Esta orden tiene por objeto convocar el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa», correspondiente al año 2024 y establecer las bases de la presente convocatoria, a fin de reconocer y estimular la labor de las empresas y entidades comprometidas con la igualdad, que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.
Entidades Beneficiarias
Cualquier entidad o empresa, de capital público o privado, que ejerza su actividad en territorio nacional, podrá presentar su candidatura al Ministerio de Igualdad para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa».
Criterios de Valoración
En particular, la Comisión valorará los siguientes aspectos, establecidos en el artículo 10 del Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre:
- Implantación, seguimiento, resultados y evaluación de las políticas y medidas de igualdad.
- Evolución y grado de implantación de las medidas de igualdad y de la situación de las mujeres y los hombres en la plantilla teniéndose en cuenta en particular.
Vigencia del Distintivo
La concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» tendrá una vigencia inicial de cinco años, entendiéndose que la primera anualidad se cumplirá el último día hábil del mes de marzo siguiente debiendo haber transcurrido al menos un año desde la publicación de su concesión en el «Boletín Oficial del Estado».