• Inicio
  • Equipo
  • Servicios
    • Creación de nuevas empresas
    • Servicios a empresas
    • Observatorio
  • Programas
  • Lea-Artibai
    • Lea-Artibai
    • Tejido empresarial
    • Estrategia comarcal
  • Clientes
  • Contacto
  • Noticias
  • Subvenciones
    • Subvenciones de Industria & B2B
    • Subvenciones de comercio al por menor
    • Subvenciones de turismo
    • Subvenciones de emprendimiento
    • Subvenciones de ayuntamientos
  • eu
Ver todas
Subvenciones para la realización de inversiones en infraestructuras y en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques en Bizkaia 2026
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
26/03/2026 - 07/05/2026

Es objeto del presente Decreto Foral el establecimiento de las bases y la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a actuaciones forestales que se realicen en montes privados del Territorio Histórico de Bizkaia derivadas de los Planes Técnicos de Gestión Forestal Sostenible aprobados por la Diputación Foral de Bizkaia, así como la elaboración de los propios Planes.

Personas beneficiarias

  • Asociaciones de propietarios/as, mancomunidades, juntas administrativas y ayuntamientos.
  • Personas físicas y jurídicas.

Actuaciones subvencionables

Las actuaciones objeto de subvención en el marco del presente Decreto Foral son las siguientes:

  • Actuación 1: Forestación y creación de superficies forestales:
    • Forestaciones
    • Cierres forestales
    • Protectores individuales
    • Reposición de marras
  • Actuación 2: Inversiones en planes técnicos de gestión forestal sostenible y planes técnicos de gestión forestal sostenible simples en montes de titularidad privada.
  • Actuación 3: Prevención de daños causados por desastres naturales (incendios, vendavales, plagas y enfermedades, etc.):
    • Desbroces.
    • Aclareos (clareos y claras).
    • Podas bajas.
    • Tratamientos fitosanitarios preventivos y bioestimulantes.
  • Actuación 4: Reparación de daños causados por desastres naturales (incendios, vendavales, plagas y enfermedades, etc.):
    • Corta de arbolado dañado por desastres naturales (incendios, plagas y enfermedades, etc.)
    • Viveros. Desinfección y eliminación de material infectado.
  • Actuación 5:Inversiones y servicios silvoambientales y climáticos y conservación de los bosques.
    • Selección de brotes, limpieza selectiva, resalveos y claras selectivas.
    • Cierres y protectores en zonas en regeneración.
    • Sustitución de plantaciones forestales con especies alóctonas por bosques autóctonos.
    • Gestión de plantaciones forestales que incremente su valor medioambiental.
    • Conservación de bosques autóctonos.
  • Actuación 6. Inversiones forestales en infraestructuras.
    • Construcción y adecuación, mejora y mantenimiento de pistas forestales.

Cuantías máximas de la subvención

La inversión o suma de inversiones máximas y mínimas auxiliables por persona beneficiaria y año será la siguiente:

  • Actuaciones 1, 2, 3, 4 y 5 en conjunto, tendrá unos límites máximos de inversión de 30.000 euros por persona beneficiaria,  que únicamente podrán ser rebasa dos, en el caso de Asociaciones y Agrupaciones de propietarios, hasta un límite máximo de 120.000 euros.
  • Actuación 6: los proyectos a auxiliar tendrán un límite máximo de inversión por persona beneficiaria de 60.000,00 euros y una inversión mínima de 1.000 euros.

Plazo de ejecución

  • Para las inversiones de la actuación 1, desde la presentación de la solicitud hasta el 31 de mayo de 2026.
  • Para las inversiones de las actuaciones 2, 3, 4 y 5, desde la presentación de la solicitud hasta el 30 de septiembre de 2026.
  • Para las inversiones de la actuación 6, desde la presentación de la solicitud hasta el 30 de noviembre del ejercicio para el que se apruebe.

Plazo de justificación

  • Los trabajos y la justificación de las inversiones se han de realizar con anterioridad al 30 de septiembre del año 2026,
  • excepto las inversiones y sus justificaciones consignadas en la actuación 1 (repoblaciones, cierres y protectores y reposición de marras), cuyos trabajos y justificaciones deberán realizarse con anterioridad al 30 de mayo de 2026 y,
  • las inversiones de la actuación 6 (pistas forestales), y sus justificaciones se deberán realizar antes del 30 de noviembre del ejercicio para el que se apruebe.

Otros documentos de interés

Ampliación de plazo de solicitud: I-453_cas.pdf

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Diputación Foral de Bizkaia
Localización del municipio
Zona rural
Ver boletín
¿Quieres contactar con nuestro equipo?
Xemein Etorbidea, 12-A
Lea-Artibai Berrikuntza Gunea
Markina Xemein (BIZKAIA)
946169172
kaixo@leartibaifundazioa.eus
© Leartibai Fundazioa 2026 | All Rights Reserved