Apoyar la incorporación de las TEICs en los procesos internos y los procesos de relación con sus clientes, proveedores y las administraciones, de las empresas, con el objeto de mejorar la competitividad de las mismas.
Entidades Beneficiarias
Se considerarán beneficiarias las empresas que dispongan de un centro de actividad en la CAE y figuren de alta en el IAE del País Vasco.
Actuaciones Subvencionables
Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables los siguientes proyectos de implantación de TEICs o de diagnóstico para la evaluación y selección de TEICs:
Para PYMES y grandes empresas:
- Sensórica, plataformas para la monitorización de maquinaria, SCADA, servitización, automatización de procesos de producción, Bigdata y blockchain.
- Realidad virtual, aumentada y mixta y visión artificial.
- Gemelos Digitales: simulación de procesos industriales complejos combinando capacidades físicas y virtuales.
- Herramientas de gestión de eficiencia energética y descarbonización.
- Sistemas de gestión de almacén.
- Sistemas de Comercio Electrónico.
- Proyectos de incorporación de TEICs que mejoren o automaticen la producción en planta y faciliten el análisis de la situación y la toma de decisiones.
- Implantación de Sistemas de visualización de Informes de Business Intelligence.
- Implantación de «Servicios de preservación de datos a largo plazo».
Únicamente para PYMES:
- Sistemas de gestión avanzada de la empresa tipo ERPs.
- Gestión del ciclo de vida del producto.
- Implantación de proyectos CRM Customer Relationship Management) en la entidad beneficiaria.
Gastos Elegibles
Tendrán la consideración de gastos y/o inversiones elegibles los de consultoría, ingeniería, hardware y software que sean realizados por empresas externas.
Cuantía de las Ayudas
La subvención máxima por empresa será de 23.000€., siendo el límite máximo por concpeto el siguiente:
- Hardware y/o Software: máximo, 11.500 euros.
- Gastos de Consultoría y/o Ingeniería: máximo, 23.000 euros.
Los gastos de consultoría y/o ingeniería supondrán como mínimo el 50 % de la base subvencionable del proyecto.
Se aplicarán las siguientes intensidades a cada uno de los gastos elegibles de la base subvencionable:
- Micro y Pequeña Empresa: 50 %
- Mediana Empresa: 35 %
- Gran Empresa: 25 %
Plazo de Ejecución
12 meses iniciados a partir de la solicitud, o del 1 de enero de 2024 si la solicitud se realice dentro de los dos meses desde la fecha de publicación de las bases .
Plazo de Justificación
Una vez finalizada la actuación subvencionable, y en el plazo de 90 días naturales.
Otros Documentos de Interés
Modificación de las Bases Reguladoras: 2405057a.pdf