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Ayudas al Sector Pesquero y Acuícola CAPV 2025
Tipo de ayuda:
Innovación y competitividad ,  Transformación digital ,  Inversiones ,  Contratación/ Formación ,  Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
31/10/2025 - 01/12/2025

Es objeto de la presente Orden aprobar las bases y convocar, para 2025, algunas de las ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco, previstas en el Reglamento (UE) 2021/1139, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2027, y se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004 (Reglamento FEMPA).

Entidades Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas en la presente Orden, en función de la modalidad de ayuda, las siguientes:

  • las personas físicas y jurídicas,
  • las comunidades de bienes,
  • las organizaciones de productores del sector pesquero,
  • las cofradías de pescadores y sus federaciones,
  • los organismos científicos o técnicos que contraten, financien o realicen las inversiones y gastos que se consideren subvencionables.

Líneas de Ayuda

Durante el ejercicio 2025, las línesa de ayuda a subvencionar serán las siguientes:

  • Gestión sostenible de los recursos pesqueros.
  • Recogida de residuos con la participación de los pescadores en el mar y las playas.
  • Disminución del efecto de la pesca.
  • Eficiencia energética y mitigación del cambio climático sin incremento de capacidad.
  • Eficiencia energética y mitigación del cambio climático con incremento de capacidad.
  • Sustitución o modernización de motores.
  • Mejora de las condiciones laborales y de seguridad a bordo sin incremento de la capacidad pesquera.
  • Mejora de las condiciones laborales y de seguridad a bordo con aumento de capacidad.
  • Ayuda inicial a jóvenes pescadores.
  • Valor añadido, economía circular y seguridad alimentaria.
  • Innovación.
  • Formación.
  • Control, inspección y observancia.
  • Puertos pesqueros, lugares de desembarque, lonjas y fondeaderos.
  • Innovación en acuicultura.
  • Inversiones productivas y creación de empresas en la acuicultura.
  • Inversiones para la neutralidad climática en la acuicultura.
  • Contribución de la acuicultura al buen estado ambiental y prestación de servicios ambientales.
  • Medidas de sanidad y bienestar de los animales.
  • Promoción del capital humano y del trabajo en red.
  • Aumento del potencial de las zonas de producción acuícola.
  • Impulso a la investigación y a la mejora del conocimiento.
  • Servicios de asesoramiento específico para las explotaciones acuícolas.
  • Mejora de la comercialización mediante campañas de promoción de los productos pesqueros y acuícolas.
  • Inversiones en comercialización y transformación.
  • Fomento de la comercialización en el marco de la calidad y el valor añadido de los productos, envases y presentaciones de los productos pesqueros y acuícolas.

Pago de las Ayudas

Se realizará un pago anual de las ayudas, por cada ejercicio del proyecto, una vez justificada anualmente la ayuda.

Plazo de Ejecución

Las inversiones y gastos subvencionables deben realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, o en buques pesqueros con puerto base en la misma, debiéndose iniciar en el año 2025 y finalizar con anterioridad al 31 de diciembre de 2027.

Plazo de Justificación

La justificación de la ejecución del proyecto de inversión o gasto objeto de la ayuda deberá presentarse en el plazo máximo de un mes desde el plazo límite para la ejecución de las actuaciones previstas, y en todo caso antes del 15 de enero del año siguiente a la anualidad en cuestión.

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