Mediante la presente se convocan las subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad para el año 2024. La convocatoria consta de dos programas:
- Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior: consiste en subvencionar actividades que supongan unos costes por el pago de tasas para la consecución de una patente europea, internacional o una patente nacional en oficinas nacionales extranjeras.
- Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas: estas ayudas se concentran en subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conllevan el pago de una tasa.
Beneficiarias de la Subvención
Serán beneficiarias de la presente subvención aquellos que teniendo domicilio en España hayan realizado directamente o a través de un representante de tercero la actividad objeto de la subvención y que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
- Que sea una persona física.
- Que sea considerada como pequeña o mediana empresa (PYME).
- Que sea una gran empresa privada.
- Que sea una institución provada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.
Actividades Subvencionables
Podrán ser subvencionadas las siguientes actividades:
- La extensión de una solicitud de patente o de un modelo de utilidad. Serán subvencionables los trámites siguientes:
- La solicitud de una patente o de un modelo de utilidad.
- La validación de una patente europea.
- La búsqueda de anterioridades en el estado de la técnica.
- El examen de la solicitud de patente.
- La concesión de la patente.
- La designación de países, el exceso del número de reivindicaciones y las anualidades ante la Oficina Europea de Patentes (EPO).
- La traducción de las memorias completas de las solicitudes de patente o de modelos de utilidad con objeto de presentar la misma ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes.
- Las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT. Serán subvencionables los siguientes trámites:
- La solicitud internacional PCT cuando la OEPM haya actuado en calidad de Oficina Receptora.
- La búsqueda internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Búsqueda Internacional.
- El examen preliminar internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Examen Preliminar Internacional.
Cuantía de la Ayuda
La subvención no podrá superar el 80% de los importes señalados; en caso de que el solicitante sea considerado PYME o persona física, la subvención no podrá superar el 90% de dichos importes.
Otros Documentos de Interés
Extracto: Anuncio 14091 del BOE núm. 95 de 2024