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Ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales_2023
Tipo de ayuda:
Transformación digital ,  Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
15/03/2023 - 15/04/2023

La presente convocatoria tiene por objeto apoyar la implementación, modernización y fomento de la actividad comercial en zonas rurales, mejorando la competitividad, sostenibilidad y diversificación de la economía rural.

ENTIDADES BENEFICIARIAS:

Podrán acogerse a estas ayudas, de acuerdo con el artículo 3 de las bases reguladoras, las siguientes entidades locales:

  • Los municipios, con poblaciones de hasta 5.000 habitantes.
  • Las provincias e islas a través de las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares siempre que la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación proyecto no supere los 5.000 habitantes.
  • Las comarcas que agrupen varios municipios en los que la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación proyecto no supere los 5.000 habitantes.
  • Otras entidades que agrupen varios municipios en los que la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto no supere los 5.000 habitantes.
  • Las asociaciones de municipios, siempre que estén formadas íntegramente por entidades locales, o cuando estén integradas por, al menos, una entidad local y se hayan creado para prestar alguno de los servicios o competencias atribuidas a las entidades locales en virtud de los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, debiendo justificar su personalidad jurídica (por ejemplo, consorcios).
  • Las mancomunidades de municipios, siempre que la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto no supere los 5.000 habitantes.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

  • Proyectos para la transformación digital del comercio rural que mejoren el mercado omnicanal, la experiencia de compra, y fomenten y den visibilidad a la oferta comercial impulsando el consumo local.
  • Proyectos de obras y reacondicionamiento para mejorar las instalaciones, su accesibilidad, equipamiento y adecuación, de las zonas ocupadas por los mercados municipales, áreas comerciales y mercados no sedentarios, así como sus zonas adyacentes.
  • Proyectos para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y la sustitución de estos por alternativas respetuosas con el medio ambiente.
  • Sensibilización y formación en competencias tecnológicas.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Gastos dirigidos a la transformación digital:

  • Inversión para incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta del sector comercial con establecimiento físico y el no sedentario ubicados en zonas rurales a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes.
  • Fomento de la actividad comercial mediante la realización de campañas de animación comercial en redes sociales, aplicaciones o en la página web de la entidad local que fomenten e impulsen el consumo local.
  • Publicidad, comunicación y visibilidad en diferentes medios o soportes digitales mediante la utilización de nuevas tecnologías.
  • Otras inversiones que respondan a las necesidades de transformación digital de los comercios en el ámbito de su demarcación.

Gastos relacionados con la transformación del punto de venta:

  • Creación o mantenimiento de la actividad comercial esencial en el municipio que garantice el abastecimiento del mismo.
  • Favorecer la transformación digital del comercio no sedentario y de los canales cortos de comercialización impulsando acciones que mejoren la gestión de la oferta y la demanda a través de diferentes soportes digitales, y la relación cliente-proveedor; permitiendo que se puedan diseñar rutas de reparto más eficientes.
  • Inversión en obras para mejorar las instalaciones, su accesibilidad y adecuación de las zonas ocupadas por mercados municipales, áreas comerciales y mercados no sedentarios, y sus áreas colindantes.
  • Incorporación de nuevas tecnologías en el proceso de compra y pago de los productos adquiridos, evitando colas y aglomeraciones en los establecimientos comerciales; así como la actualización de las modalidades de pagos ofrecidas a los clientes.
  • Inversión en nuevas modalidades de entrega y devolución de los productos fuera de los horarios de apertura o de reparto. Se subvencionarán los gastos relacionados con la obra y reforma de los espacios del establecimiento para la puesta en marcha de estos servicios, en su caso.

Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular:

  • Inversiones para reducir el consumo de productos de un solo uso por parte del comercio y de los consumidores en sus establecimientos y la sustitución de éstos por otras alternativas más respetuosas con el medio ambiente.
  • Cualesquiera otras actuaciones y soluciones dirigidas a incrementar la sostenibilidad, la adaptación al cambio climático, y la eficiencia del modelo de negocio e impliquen un avance hacia una economía resiliente y baja en carbono, la reducción en la generación de residuos, incluido el fomento de la reutilización de productos, y la economía circular.

Gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad: Inversión en proyectos que, mediante la utilización de nuevas tecnologías, generen redes de suministro y comunicación locales o de proximidad que involucren a la totalidad o parte de los siguientes actores: comercio minorista, productores locales y proveedores de servicios afines.

Gastos de sensibilización y formación:

  • Sensibilización y formación teórica y práctica de habilidades y uso y gestión de herramientas tecnológicas en el comercio, Marketing Digital, explotación y análisis de datos vinculados con la venta online independientemente del canal elegido para ello.
  • Formación, sensibilización y campañas para el fomento de estrategias de economía circular, prevención de la generación de residuos, reutilización de productos, correcta separación de los residuos para su reciclado y reutilización de productos en el modelo de negocio del sector comercial.

Otros gastos subvencionables:

  • Implantación de redes WiFi.
  • Actuaciones vinculadas a la mejora y visibilización de la oferta comercial y de otros sectores afines que mejoren la experiencia de compra mediante nuevas tecnologías.
  • Señalética integrada de la oferta comercial en zonas rurales.

INVERSIÓN MÍNIMA Y CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

Los proyectos de inversión que se presenten para ser objeto de financiación deberán enmarcarse en, al menos, una de las categorías de gasto contempladas en el artículo 8 de la presente orden, llevarse a cabo en el territorio nacional y tener un valor mínimo de:

  • 250.000 euros para las diputaciones, consejos y cabildos insulares.
  • 100.000 euros para las comarcas y consejos comarcales.
  • 50.000 euros para los municipios de menos de 5.000 habitantes.

El importe de la financiación a conceder según estas bases reguladoras será de un mínimo del 60 por ciento y un máximo del 100 por ciento sobre el presupuesto del proyecto que haya sido considerado financiable.

ANUNCIO: https://www.boe.es/boe/dias/2023/03/14/pdfs/BOE-B-2023-7503.pdf

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
Organismo
Subvenciones del Estado
Localización del municipio
Zona rural
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