El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, con el propósito de poner en marcha proyectos dirigidos a la creación de empleo, que repercutan en el desarrollo socioeconómico y modernización del territorio objeto de actuación y permitan ofrecer oportunidades de empleo de forma equilibrada en todas las comarcas de Euskadi, en coherencia con la Estrategia Vasca de Empleo 2030 y con el principio de igualdad de mujeres y hombres.
Entidades Beneficiarias
Mancomunidades, Cuadrillas, agrupaciones de Municipios o Municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como las agencias de desarrollo local con personalidad jurídica dependientes de los mismos.
Proyectos Subvencionables
Se considerarán proyectos subvencionables al amparo de esta convocatoria, aquellas iniciativas que consistan en la realización de alguna de las siguientes:
TIPO 1: FOMENTO DEL EMPLEO
Se entiende por actuaciones de fomento del empleo las contrataciones que tengan por objeto aumentar la empleabilidad de personas desempleadas a través de una experiencia temporal de trabajo que potencie su cualificación y/o sus competencias personales y motivación.
Las contrataciones acogidas a esta tipología deberán cumplir en todo caso los siguientes requisitos:
- Estar relacionadas con actividades de utilidad pública o interés social en el ámbito local.
- Que no supongan la sustitución de personal al servicio de tareas estructurales de las entidades.
- Las entidades locales no podrán contratar personas que ya lo hayan sido por la misma entidad en las convocatorias de ayudas anteriores o similares.
- La duración mínima de los contratos será de tres meses y se formalizarán bajo la fórmula de contratos vinculados a programas de políticas activas de empleo.
- Los contratos podrán ser a jornada completa o a jornada parcial con un mínimo del 50 % de jornada.
- Las personas contratadas deberán estar desempleadas e inscritas y de alta como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en el momento del envío de su candidatura a la correspondiente oferta de empleo y el día anterior al del inicio del contrato.
TIPO 2: AYUDAS A LA CONTRATACIÓN
El objetivo de estas ayudas es proporcionar apoyo económico para facilitar la contratación de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide, en el mercado ordinario por parte de las empresas locales, mediante las actuaciones que pongan en marcha y ejecuten las propias entidades locales, incluidas las entidades dependientes de las mismas.
Dichas contrataciones deberán tener las siguientes características:
- Los contratos se podrán formalizar mediante la modalidad de contrato indefinido, así como a través de contrato de duración determinada, siendo la duración mínima de estos de 3 meses.
- Los contratos podrán ser a jornada completa o tiempo parcial con un mínimo del 50 % de jornada.
- Las personas contratadas deberán estar desempleadas e inscritas y de alta como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo el día anterior al del inicio del contrato.
- La persona contratada debe residir en la zona geográfica a la que se refiere la solicitud de subvención.
- Las contrataciones deberán estar realizadas en el momento de la resolución de la subvención por parte de la entidad local.
Cuantía de la Ayuda
El importe máximo de las ayudas a otorgar y los gastos subvencionables por cada tipología de los proyectos serán los siguientes:
TIPO 1: FOMENTO DEL EMPLEO
Ayuda máxima de 12.500 euros por cada contrato de trabajo.
TIPO 2: AYUDAS A LA CONTRATACIÓN
Ayuda de 8.000 euros por cada contrato indefinido a jornada completa En el caso de contratación a tiempo parcial la subvención será proporcional a la jornada trabajada.
Forma de Pago
Las subvenciones concedidas previstas en la presente convocatoria se abonarán en dos pagos, de la siguiente forma:
Un primer pago, por un importe del 53 % tras la emisión de la resolución, con cargo al presupuesto del año 2024.
Un segundo pago, del 47 % restante o la cantidad que resulte de la justificación, tras la finalización del proyecto y una vez justificados los gastos.
Plazo de Ejecución
Que el inicio de sus actuaciones esté comprendido entre el 3 de abril de 2024 y el 31 de diciembre de 2024 y la finalización, como máximo, el día 30 de junio 2025.
Plazo de Justificación
La entidad local beneficiaria de las subvenciones deberá presentar en el plazo máximo de tres (3) meses posteriores a la finalización del proyecto.