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Programa Zabaldu+ 2026
Tipo de ayuda:
Internacionalización
Plazo de solicitud:
07/07/2026 - 15/09/2026
Reglamento:
Minimis

El programa Zabaldu+, alineado con los objetivos del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad del Gobierno Vasco recogidos en el programa de Gobierno de la XIII legislatura, tiene como objeto promover la internacionalización de las pymes incipientemente internacionalizadas o en fase de expansión, la cooperación entre ellas para el desarrollo de actividades y la participación en el diseño y el desarrollo de proyectos piloto.

Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias del programa aquellas personas jurídicas que tengan la consideración de pyme con personalidad jurídica propia e instalación o instalaciones productivas en la Comunidad Autónoma del País Vasco que se hayan constituido con anterioridad a la entrada e vigor de esta convocatoria.

Cuando las solicitantes sean empresas de servicios, para ser beneficiarias deberán contar en la CAE con un equipo humano con capacidad suficiente para ejecutar los proyectos o prestar los servicios que se pretenden internacionalizar.

En el caso de las PYMEs, el número de mercados que pueden incluirse en la solicitud dependerá de su perfil exportador:

  • Exportación menor o igual al 50% del volumen de negocio: hasta 4 mercados.
  • Exportación mayor al 50%: hasta 2 mercados, siempre que la facturación en dichos mercados sea inferior al 25% del total exportado.

Acciones subvencionables

  • Planificación estratégica y adecuación del solicitante para la internacionalización:
    • Gastos asociados a la elaboración de una estrategia de internacionalización.
    • Gastos asociados a la propiedad industrial y homologaciones.
  • Gastos de promoción internacional:
    • Gastos asociados a ferias, foros especializados y congresos internacionales.
      • Participación como expositor en ferias internacionales.
      • Participación como visitante en ferias, foros especializados o congresos internacionales.
      • Participación en ferias, foros especializados o congresos internacionales en formato online.
    • Gastos por viajes.
      • Viajes de prospección para analizar mercados o contactar con potenciales clientes, socios, distribuidores o agentes.
      • Misiones inversas: invitaciones dirigidas a clientes potenciales o socios.
    • Gastos de comunicación y marketing.
      • Elaboración del plan de marketing.
      • Adecuación del material de difusión y promoción al país de destino, realizada en el idioma oficial o en inglés.
      • Elaboración de catálogos, folletos, carteles, así como la creación y puesta en marcha de páginas web y sus posteriores adaptaciones al mercado internacional.
      • Publicidad: creación del material y contratación de espacios publicitarios en medios sectoriales con influencia en el país destino, así como gastos de publicidad digital del lanzamiento del producto o servicio.
      • Presentaciones de productos o servicios, promociones y exposiciones temporales en corners de centros comerciales en el país de destino.
      • Relaciones públicas: gastos de contratación de agencias de publicidad para el lanzamiento de productos o servicios en el país de destino.
      • Desarrollo de nuevos formatos promocionales para mejorar el acceso a mercados de forma virtual.
      • Gastos derivados de la publicación de papers científicos.
  • Implantaciones exteriores.
    • Gastos asociados a las implantaciones exteriores comerciales o productivas constituidas en el ejercicio de la solicitud.
    • Gastos, durante el primer año a contar desde la fecha de la constitución.
  • Gastos de consultoría operativa para el acceso a mercados de interés o mejora de posicionamiento.
    • Gastos de consultoría externa para la realización de diversos estudios e informes.
    • Gastos de consultoría externa relacionados con actividades de prospección -búsqueda de clientes, socios, distribuidores o agentes comerciales; preparación de agendas de trabajo en los mercados objetivo, etc.
  • Horas internas.
  • Se apoyará el coste de agentes y representantes de comercio en el país de destino.
  • Proyectos piloto.
    • Costes directos de personal, destinado al proyecto.
    • Costes de materiales y suministros directamente relacionados con el proyecto.
    • Costes de transporte e instalación de maquinaría o componentes.
    • Costes de certificación a la finalización del proyecto.
    • Gastos relacionados con pruebas concepto.

Límites de los gastos subvencionables

  • En el caso de ferias internacionales en las que la solicitante participe como expositora, el límite de 40.000 euros opera por cada feria, 80.000 en caso de asistencia a una feria en conjunto.
  • Cuando la solicitud incluya la realización de viajes de prospección, el número máximo de bolsas de viaje que se considerará gasto subvencionable será de 4 por solicitante.
  • Cuando la solicitud de ayuda prevea misiones inversas, el número máximo de bolsas de viaje que se considerará gasto subvencionable será de 4 por solicitante.

Cuantía de la ayuda

  • A los expedientes que obtengan una valoración entre 50 y 59,99 puntos, ambos incluidos, se les asignará una ayuda del 45 % del presupuesto aprobado.
  • A los expedientes que obtengan una valoración entre 60 y 74,99 puntos, ambos incluidos, se les asignará una ayuda del 55 % del presupuesto aprobado.
  • A los expedientes que obtengan una valoración igual o superior a 75 puntos, se les asignará una ayuda del 70 % del presupuesto aprobado.

Los expedientes que no alcancen 50 puntos no obtendrán el apoyo público del programa Zabaldu + y serán desestimados.

La subvención máxima será: 75.000 euros por cada entidad beneficiaria.

Abono de la ayuda

El abono de la subvención se realizará mediante dos pagos, de la siguiente manera:

  • 25 % de la subvención, tras la aceptación de la ayuda concedida.
  • 75 % restante, tras la justificación de los gastos incurridos en la realización de las acciones apoyadas.

Plazo de ejecución

Serán subvencionables las actuaciones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

Plazo de justificación

Desde el momento de recepción de la resolución de concesión de la ayuda y hasta el 26 de febrero del 2027.

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