
Mediante este programa de subvenciones se pretenden alcanzar los siguientes objetivos:
- Facilitar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales innovadores, que aporten al tejido empresarial de Bizkaia actividades de diversificación y de nuevas tecnologías, con alto valor añadido y potencial de crecimiento.
- Facilitar el acceso de las personas emprendedoras a la información y a las ayudas relacionadas con la puesta en marcha de una nueva empresa, canalizando toda la información sobre ayudas, apoyo y acompañamiento necesario para ello.
- Impulsar el intraemprendimiento a través de procesos estructurados que permitan a las empresas extender sus capacidades mediante la creación de nuevas unidades de negocio, fomentando el talento emprendedor de las personas que conforman la organización.
- Acelerar el crecimiento de las empresas en términos de generación de actividad económica.
- Desarrollar actuaciones que incidan sobre el contexto social, cultural, económico y del conocimiento, así como sensibilizar en el ámbito académico y en el tecnológico, buscando incrementar la creación de nuevas empresas.
- Fomentar la colaboración con los diferentes agentes del sistema de apoyo a la actividad emprendedora y del sistema de innovación y ciencia como elementos motores de nuevas ideas y proyectos susceptibles de convertirse en nuevas empresas innovadoras.
- Facilitar la interacción de empresas líderes de Bizkaia con el sistema de emprendimiento de Bizkaia.
La puesta en práctica de este programa se llevará a cabo a través de cuatro áreas de actuación:
- Área 1: Desarrollo de proyectos empresariales innovadores.
- Área 2: Nuevas Empresas Innovadoras.
- Área 3: Dinamización del ecosistema de emprendimiento.
- Área 4: Aceleración.
Plazo de Ejecución
Las actividades o proyectos subvencionados deberán iniciarse y finalizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero del 2024 hasta el 31 de diciembre del 2026 (para las 4 Áreas).
Plazo de Justificación
Las personas beneficiarias deberán presentar ante el órgano instructor la justificación final del cumplimiento de las condiciones de la subvención antes del 31 de enero de 2027 (para las 4 Áreas).
ÁREA 1: DESARROLLO DE PROYECTOS EMPRESARIALES INNOVADORES
Beneficiarias de la subvención
- Las personas físicas promotoras de nuevas empresas innovadoras.
- Las nuevas empresas innovadoras, sin alta en IAE o con primera fecha de alta igual o posterior al 1 de enero de 2023.
- Las empresas existentes, con al menos 5 puestos de trabajo a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, promotoras de nuevas empresas innovadoras.
- Las empresas existentes, con al menos 5 puestos de trabajo a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, promotoras de nuevas unidades de negocio, resultado de proyectos innovadores de intraemprendimiento.
Hecho subvencionable
Tendrá la consideración de hecho subvencionable el desarrollo y definición del proyecto de creación de la nueva empresa innovadora o de la nueva unidad de negocio en los proyectos innovadores de intraemprendimiento.
Gastos subvencionables
- Estudios de viabilidad, de mercado y estudios de marketing, así como informes técnicos.
- Desarrollo del concepto, características y funcionalidades básicas del producto o servicio.
- Asesoramiento externo para el desarrollo del proyecto.
- Protección de la propiedad intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones.
- Viajes y asistencia a ferias para el desarrollo del proyecto.
- En el caso de nuevas empresas innovadoras, arrendamiento de un local de negocio en Bizkaia.
Cuantía individualizada de las ayudas
La cuantía individual de las ayudas variará en función de la puntuación que obtenga cada expediente. La subvención podrá cubrir entre el 80 % como mínimo y el 100 % del gasto como máximo, con un importe máximo de 30.000,00 euros para el 80 % y de 60.000,00 euros para el 100 %.
ÁREA 2: NUEVAS EMPRESAS INNOVADORAS
Beneficiarias de la subvención
Podrán acceder a la consideración de beneficiarias de las subvenciones las nuevas empresas innovadoras que tengan, al menos, 2 empleos a jornada completa equivalente adscritas al centro de producción de Bizkaia y que desarrollen su trabajo en Bizkaia.
