Mediante la presente se convoca la primera convocatoria de concesión, en régimen de concurrencia competitiva de ayudas a la inversión a proyectos de agrivoltaica, fotovoltaica flotante, en infraestructuras, autoconsumos colectivos con participación de consumidores vulnerables e implantación de instalaciones de bomba de calor renovable en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la unión europea NextGeneration EU.
Beneficiarias de la Subvención
Personas jurídicas, públicas o privadas, legal, válidamente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, así como agrupaciones de las anteriores; Comunidades de propietarios (para los programas de incentivos 4 y 5).
Actuaciones Subvencionables
Podrán ser objeto de ayuda los siguientes proyectos de inversión:
- Programa de incentivos 1: Proyectos innovadores de instalaciones agrivoltaicas con almacenamiento.
- Subprograma de incentivos 1.1: Agrivoltaica intercalada con el cultivo.
- Subprograma de incentivos 1.2: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo 2 m ≤ h ≤ 4 m.
- Subprograma de incentivos 1.3: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo h > 4 m.
- Programa de incentivos 2: Proyectos innovadores de instalaciones fotovoltaicas flotantes en espacios artificiales con almacenamiento.
- Programa de incentivos 3: Proyectos innovadores de integración de renovables con almacenamiento en infraestructuras.
- Programa de incentivos 4: Proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento, con participación de consumidores vulnerables.
- Programa de incentivos 5: Proyectos innovadores de instalaciones de bombas de calor renovables.
Plazo de Ejecución
El plazo máximo para la realización de las actuaciones objeto de ayuda será el 31 de marzo de 2026, salvo que la convocatoria fije un plazo anterior.
Periodo Elegible de Gastos
El plazo para la realización de las inversiones subvencionables y ejecución de las actuaciones objeto de la ayuda se extenderá hasta el 31 de marzo de 2025.
Plazo de Justificación
La justificación por parte de los beneficiarios de la realización de las actuaciones que conformen el proyecto subvencionable deberá realizarse ante el órgano instructo en el plazo máximo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha en que expire el plazo máximo otorgado para la ejecución de las actuaciones objeto.
Otros Documentos de Interés
Ficha Resumen: Ficha_v2 (eudel.eus)