La presente convocatoria tiene por objeto convocar las ayudas destinadas a cumplir con los objetivos fijados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo, enfoque LEADER, aprobada mediante Resolución de 25 de agosto de 2023, de la Directora de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas, todo ello según lo dispuesto en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC) 2023-2027, aprobado por Decisión de la Comisión (2022) 6017 final, de 31 de agosto de 2022.
Las medidas objeto de esta convocatoria son las que se detallan a continuación:
I) Medida de emprendimiento e intraemprendimiento.
II) Medida de apoyo a las inversiones en empresas no agrarias y en diversificación agraria.
III) Medida contratación por cuenta ajena.
IV) Medida de habilitación de espacios.
Plazo de Ejecución
El plazo de ejecución de los proyectos se podrá extender desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
MEDIDA I: EMPRENDIMIENTO E INTRAEMPRENDIMIENTO
Descripción de la Medida
Medida dirigida a la creación, puesta en marcha y funcionamiento inicial de nuevas empresas y líneas de negocio y diversificación de empresas agrarias consolidadas en la zona LEADER.
Esta medida contempla el apoyo a dos tipologías de proyectos:
- Línea 1. Apoyo por la Creación de Nueva Empresa: Apoyo a la creación de nueva empresa o línea de negocio con un importe fijo a tanto alzado.
- Línea 2. Apoyo al Desarrollo del Proyecto Emprendedor: Creación de nueva empresa o línea de negocio que más allá del alcance descrito en la línea 1 tiene otro tipo de gastos que se financiaran con un porcentaje de ayuda además del tanto alzado.
Personas Beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de esta medida:
- Personas agricultoras (físicas o jurídicas) que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrarios en zona LEADER siempre que sean agricultor/a título principal (ATP).
- Micro y pequeñas empresas.
- Medianas empresas de la zona con grado de vulnerabilidad 1.
- Otro tipo de personas jurídicas: Las comunidades de bienes, sociedades civiles, etc.
- Personas físicas: persona empresaria individual.
Gastos Subvencionables
Para la Línea 1 (Apoyo por la Creación de Nueva Empresa):
- Gastos notariales.
- Dedicación: cuota autónomos máximo de los dos primeros años de las personas emprendedoras.
- Asesoramiento fiscal, laboral, contable, jurídico o administrativo.
- Gastos corrientes, como alquileres, luz y agua en el local diferente a la vivienda habitual donde se trabaje la puesta en marcha del plan empresarial.
- Cuotas de participación en asociaciones empresariales o profesionales y gastos de colegiación.
- Gastos financieros.
Para la Línea 2 (Apoyo al Desarrollo del Proyecto Emprendedor):
- Formación empresarial y específica.
- Trabajos externos: Consultoría, asistencia técnica externa, estudios de prospección, documentación, mercado y/o viabilidad.
- Asistencia a ferias: Entrada, viajes justificados mediante la presentación de billetes, estancia máxima de dos noches.
- Realización de maquetas y prototipos.
- Comunicación y publicidad.
Cuantía de las Ayudas
La ayuda se calculará teniendo en cuenta el importe de los gastos y pequeñas inversiones subvencionables al 75%.
Se establece un máximo de 50.000€ entre el sumatorio de la línea 1 y la línea 2.
Pago de la Ayuda
El pago de la ayuda se realizará mediante dos abonos:
- En el momento de concesión de la ayuda, se abonará 50% de la subvención otorgada por ambas líneas.
- El porcentaje restante del 50% a la justificación de los gastos ejecutados.
Plazo de Justificación
La documentación de justificación habrá de presentarse en el plazo de un mes desde el transcurso de un año del alta de actividad económica, mediante la presentación de la documentación justificativa.
MEDIDA II DE APOYO A LAS INVERSIONES EN EMPRESAS NO AGRARIAS Y EN DIVERSIFICACIÓN AGRARIA
Descripción de la Medida
Medida de apoyo a las inversiones en la creación y desarrollo de actividades no agrarias a través de dos líneas:
- apoyar la creación y desarrollo de micros y pequeñas empresas en toda la zona LEADER y de medianas empresas en zona V1.
- apoyar la diversificación en explotaciones que realicen inversiones en actividades no agrarias, incluida la comercialización de productos agrarios y agroalimentarios fuera de su explotación en zona LEADER.
Personas Beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de esta medida:
- Personas agricultoras (físicas o jurídicas) que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrarios en zona LEADER siempre que sean agricultor/a título principal (ATP).
- Micro y pequeñas empresas.
- Medianas empresas de la zona con grado de vulnerabilidad 1.
- Otro tipo de personas jurídicas: Las comunidades de bienes, sociedades civiles, etc.
- Personas físicas: persona empresaria individual.
- Personas físicas y jurídicas en proceso de constitución.
