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Ayudas para ampliar y diversificar la oferta cultural áreas no urbanas_2023
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
- 24/05/2023

Serán objeto de subvención con arreglo al presente decreto foral aquellos proyectos y actividades que supongan una contribución relevante y significativa al ecosistema cultural de sus respectivas áreas no urbanas

Las finalidades de esta convocatoria son las siguientes:

a) Impulsar la actividad, la creación, las prácticas y los procesos culturales contemporáneos en estrecha vinculación con las comunidades y sus contextos sociales, territoriales y culturales específicos, contribuyendo a la construcción de nuevos relatos, imaginarios, representaciones, estéticas, valores y actitudes para el medio rural en el contexto de los retos que plantea el mundo contemporáneo, así  como poner en valor, en diálog

b) Promover la dinamización, modernización e innovación de los sectores y agentes culturales y creativos que operan en el medio rural, favoreciendo la generación de empleo, la profesionalización y la creación de redes profesionales locales, regionales y nacionales, así como ayudar a la consecución de la igualdad de género en estos sectores.

c) Promover la inclusión y estimular la participación ciudadana activa en la actividad cultural como instrumento de participación democrática, bienestar, salud y cohesión social y territorial, con especial atención a la incorporación de estrategias de igualdad de género y participación juvenil y a la colaboración con los centros educativos.

d) Favorecer la diversidad cultural, así como el diálogo y el intercambio rural-urbano.

e) Impulsar la contribución de la cultura a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular a aquellos vinculados con la sostenibilidad medioambiental.

 

PROYECTOS SUBVENCIONABLES: 

Serán subvencionables en particular:

a) Eventos o espectáculos artísticos o culturales, festivales, exposiciones y otras actividades culturales similares dentro de los siguientes ámbitos: artes visuales, cine y artes audiovisuales, teatro, danza, circo, música, literatura y palabra, arquitectura, diseño y artesanía, incluyendo las actividades artísticas multidisciplinares y aquellas que relacionan la cultura y las artes con la ciencia y/o los saberes tradicionales.

b) Proyectos que, mediante la participación multi agente -laboratorios de ideas, prototipados de proyectos, iniciativas transdisciplinares o alianzas transectoriales-, favorezcan la experimentación, la investigación y la innovación cultural y tengan una concreción práctica en el territorio.

c)Patrimonio inmaterial, en conexión con la cultura y las prácticas contemporáneas.

d) Actividades de educación, transferencia y mediación artística y cultural, incluyendo el uso de las nuevas tecnologías.

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS 

Los proyectos o actividades subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Se deben celebrar o desarrollar en el medio rural de Bizkaia.
  • Se entiende por medio rural, el espacio geográfico formado por la agregación de municipios o entidades locales menores definido por las administraciones competentes que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por km2. En ausencia de definición, ese espacio quedará delimitado por el término municipal. Ello de acuerdo con lo que señala la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.
  • Deberán desarrollarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre de 2023.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Tendrán la consideración de gastos subvencionables los que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios, y se realicen en el plazo establecido, sin que el coste de adquisición de los gastos subvencionables pueda ser en ningún caso superior al valor de mercado.
  • Sólo se admitirán como gastos subvencionables, aquellos que supongan una transacción económica constatada con facturas a nombre de la solicitante de la subvención, no siendo aceptados los que vayan a ser abonados directamente por otros.

ENTIDADES BENEFICIARIAS

  • Los Ayuntamientos, Organismos Autónomos Municipales y Mancomunidades de Ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia,
  • Las entidades privadas sin ánimo de lucro con sede social en Bizkaia.
  • Las entidades privadas con ánimo de lucro y personas que desarrollen actividades profesionales y/o empresariales inscritas al régimen especial de Trabajadores Autónomos con sede social y fiscal en Bizkaia.
Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Diputación Foral de Bizkaia
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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