Las subvenciones que se concedan al amparo de esta Orden Ministerial tendrán como finalidad impulsar la realización de acciones formativas orientadas a la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con la capacitación digital en el ámbito del transporte y la movilidad, así como la logística, la operación y el mantenimiento de las infraestructuras vinculadas.
Objetivos del Programa
- El objetivo del Programa «Cheque Capacitación Digital en el Transporte» es contribuir a la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, alineándose con el cumplimiento parcial del objetivo CID #292 de la actuación C19.I03 contemplada en el mismo.
- Es también objeto de las ayudas del Programa «Cheque Capacitación Digital en el Transporte» subvencionar, a las personas físicas que resulten beneficiarias de las mismas, la realización de acciones formativas de capacitación digital en el ámbito del transporte y la movilidad que sean elegibles de acuerdo con las presentes bases reguladoras.
Actuaciones Subvencionables
- Serán actuaciones subvencionables las acciones formativas inscritas en el registro de acciones formativas del Programa «Cheque Capacitación Digital en el Transporte» que se detalla en el artículo 15 de estas bases reguladoras.
- Dado el carácter incentivador de las ayudas, solo se admitirán acciones formativas iniciadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
- No se considerarán gastos subvencionables el Impuesto sobre el Valor Añadido, el Impuesto General Indirecto Canario ni el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación.
- De acuerdo con lo establecido en el artículo 37 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, la financiación correspondiente a estas ayudas está legalmente afectada a financiar los proyectos o líneas de acción que se integren dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Importe de las Ayudas
El importe máximo de la subvención concedida a cada una de las personas beneficiaras del Programa «Cheque Capacitación Digital en el Transporte» se fijará en la correspondiente convocatoria, siguiendo este criterio:
- Importe máximo de 1.500 euros para acciones formativas de al menos 375 horas de duración.
- Importe máximo de 1.000 euros para acciones formativas de al menos 150 horas de duración.
Requisitos de los Beneficiarios
Son requisitos para obtener la condición de beneficiario, cuyo cumplimiento deberá acreditarse en la forma y con los medios que se determinen en cada convocatoria, los siguientes:
- No incurrir en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13 apartado 2 y apartado 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- No tener deudas por resolución de procedencia de reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.