Mediante este programa de subvenciones se pretenden alcanzar los siguientes objetivos:
- Incrementar el acceso y la presencia de las empresas de Bizkaia en los mercados internacionales, apoyando su acción exportadora a nuevos países.
- Impulsar la competitividad empresarial favoreciendo la internacionalización de las empresas como apuesta de garantía y futuro.
Beneficiarios
PYMEs de Bizkaia con plantilla de 5 a 100 personas de los sectores de la Industria, Construcción, Transporte, Servicios conexos con la Industria, Turismo y Comercio al por mayor.
Hecho Subvencionable
Tendrá la consideración de hecho subvencionable los proyectos que persigan la introducción de la empresa en un nuevo país. Los proyectos podrán contener actividades desarrolladas tanto en el país de destino como de forma remota; y podrán ir dirigidas a fomentar canales de venta tanto físicos como digitales.
Gastos Subvencionables
Se considerarán subvencionables los siguientes costes, en las categorías indicadas:
- Gastos internos del personal. Gasto máximo subvencionable, 20.000 euros.
- Nueva contratación de personal técnico especializado en comercio exterior. Gasto máximo subvencionable, 30.000 euros.
- Gastos de viaje y alojamiento. Gasto máximo subvencionable, 20.000 euros.
- Gastos externos directamente vinculados al proyecto, excepto los indicados como gastos no subvencionables.
- Gastos de Formación. Gasto máximo subvencionable, 3.000 euros.
- Elaboración de un Plan de Internacionalización. Gasto máximo subvencionable, 10.000 euros.
- Coste de Participación en Ferias. Gasto máximo subvencionable, 50.000 euros. (Máximo 12.000 euros por feria).
- Asesoramiento Externo. Gasto máximo subvencionable, 30.000 euros.
- Promoción, Marketing y Publicidad. Gasto máximo subvencionable, 30.000 euros.
No se considerarán subvencionables los gastos externos que generen documentos justificativos de gastos inferiores a 100 euros unitarios (IVA no incluido).
Cuantía Individualizada de las Ayudas
El porcentaje de subvención será en función de la puntuación obtenida:
- Si la puntuación obtenida está entre 100 y 60: 60 % de subvención.
- Si la puntuación obtenida está entre 60 y 35: 50 % de subvención.
- Si la puntuación obtenida es menor a 35: 0 % de subvención.
Las ayudas otorgadas en cada uno de los proyectos apoyados no superarán los 60.000 euros.
Las ayudas otorgadas por entidad solicitante no superarán los 100.000 euros.
No se concederán ayudas inferiores a 6.000 euros.
Plazo de Ejecución
Las actividades o proyectos subvencionados deberán iniciarse y finalizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y 31 de diciembre de 2025, ambos inclusive.
Plazo de Justificación
Las personas beneficiarias deberán presentar ante el órgano instructor la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención, en un plazo de dos (2) meses a contar desde la finalización del plazo máximo para realización de la actividad o proyecto subvencionado, establecido en la base 25 «plazo de ejecución», mediante la forma establecida en las presentes bases.
Otros Documentos de Interés
Extracto: I-59_cas.pdf (bizkaia.eus)