Hecho subvencionable
Tendrá la consideración de hecho subvencionable la creación de nuevas empresas innovadoras.
Gastos subvencionables
- Prima por constitución de la nueva empresa.
- Constitución y lanzamiento de la nueva empresa.
- Viajes y asistencia a ferias.
- Protección de la propiedad intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones.
- Arrendamiento de un local de negocio en Bizkaia.
- Contratación de una persona tecnóloga o desarrolladora del negocio.
Cuantía individualizada de las ayudas
Hasta el 50% del capital social escriturado y desembolsado en forma dineraria a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con un importe máximo de 15.000,00 euros por empresa.
La cuantía individual de las ayudas variará en función de la puntuación que obtenga cada expediente. La subvención podrá cubrir entre el 60 % como mínimo y el 80 % del gasto como máximo, con un importe máximo de 20.000,00 euros para el 60 % y de 50.000,00 euros para el 80 %.
ÁREA 3: DINAMIZACIÓN DEL ECOSISTEMA DE EMPRENDIMIENTO
Beneficiarias de la subvención
Podrán acceder a la consideración de personas beneficiarias de las subvenciones las empresas líderes que tengan, al menos, 1 empleo a jornada completa equivalente adscrito al centro de producción de Bizkaia y que desarrolle su trabajo en Bizkaia.
Hecho subvencionable
Tendrá la consideración de hecho subvencionable:
- El desarrollo de un plan de innovación colaborativo. Este plan tendrá como objetivo permitir a las empresas líderes cubrir sus necesidades y retos en materia de innovación a través de la colaboración con startups y con el ecosistema de emprendimiento de Bizkaia.
- El desarrollo de un programa de dinamización de startups en Bizkaia. Este programa estará impulsado por la empresa líder y se centrará en los ámbitos sectoriales prioritarios de sus líneas estratégicas y de su actividad.
Gastos subvencionables
- Gastos de consultoría externa para el desarrollo del plan de innovación colaborativo.
- Gastos de consultoría externa de diseño, desarrollo e implantación de un programa de dinamización de startups.
Cuantía individualizada de las ayudas
Los hechos subvencionables serán objeto de la siguiente ayuda:
- Para el desarrollo de un plan de innovación colaborativo, hasta el 80% del gasto subvencionable, con un máximo de 20.000,00 euros por empresa.
- Para el desarrollo de un programa de dinamización de startups, hasta el 50% del gasto subvencionable, con un máximo de 100.000,00 euros por empresa.
ÁREA 4: ACELERACIÓN
Beneficiarias de la subvención
Podrán acceder a la consideración de personas beneficiarias de las subvenciones las personas juridicas que tengan:
- Un capital social desembolsado igual o superior a 30.000,00 euros,
- Al menos 4 puestos de trabajo a jornada completa equivalente a fecha de presentación de la solicitud, y
- Una cifra de facturación igual o superior a 150.000,00 euros en el ejercicio 2023.
Hecho subvencionable
Tendrá la consideración de hecho subvencionable el desarrollo de proyectos de aceleración de empresas que supongan:
- La escalabilidad del negocio existente a nuevos mercados,
- El incremento de facturación, de empleo, y
- El aumento de su competitividad.
Gastos subvencionables
Se considerarán gastos subvencionables los gastos de consultoría externa para el desarrollo del proyecto de aceleración que, siendo correctamente justificados de conformidad con la normativa en vigor se hayan ejecutado en plazo, sean necesarios y respondan a la naturaleza y al normal desarrollo del proyecto.
Cuantía individualizada de las ayudas
El hecho subvencionable tendrá una ayuda del 80% del gasto subvencionable y no será en ningún caso superior a 20.000,00 euros.
OTROS DOCUMENTOS
Segunda Convocatoria: I-587_cas.pdf
Extracto Área 1: I-610_cas.pdf
Extracto Área 2: I-606_cas.pdf
Extracto Área 3: I-609_cas.pdf
Extracto Área 4: I-608_cas.pdf