HAZITEK 2024_Fase 2
Tipo de ayuda:
Innovación y competitividad
Plazo de solicitud:
25/07/2024 - 10/09/2024
Es objeto de la presente Resolución la convocatoria, para el ejercicio 2024, de la Fase II, para la adjudicación de las ayudas a los proyectos previamente aprobados en Fase I, convocada mediante Orden de 10 de enero de 2024.
Entidades Beneficiarias
Podrán acceder a la condición de entidades beneficiarias de las subvenciones contempladas en la presente Orden:
- Las Empresas: Grandes Empresas o PYMEs.
- Las agrupaciones y asociaciones de empresas, con independencia de cuál sea su forma legal.
Actividades Subvencionables
- Actividades de Investigación Industrial: Están encaminadas a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar considerablemente los ya existentes. Permiten alcanzar un nivel de madurez tecnológica equivalente a un TRL4 (Technology Readiness Level).
- Actividades de Desarrollo Experimental: La adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados. Permiten alcanzar un nivel de madurez tecnológica equivalente a un TRL7 («Technology Readiness Level»).
Gastos Subvencionables
Tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes:
- Costes directos de personal.
- Costes indirectos.
- Coste del asesoramiento exterior y servicios equivalentes así como la subcontratación de partes del proyecto altamente especializada.
- Costes de subcontratación a los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto, de acuerdo con el apartado d) del artículo 25 del Reglamento general de exención por categorías, entre los que se podrá incluir la auditoría de costes del proyecto de la cuenta justificativa de la subvención.
- Costes de derechos de propiedad industrial para las PYMEs, de acuerdo con el apartado d) del párrafo 3 del artículo 25 del Reglamento general de exención por categorías.
- Gastos de explotación (tales como costes de materiales, suministros…) contraídos directamente como resultado de la actividad de investigación.
- Costes de instrumentos y equipos utilizados solamente y de forma continuada para la actividad de investigación.
Tamaño empresa
1 - >250
Sector económico
Sector industrial
Servicios conexos a la industria
Organismo
Gobierno Vasco