el despliegue comercial, el crecimiento y asegurar el éxito empresarial del proyecto.
Pago de la ayuda
Las ayudas que se conceden en esta convocatoria se realizarán de la siguiente forma:
- Para Ideas:
- Diez mil euros (10.000 euros) en un plazo no superior a dos meses desde la fecha de publicación de la resolución.
- Cinco mil euros (5.000 euros) a la entrega de los resultados de la realización de la Prueba de Concepto en el plazo máximo establecido.
- Para Proyectos: previa presentación de la documentación justificativa para cada pago prevista en las condiciones de aceptación de la subvención.
Plazo de ejecución
- Las Ideas deberán implementarse en el plazo establecido por los beneficiarios en su documentación técnica, con un máximo de seis (6) meses desde la publicación de la resolución de concesión de la subvención.
- Los Proyectos tanto en fase pre-comercial como comercial deberán implementarse en el plazo establecido por los beneficiarios en su documentación técnica, con un máximo de treinta y seis meses (36) desde la publicación de la resolución de concesión de la subvención.
Plazo de justificación
Los beneficiarios estarán obligados a la presentación de la cuenta justificativa en el plazo máximo de tres (3) meses desde la finalización del plazo de ejecución del proyecto.
- Las Ideas: máximo de seis (9) meses desde la publicación de la resolución de concesión de la subvención.
- Los Proyectos: máximo de treinta y seis meses (39) desde la publicación de la resolución de concesión de la subvención.
Presentación de solicitudes
- Solicitudes de subvenciones en la modalidad Ideas: en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE [28/02/2026].
- Solicitudes de subvenciones en la modalidad Proyectos Comerciales: en el plazo de tres meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE [31/03/2026].
Otros documentos
Extracto de la convocatoria: Anuncio 48112 del BOE núm. 314 de 2025