Programa de ayudas para el apoyo a la realización de Proyectos Transformadores, Proyectos Estratégicos y Proyectos Competitivos, siendo estos proyectos de Investigación Industrial, Desarrollo Experimental y/o Infraestructuras de ensayo y experimentación, en el sector empresarial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en los ámbitos y sectores prioritarios enmarcados en el Plan de Industria – Euskadi 2030.
Entidades beneficiarias
Podrán acceder a la condición de entidades beneficiarias de las subvenciones contempladas en la presente Orden:
- Las empresas: grandes empresas o Pymes.
- Las agrupaciones y asociaciones de empresas.
Tipología de proyectos subvencionables
Proyectos Transformadores
- Se caracterizan por tener hitos específicos, con objetivos claramente definidos, metodologías operativas precisas, y agentes previamente identificados. Estos proyectos no constituyen meras acciones sectoriales o intervenciones puntuales.
- Para que un proyecto transformador sea objeto de subvención deberá presentar un presupuesto total, mínimo, de 20.000.000 de euros y una duración máxima de tres años.
Proyectos Estratégicos
- Las áreas de actuación científico-tecnológicas estratégicas para estos proyectos subvencionables estarán enmarcadas mayoritariamente dentro de las prioridades establecidas en el Industria – Euskadi 2030, proyectos que fortalezcan los sectores Irabazi o impulsen los sectores HAZI y para empresas de otros sectores con potencial de liderazgo en su mercado.
- Para que un proyecto sea objeto de subvención deberá presentar un presupuesto total, mínimo, de 4.000.000 de euros y una duración máxima de tres años.
Proyectos Competitivos
- Las áreas de actuación científico-tecnológicas para estos proyectos subvencionables deberán estar enmarcadas en los ámbitos del Plan de Industria –Euskadi 2030, proyectos que fortalezcan los sectores Irabazi o impulsen los sectores Hazi y apoyando también los proyectos de empresas de otros sectores con potencial de liderazgo en su mercado.
- Para que un proyecto sea objeto de subvención deberá presentar un presupuesto total por anualidad mínimo de 100.000 euros y, en caso de ser un proyecto en cooperación, un presupuesto anual mínimo por empresa participante de 50.000 euros.
Gastos subvencionables
- Costes directos de personal (personal investigador, personal técnico y otro personal de apoyo empleado en la actividad de investigación perteneciente a la plantilla de la Entidad solicitante).
- Costes indirectos.
- Coste del asesoramiento exterior y servicios equivalentes así como la subcontratación de partes del proyecto altamente especializadas.
- Costes de subcontratación a los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Costes de derechos de propiedad industrial.
- Gastos de explotación (tales como costes de materiales, suministros, etc.).
- Costes de instrumentos y equipos utilizados solamente y de forma continuada para la actividad de investigación.
- Costes de la adquisición de infraestructuras de ensayo y experimentación, incluidos los terrenos y bienes construcciones, Instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones y mobiliario, equipos para procesos de información, elementos para transporte y otro inmovilizado material, solo en el caso de proyectos de carácter transformador.
Cuantía individualizada de las ayudas
En cualquier caso, el montante máximo de la subvención será de 500.000 euros por entidad beneficiaria y año para los proyectos de carácter competitivo.
Para los proyectos transformadores:
- Para proyectos de Investigación Industrial: hasta el 50 % de los costes subvencionables.
- Para proyectos de Desarrollo Experimental: hasta el 25 % de los costes subvencionables.
- Para la Adquisición de Infraestructuras de ensayo y experimentación. Hasta el 25 % de los costes subvencionable.
Para los proyectos estratégicos:
- Para proyectos de Investigación Industrial con un alto componente transformador: hasta el 50 % de los costes subvencionables.
- Para proyectos de Investigación Industrial: hasta el 40 % de los costes subvencionables.
- Para proyectos de Desarrollo Experimental: hasta el 25 % de los costes subvencionables.
Para los proyectos competitivos:
- Para proyectos de Investigación Industrial con un alto componente transformador: hasta el 40 % de los costes subvencionables.
- Para proyectos de Investigación Industrial: hasta el 30 % de los costes subvencionables.
- Para proyectos de Desarrollo Experimental: hasta el 25 % de los costes subvencionables.
Abono de la ayuda
El abono de la subvención se realizará directamente a las entidades beneficiarias de las mismas del siguiente modo:
Para los proyectos transformadores el 100 % de la subvención correspondiente a la primera anualidad se abonará tras la notificación de la resolución. El abono del 100% de las dos siguientes anualidades, en concepto de anticipo, estará condicionado a la previa acreditación documental de la realización de la actividad.
Para los proyectos estratégicos el 50 % de la subvención correspondiente a la primera anualidad se abonará tras la notificación de la resolución. El abono de la subvención restante de la primera anualidad, así como de las sucesivas anualidades, estarán condicionados a la previa justificación documental.
Para los proyectos competitivos un 70% de la subvención concedida, tras la notificación de la resolución. El abono de 30 % restante de la subvención estará condicionado a la previa justificación documental de la realización de la actividad correspondiente.
Plazo de justificación
La justificación final se realizará en el primer trimestre del ejercicio 2029.