Es objeto de las presentes bases regular un programa de ayudas para el apoyo a la realización de Proyectos de Innovación que ayuden a consolidar la gestión y sistematización de la innovación
en las organizaciones y así incrementar la base de empresas innovadoras de la CAE.
Entidades beneficiarias:
PYMES industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industria uqe en el periodo de 12 mese previos a la presentación de las olicitud de subvención tenga una plantilla media de al menos 10 empleos (en jornada completa). Y para el caso de proyectos de Gestión Avanzada (kudeabide) deberán disponer de una plantilla de al menos 50 empelos.
Actuaciones subvencionables:
La realización de proyectos de:
- La Innovación en producto (bienes o servicios).
- La Innovación en procesos de negocio
- El impulso a la participación en propuestas de proyectos en el marco de las convocatorias sobre Investigación e Innovación promovidas por la Comisión Europea.
- La Protección y valorización de los resultados de I+D+i.
- Implantaciones dirigidas a conseguir una Gestión Avanzada en la compañía
Gastos elegibles:
- Gastos de obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales.
- Gastos de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación pproporcionados por:
- Empresas expertas externas
- Agentes intermedios para las tareas de dinamizacion de proyectos en cooperación
- Empresas expertas externas y Agentes de la RVCT para impulsar la participación en propuestas para convocatorias de la Comisión Europea
Cuantía de las ayudas:
Se subvenciona el 50% del gasto elegible, con un máximo de 250.000€ por empresa, y de 500.000€ por proyecto en cooperación.
Además, si el proeycto es considerado un «proyecto de singularidad extrema» entonces se podrá subvencionar hasta 350.000€ por empresa y 700.000€ por proyecto en cooperación
Otros datos:
- La selección de las solicitudes se hace mediante concurrencia sucesiva (las solicitudes se resuelven de manera invididual y ordneada segun la solicitud se haya competado)
- Las acciones subvencionables deberán comenzar con posterioridad a la presentación electrónica de la Solicitud
- Este programa no está regido por el Reglamento MINIMIS
- Este programa no es compatible por otros programas de la Administración Pública y/o sus sociedades dependeintes
- Las empresas externas expertas no podrán ser agentes de la RVCT ni tener consideración de Agente Intermedio (clusters, asocsiaciones empresariales y sectoriales, agencias de desarollo local, comarcal o proivincial)
- Un 60% de la ayuda se paga en el momento de aceptación, y el resto contra lajustificacíon