Es objeto de la presente convocatoria establecer las bases para el año 2022 de las ayudas económicas para el desarrollo de acciones de formación (acciones estratégicas de formación) programadas por las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco dirigidas a la mejora de las competencias y cualificaciones de sus personas trabajadoras.
Entidades beneficiarias:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas y grupos de empresas, en los términos recogidos en la presente convocatoria, pudiendo participar los trabajadores en las acciones formativas.
Acciones formativas:
A los efectos de la presente convocatoria, se entiende por acción formativa el proceso de enseñanza–aprendizaje enmarcado en el proyecto formativo de la empresa (Plan de Formación), con objetivos, contenidos y duración sistematizados, comunes a todos sus participantes.
Con carácter general, las acciones formativas, tanto individuales como de grupo, tendrán una duración mínima por participante de 6 horas y máxima de 270. Este límite se podrá excepcionar siempre y cuando se justifique su necesidad.
Gastos subvencionables:
- Los costes correspondientes a la contratación de servicios de formación externos a la empresa.
- El coste de formadores o formadoras internos.
- El coste de material fungible, incluyendo el material de protección y seguridad. En el caso de la «teleformación» son financiables los costes imputables a los medios de comunicación utilizados entre formadores y participantes hasta un máximo del 10 por ciento del coste total de la acción.
- El coste de materiales didácticos.
- El seguro de las personas trabajadoras en formación. Estos gastos deberán presentarse debidamente desglosados por acción formativa y su imputación se hará por el número de participantes.
- Las amortizaciones, en la proporción imputable a cada acción formativa, y alquileres de instalaciones y equipamientos imputables al desarrollo de las acciones formativas.