Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria «bono digital») de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital.
BENEFICIARIOS
- Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.
- Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.
- Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas entre 0 y menos de 3 empleados.
CUANTÍA MÁXIMA
El importe máximo total de las ayudas reguladas en la presente Convocatoria asciende a la cantidad de cien millones de euros (100.000.000 €).
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de:
- Segmento I (entre 10 y 50 empleados): 12.000€
- Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados): 6.000€
- Segmento III (entre 0 y 3 empleados): 2.000€
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN
El plazo máximo para la formalización (elaboración y firma) de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización asociados al «bono digital» por ambas partes será de 6 meses, contados desde la notificación de la Resolución de concesión de la ayuda. Trascurrido dicho plazo, el beneficiario perderá el derecho al cobro del importe de la subvención concedida que no figure
asociada a los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización debidamente formalizados.