Mediante este programa de subvenciones se pretende lograr la inserción laboral de las personas en situación de desempleo, y al mismo tiempo favorecer la incorporación de talento diverso en las empresas de Bizkaia.
El programa se llevará a cabo a través de tres líneas de subvención:
- Área 1. Acompañamiento a la inserción laboral de personas desempleadas principalmente personas mayores de 45 años, de larga duración, con discapacidad, y personas en riesgo de exclusión.
- Área 2. Acompañamiento a la inserción laboral de personas jóvenes.
- Área 3. Programa 3R Gaztea.
Hecho Subvencionable
Para el Área 1: Tendrá la consideración de hecho subvencionable el acompañamiento a la inserción laboral en el mercado de trabajo de personas desempleadas, principalmente personas mayores de 45 años, personas desempleadas de larga duración, personas con discapacidad y personas en riesgo de exclusión social.
Para el Área 2: Tendrá consideración de hecho subvencionable el acompañamiento a la inserción laboral en el mercado de trabajo de personas jóvenes de hasta 30 años.
Para el Área 3:
- Tendrá la consideración de hecho subvencionable la realización de programas integrales de orientación, activación, intermediación laboral, y en su caso, cualificación de las personas jóvenes.
- Los programas han de estar dirigidos a personas jóvenes de hasta 30 años, cualificadas, en situación de desempleo o en mejora de empleo al iniciarse el programa 3R Gaztea presentado a subvención.
Entidades beneficiarias
Para el Área 1:
- Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro de Bizkaia que actúen a favor de la inserción laboral de personas con dificultades especiales de inserción.
- Los ayuntamientos, así como los centros de empleo y desarrollo local de carácter municipal de Bizkaia, u organismos autónomos, empresas públicas u otras entidades de ellas dependientes o vinculadas.
Para el Área 2:
- Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro del Territorio Histórico de Bizkaia que actúen a favor de la inserción laboral de personas jóvenes.
- Los ayuntamientos, así como los centros de empleo y desarrollo local de carácter municipal del Territorio Histórico de Bizkaia, u organismos autónomos, empresas públicas u otras entidades de ellos dependientes o vinculadas.
Para el Área 3:
- Las Universidades de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Las asociaciones de centros de Formación Profesional del País Vasco.
Cuantía y límite de la subvención
Para el Área 1:
- La subvención máxima alcanzable, por cada itinerario de inserción será de 90.000,00 euros.
- La subvención máxima alcanzable, por cada entidad solicitante en esta área será de 120.000,00 euros.
Para el Área 2:
- La subvención máxima alcanzable, por cada itinerario de inserción, será de 90.000,00 euros.
- La subvención máxima alcanzable, por cada entidad solicitante en esta área será de 120.000,00 euros.
Para el Área 3:
- La subvención máxima alcanzable, por cada entidad solicitante en esta área será de 90.000,00 euros.
Pago de la subvención
Las ayudas otorgadas en las Áreas 1, 2 y 3 se abonarán en los siguientes plazos:
- En el momento de concesión de la ayuda, se abonará hasta un máximo del 90% de la subvención otorgada.
- En el caso de las áreas 1 y 2, el porcentaje restante se abonará en el año 2028, tras la justificación de la ayuda otorgada para el desarrollo de las acciones. El plazo para realizar la justificación finalizará el 31 de octubre de 2027.
- En el caso del área 3, el porcentaje restante, se abonará en el año 2027, tras la justificación de la ayuda otorgada para el desarrollo de las acciones que deberá realizarse como plazo máximo para el 30 de julio de 2027.
Plazo de ejecución
- Los itinerarios de inserción del área 1 y 2 se han de desarrollar desde el 1 de septiembre de 2026 al 31 de octubre de 2027.
- Los programas del área 3 se han de desarrollar desde el 3 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027, con un máximo de 9 meses de duración.
- El plazo máximo para finalizar la acción formativa será el 30 de julio de 2026 para las áreas 1 y 2, y el 30 de junio para el área 3.
- El plazo máximo para justificar la inserción correspondiente a las áreas 1 y 2, finalizará el 31 de octubre de 2027.
- El plazo máximo para justificar la inserción correspondiente al área 3, finalizará el día 30 de junio de 2027.
Plazo de justificación
De la formación:
- De cada itinerario de inserción (área 1 y área 2), al finalizar la acción formativa subvencionada, y hasta el 31 de octubre de 2027.
De la inserción:
- De cada itinerario de inserción (área 1 y área 2) el plazo de presentación será hasta el 31 de octubre de 2027.
- De cada programa de inserción (área 3) el plazo de presentación será hasta el 30 de junio de 2027.
Presentación de la cuenta justificativa:
- De cada itinerario de inserción (área 1 y área 2) el plazo de presentación será hasta el 31 de octubre de 2027.
- De cada programa de inserción (área 3), el plazo de presentación hasta el 30 de julio de 2027.
Otros documentos de interés
Extracto de la aprobación de las bases y convocatoria: I-469_cas.pdf