Gastos Subvencionables
Serán subvencionables las inversiones materiales o inmateriales realizadas:
- Inmuebles: Compra de edificios.
- Realización de obras.
- Compra de maquinaria y equipos.
- Compra y adaptación de equipos.
- Mobiliario y utillaje.
- Comunicación: Desarrollo de páginas webs, diseño de redes sociales y publicidad de lanzamiento y gastos de rotulación de vehículos y edificios.
- Estudios vinculados: Ligados al proyecto, hasta un máximo de 10% del coste subvencionable.
- Inversiones intangibles.
- Adquisición o desarrollo de programas informáticos o de aplicaciones para teléfonos móviles.
- Adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y/o, marcas registradas.
La inversión mínima subvencionable deberá ser de 5.000€ IVA no incluido.
Cuantía de las Ayudas
En el caso de las inversiones recogidas en la sub-medida de inversiones “Diversificación Agraria” el mínimo será del 25% y el máximo del 70%.
Para la sub-medida de inversiones “Empresas no agraria” el mínimo será el 25% de ayuda sobre inversión subvencionable y el máximo de ayuda será el 50% de ayuda sobre inversión subvencionable.
En ambas sub-medidas se limitará la ayuda a un máximo de 200.000 euros por proyecto en cada convocatoria.
Pago de la Ayuda
En esta medida se podrán conceder dos pagos parciales para cada ejercicio a solicitud de la persona interesada, previa presentación de la documentación acreditativa de la ejecución parcial del proyecto.
MEDIDA III: CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA
Descripción de la Medida
Con esta ayuda se pretende apoyar las contrataciones de personal por cuenta ajena de micros y pequeñas empresas así como en el caso de las personas empresarias individuales que contraten a una persona, con el objetivo de generar nuevos puestos de trabajo que contribuyan al mantenimiento o al incremento de la población rural.
Personas Beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de esta medida:
- Personas agricultoras (físicas o jurídicas) que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrarios en zona LEADER siempre que sean agricultor/a título principal (ATP).
- Micro y pequeñas empresas.
- Medianas empresas de la zona con grado de vulnerabilidad 1.
- Otro tipo de personas jurídicas: Las comunidades de bienes, sociedades civiles, etc.
- Personas físicas: persona empresaria individual.
Cuantía de las Ayudas
Las ayudas no podrán rebasar el 35% del salario bruto correspondiente a dos años de la persona contratada, es decir, antes de impuestos, y las cotizaciones sociales obligatorias.
Pago de la Ayuda
El pago de las ayudas se efectuará en un único pago una vez verificada la correcta realización de la contratación y el cumplimiento de los requisitos exigidos para su concesión según se establece en la presente convocatoria.
Plazo de Justificación
Una vez finalizado el periodo subvencionable (3 años), y a requerimiento, la empresa/entidad deberá justificar el cumplimiento del objeto de la subvención en los términos en los que se determinó su concesión.
ANEXO I: LISTADO DE MUNICIPIOS DEL TERRITORIO DE INTERVENCIÓN Y SU GRADO DE VULNERABILIDAD
Amoroto Elexalde 2
Amoroto Odiaga 2
Amoroto Ugaran 2
Amoroto Urrutia 2
Aulesti Aulesti 1 (Zonas de Especial Atención)
Aulesti Goierri 1 (Zonas de Especial Atención)
Aulesti Ibarrola 1 (Zonas de Especial Atención)
Aulesti Malats 1 (Zonas de Especial Atención)
Aulesti Narea 1 (Zonas de Especial Atención)
Aulesti San Anton 1 (Zonas de Especial Atención)
Aulesti Urriola 1 (Zonas de Especial Atención)
Aulesti Zubero 1 (Zonas de Especial Atención)
Berriatua Asterrika 2
Berriatua Erribera 3
Berriatua Magdalena 2
Berriatua Merelludi 2
Etxebarria Aulesti 2
Etxebarria Erbera 3
Etxebarria Galartza 2
Etxebarria Unamuntzaga 2
Gizaburuaga Eguen 3
Gizaburuaga Lariz 2
Gizaburuaga Laxier 2
Gizaburuaga Okamika 2
Ispaster Barainka 2
Ispaster Gardata-Artika 2
Ispaster Ispaster-Elexalde 2
Ispaster Kurtziaga-Arropain 2
Ispaster Mendazoa 2
Ispaster Solarte-Gallete 2
Markina-Xemein Barinaga 2
Markina-Xemein Iluntzar 3
Markina-Xemein Iturreta 2
Markina-Xemein Larruskain-Amalloa 2
Markina-Xemein Meabe 3
Markina-Xemein Ubilla-Urberuaga 2
Mendexa Iturreta 2
Mendexa Leagi 2
Mendexa Likoa 2
Mendexa Zelaia 2
Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz Berreño 2
Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz Gerrika 2
Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz Gerrikaitz 2
Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz Munitibar 2
Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz Totorika 2