Mediante este programa de subvenciones se pretenden alcanzar los siguientes objetivos:
- fomentar el desarrollo de proyectos de innovación en colaboración, a riesgo compartido, entre empresas de Bizkaia.
- impulsar la realización de estudios sobre la viabilidad técnica, económica y legal de oportunidades de negocio innovadoras identificadas de manera cooperativa entre varias empresas de Bizkaia.
Beneficiarias de la Subvención
Podrán ser beneficiarias de la presente las empresas de Bizkaia con personalidad jurídica propia que desarrollen su actividad en los sectores de la Industria, Construcción, Transporte, Servicios Conexos a la Industria, Turismo y Comercio al por mayor que tenga una plantilla de entre 5 y 100 empleados.
Hecho Subvencionable
Tendrá la consideración de hecho subvencionable los proyectos desarrollados por varias entidades de las siguientes tipologías:
- Proyectos de innovación en colaboración coherentes con las estrategias de negocio de las entidades. Podrán contener, entre otras, acciones para:
- El diseño o desarrollo de nuevos productos o servicios, o mejoras sustanciales en las prestaciones de los ya existentes, para su incorporación a mercado.
- La transformación del modelo de negocio para orientarse a la venta de elementos de mayor valor añadido, incluyendo la «servitización» entendida como la evolución desde la venta de producto hacia el binomio producto y servicio.
- La innovación para apertura a nuevos mercados y generación de nuevas vías de comercialización de los productos y servicios.
- El análisis de la viabilidad de oportunidades de negocio identificadas de manera cooperativa entre varias empresas que puedan dar lugar a proyectos de innovación. Se incluirán las siguientes actividades:
- Estudios de viabilidad sobre la oportunidad de negocio identificada y sobre su explotación futura.
- Trabajos para la conformación y dinamización del consorcio.
Gastos Subvencionables
Se considerarán subvencionables los siguientes costes, en las categorías indicadas:
- Gastos externos directamente vinculados al proyecto.
- Gastos internos del personal destinado al proyecto.
Cuantía Individualizada de las Ayudas
El importe de las ayudas se obtendrá de la aplicación de los siguientes porcentajes, sobre la base de gasto que se considere subvencionable de cada categoría de coste:
- Gastos Externos, 35-60 puntos obtenidos: 40% de la subvención.
- Gastos Externos, >60 puntos obtenidos: 60% de la subvención.
- Gastos Internos de Personal, 35-60 puntos obtenidos: 40% de la subvención.
- Gastos Internos de Personal, >60 puntos obtenidos: 60% de la subvención.
El importe máximo de ayuda por solicitud será de 60.000 euros de los cuales un máximo de 30.000 euros podrá ser en concepto de gastos internos de personal.
No se concederán ayudas inferiores a 6.000 euros.
Plazo de Ejecución
Las actividades o proyectos subvencionados deberán iniciarse y finalizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2025, ambos inclusive.
Plazo de Justificación
Plazo de un (1) mes a contar desde la finalización del plazo máximo para realización de la actividad o proyecto subvencionado, como máximo el 31 de julio de 2025.
Otros Documentos de Interés
Extracto: I-247_cas.pdf (bizkaia.eus)