• Inicio
  • Equipo
  • Servicios
    • Creación de nuevas empresas
    • Servicios a empresas
    • Observatorio
  • Programas
  • Lea-Artibai
    • Lea-Artibai
    • Tejido empresarial
    • Estrategia comarcal
  • Clientes
  • Contacto
  • Noticias
  • Subvenciones
    • Subvenciones de Industria & B2B
    • Subvenciones de comercio al por menor
    • Subvenciones de turismo
    • Subvenciones de emprendimiento
    • Subvenciones de ayuntamientos
  • eu
Ver todas
Programa RENORED de incentivos a proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable 2026
Tipo de ayuda:
Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
21/01/2026 - 27/02/2026

Mediante la presente Resolución se aprueba la segunda convocatoria, de los Programas de Incentivos a proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable, susceptibles de ser cofinanciados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia al estar incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea –NextGenerationEU.

Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable, pudiendo incluir actuaciones de inversión para la realización de instalaciones de producción, redes de distribución y conexiones a consumidores de calor y/o frío.

Un mismo solicitante podrá presentar más de un proyecto subvencionable, aunque la ayuda a otorgar no podrá superar el límite de 15.000.000 € por proyecto y beneficiario, así como una inversión mínima por proyecto de 450.000 €.

Entidades beneficiarias

Cualquier persona física o jurídica, pública o privada, legal y válidamente constituidas que no realicen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado (Programa de Incentivos 2).

Líneas de actuación

Proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable de manera que se consiga una diversificación energética en base a energías renovables y, como consecuencia de ello, una menor dependencia energética de combustibles fósiles y la disminución de las emisiones de CO₂ y metano.

  • Tipología 1 (T1). Nueva central de generación y nueva red de distribución: Nuevas instalaciones que han de incluir necesariamente una o varias centrales de generación de calor y/o frío que utilicen fuentes de energía renovable, y una o varias redes de distribución con conexiones de intercambio energético a los centros de consumo.
  • Tipología 2 (T2). Ampliación o sustitución de central de generación existente: Ampliación o sustitución de una central de generación existente que aporte calor y/o frío a una red de distribución existente, mediante la incorporación de nuevos equipos de generación o la sustitución de los existentes, utilizando fuentes de energía renovable.
  • Tipología 3 (T3). Ampliación de red de distribución y conexiones existentes: Ampliación de una red de distribución existente que aporte calor y/o frío con sus conexiones para llegar a nuevos centros de consumo. La capacidad de generación existente deberá utilizar fuentes de energía renovable.

Se deberá formular una única solicitud por cada instalación que pretenda ser objeto de ayuda en cualquiera de los Programas de Incentivos previstos.

Gastos subvencionables

Se considerarán costes elegibles los siguientes conceptos:

  • Equipos propios de las tipologías de actuación objeto de ayuda.
  • Sistemas eléctricos, hidráulicos, bombeo, instrumentación y auxiliares.
  • Sistemas de control, monitorización y comunicación.
  • Sistemas de gestión y monitorización de la demanda.
  • Obra civil asociada a la instalación.
  • Transporte, montaje, puesta en marcha y ensayos.
    Elaboración y redacción de proyectos y memorias técnicas.
  • Dirección facultativa.
  • Coordinación de Seguridad y Salud.
  • Ensayos, estudios y pruebas.
  • Costes de gestión de la solicitud (≤ 4 % de la ayuda, máx. 3.000 €).
  • Costes de gestión de la justificación.
    Informe del auditor.
  • Costes asociados al cumplimiento del principio DNSH.
  • Otras partidas debidamente justificadas como necesarias.

Plazo de ejecución y justificación

Las actuaciones subvencionables deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de publicación de las bases reguladoras en el Boletín Oficial del Estado.

Las instalaciones deberán encontrarse completamente finalizadas antes del 30 de junio de 2029, y el beneficiario deberá justificar la actuación antes del 30 de septiembre de 2029, remitiendo toda la documentación prevista en la convocatoria.

Tamaño empresa
1 - >250
Sector económico
Sector industrial
Servicios conexos a la industria
Comercio al por mayor
Sector alimentario
Construcción
Transporte
Organismo
Subvenciones del Estado
Ver boletín
¿Quieres contactar con nuestro equipo?
Xemein Etorbidea, 12-A
Lea-Artibai Berrikuntza Gunea
Markina Xemein (BIZKAIA)
946169172
kaixo@leartibaifundazioa.eus
© Leartibai Fundazioa 2026 | All Rights Reserved