El programa Pilotu tiene como objeto ayudar a las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco que deseen participar en el diseño y materialización de proyectos piloto de inversión pública internacional y promover el desarrollo sostenible a lo largo del proceso de internacionalización.
Entidades Beneficiarias
Podrán acceder a las ayudas contempladas en las presentes bases:
- Empresas radicadas o con instalaciones productivas en la Comunidad Autónoma del País Vasco que se hayan constituido con anterioridad a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial del País Vasco. Podrán presentarse tanto grandes empresas como microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYMES).
- Que cuenten con un Proyecto Piloto de Inversión Pública Internacional, que sirva para poner a prueba modos de hacer, metodologías, o propuestas innovadoras a realizar en una escala reducida y que puedan ser, en su caso, replicables a partir de la experiencia obtenida en proyectos de mayor volumen.
Gastos Subvencionables
Se considerarán como gastos subvencionables los siguientes:
- Costes directos de personal, destinado al proyecto.
- Costes de estructura, que se computarán como coste indirecto por valor del 15 % de los costes directos de personal subvencionables.
- Costes de materiales y suministros directamente relacionados con el proyecto.
- Costes de asesoramiento externo utilizados exclusivamente para el desarrollo del proyecto.
- Viajes relacionados con la actividad del proyecto.
- Costes de transporte e instalación de maquinaría y/o componentes.
- Costes de certificación a la finalización del proyecto.
Cuantía de las Ayudas
El importe total del proyecto a subvencionar no podrá superar la cifra de 250.000 euros y el organismo público extranjero con competencia para desarrollarlo o que atribuye su gestión a la entidad que suscribe el acuerdo con la solicitante tendrá que aportar, al menos, el 49 % de su coste.
Las ayudas a las empresas beneficiarias podrán alcanzar hasta del 51 % del presupuesto aceptado, situándose la subvención máxima en 50.000 euros.
Pago de las Ayudas
Las subvenciones se abonarán por SPRI, mediante un único pago a la entidad beneficiaria, tras la oportuna presentación de la Solicitud de Liquidación y de la documentación justificativa exigida.
Plazo de Ejecución
Serán objeto de ayuda los gastos realizados en un plazo máximo de doce (12) meses, contados a partir de la resolución de su concesión.
Plazo de Justificación
La documentación justificativa deberá estar firmada por la persona que ostente la representación legal de la entidad beneficiaria, tras la finalización del proyecto y hasta dos (2) meses después de dicha fecha.