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Bizkaia Creativa 2026
Tipo de ayuda:
Emprendimiento ,  Innovación y competitividad
Plazo de solicitud:
15/04/2026 - 15/05/2026
Reglamento:
Minimis

Mediante este programa de subvenciones se pretenden alcanzar los siguientes objetivos:

  • Fomentar el desarrollo de nuevos proyectos en empresas, existentes o de nueva creación, que permitan la consolidación de un potente sector de empresas creativas en Bizkaia.
  • Desarrollar proyectos empresariales con el fin de situar a Bizkaia como referente del sector creativo en territorios, ciudades y redes que permitan atraer proyectos empresariales y talento a este sector.
  • Acelerar el crecimiento de las empresas creativas en términos de generación de actividad económica.
  • Apoyar el desarrollo de proyectos de interés para el impulso y consolidación de Bizkaia como referente en empresas creativas.

Beneficiarias de la subvención

Podrán acceder a la consideración de entidades beneficiarias de las subvenciones:

  • Las empresas creativas con un empleo a jornada completa equivalente y que desarrollen su actividad principal en las áreas de audiovisual, videojuegos, moda, diseño industrial de productos y servicios, diseño gráfico y música.
  • Las asociaciones, colegios profesionales y clústeres sin fines de lucro representativos de los sectores creativos identificados en el presente decreto, que agrupen a empresas y/o profesionales, cuya actividad principal sea la prestación de servicios diferentes a la organización de eventos, congresos, ferias, concursos o similares.

Hecho subvencionable

Tendrá la consideración de hecho subvencionable:

  • La creación de una empresa creativa en las áreas de audiovisual, videojuegos, moda, diseño industrial, de productos y servicios, diseño gráfico y música.
  • El desarrollo de proyectos de diversificación de carácter creativo o de carácter innovador que consistan en el desarrollo de nuevos productos o servicios.
  • Proyectos de mejora de la competitividad de carácter innovador para las empresas creativas, cuyo objetivo sea introducir novedades o mejoras sustanciales en sus procesos, productos o servicios existentes.
  • Para las asociaciones, colegios profesionales clústeres sin fines de lucro, el desarrollo de proyectos que permitan incrementar las capacidades profesionales, de facturación y/o empleo de las empresas asociadas con el objetivo de superar las limitaciones de los sectores creativos, potenciar la colaboración técnica o comercial y aumentar su competitividad.
  • Estudios previos orientados al análisis de viabilidad de procesos de integración, fusión o adquisición entre empresas.

Gastos subvencionables

Se considerarán gastos subvencionables, los que a continuación se indican:

  • Gastos externos para el desarrollo del proyecto:
    • Estudios de viabilidad, de mercado, de comunicación y estudios de marketing, así como informes técnicos.
    • Desarrollo del concepto, características y funcionalidades básicas del producto o servicio.
    • Asesoramiento externo para el desarrollo del proyecto.
    • Protección de la propiedad intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones.
    • Viajes y asistencia a ferias.
    • Gastos de lanzamiento.
    • Formación del equipo en nuevas competencias en relación con el proyecto.
  • Gastos internos de personal destinado al proyecto.

En el caso de nuevas empresas con primera fecha de alta en el IAE igual o posterior al 1 de enero de 2024, también serán subvencionables los siguientes gastos:

  • Prima por constitución de la nueva empresa.
  • Arrendamiento de un local de negocio en Bizkaia.
  • Contratación de una persona desarrolladora del negocio.

Cuantía individualizada de las ayudas

El porcentaje e importe máximo de la ayuda del hecho subvencionable se establecerá en función de la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración:

  • De 50 a 59 puntos: 80% del gasto subvencionable con máximo de 15.000,00 euros de subvención total.
  • De 60 a 69 puntos: 80% del gasto subvencionable con máximo de 25.000,00 euros de subvención total.
  • De 70 a 79 puntos: 100% del gasto subvencionable con máximo de 35.000,00 euros de subvención total.
  • 80 puntos o más: 100% del gasto subvencionable con máximo de 40.000,00 euros de subvención total.

El gasto interno de personal destinado al proyecto tendrá un porcentaje máximo de subvención del 40% y un límite máximo de subvención de 10.000,00 €.

En el caso de que la puntuación obtenida sea entre 50 y 59 puntos, el límite máximo de subvención para el gasto interno será de 7.500,00 euros.

El importe máximo de subvención para los siguientes conceptos gasto es el siguiente:

  • Gastos de lanzamiento: 8.000,00 euros.
  • Viajes y asistencia a ferias: 8.000,00 euros.
  • Protección de la propiedad intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones 8.000,00 euros.

El importe máximo de subvención ascenderá a 85.000,00 euros para nuevas empresas y a 40.000,00 euros para empresas existentes y asociaciones, colegios profesionales y clústeres sin fines de lucro

Plazo de ejecución

Las actividades o proyectos subvencionados deberán iniciarse y finalizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027.

Plazo de justificación

Las personas beneficiarias deberán presentar ante el órgano instructor antes de la fecha límite, el 31 de enero de 2028, la justificación final del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos.

Otros documentos de interés

Extracto de las bases reguladoras y convocatoria 2026: I-347_cas.pdf

Tamaño empresa
1 - >250
Sector económico
Industrias culturales y creativas
Organismo
Diputación Foral de Bizkaia
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