El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases y regular las ayudas a conceder por la contratación de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o con escasa experiencia laboral, en empleos relacionados con su titulación, por las empresas vascas, u otras entidades, previstas en los artículos 4 y 12, como medida para favorecer la mejora de su empleabilidad, a través de la adquisición de experiencia profesional, de la igualdad entre hombres y mujeres y de consolidar su inserción laboral.
CAPITULO II: AYUDAS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS
Actuaciones Subvencionables
Podrán ser objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria los contratos indefinidos, así como los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional de al menos 6 meses de duración, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros laborales radicados en la CAPV, celebrados con personas jóvenes que el día anterior al del inicio del contrato cumplan con las condiciones previstas.
Los contratos subvencionables al amparo de esta convocatoria habrán de ajustarse a las previsiones del Estatuto de los Trabajadores y demás normativa aplicable y deberán reunir en todo caso los siguientes requisitos:
- La contratación deberá referirse a puestos de trabajo adecuados al nivel de estudios o de formación cursados por la persona contratada.
- Los contratos deberán formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación o certificado profesional de la persona trabajadora, la fecha de inicio y, en su caso, fin del contrato, jornada laboral y la duración del mismo, así como el puesto de trabajo a desempeñar.
- La remuneración bruta anual deberá constar en el contrato cuantificada en euros y no podrá ser inferior a las siguientes cuantías en función de la titulación académica:
- Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura, Máster-Plan Bolonia, Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica y Grado Universitario – Plan Bolonia: 21.200,00 €
- Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII): 18.200,00 €
- Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI) y Certificados de Profesionalidad: SMI Vigente.
- Los contratos podrán ser a jornada completa o a jornada parcial; en este último caso, nunca inferior al 70 % de la jornada laboral establecida.
Empresas Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones por la celebración de contratos indefinidos y/ o contratos formativos para la obtención de la práctica profesional previstas en esta convocatoria las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, los/as empresarios/as individuales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las Asociaciones y Fundaciones, que cumplan las condiciones generales previstas en el artículo 17, además de los siguientes requisitos:
- Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
- No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50 % por una o varias Administraciones Públicas.
- Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de contratar al amparo de esta convocatoria con indicación del tipo de contrato, tiempo de la contratación y puesto a ocupar.
Requisitos de las Personas Contratadas
Esta convocatoria se dirige a la contratación de personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30 años, que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar inscrita y de alta como demandante de empleo en el servicio público correspondiente y desempleada el día anterior a la fecha de inicio del contrato.
- Estar en posesión de alguna de las titulaciones o certificados incluidos en este punto:
- Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster – Plan Bolonia.
- Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado universitario – Plan Bolonia.
- Técnico/a Superior o Medio de Formación Profesional reglada, de la formación profesional específica, siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico/a Auxiliar (FP1) y Técnico/a Especialista (FP2).
- Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores.
- Certificado de Profesionalidad.
- Tener una experiencia laboral máxima de 6 meses en empleos relacionados con su titulación o certificado profesional.
Procedimiento de Selección
La selección de las personas jóvenes participantes en el programa se realizará antes de la presentación de la solicitud y se llevará a cabo:
- A través del centro formativo donde han finalizado los estudios, directamente por la empresa, para los contratos con personas jóvenes que han finalizado en el/los centro/s de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi un periodo de formación.
- A través de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o una entidad colaboradora del mismo, para los no incluidos en el apartado anterior.
Plazo de Justificación
El plazo de presentación será el siguiente:
- En el supuesto de contratos formativos para la obtención de la práctica profesional, 1 mes posterior a la finalización de los mismos.
- En el supuesto de contratos indefinidos, una vez transcurrido un año desde su inicio.
En cualquiera de los casos, el último día para su presentación será el 16 de diciembre de 2025.
CAPITULO III: ENTIDADES COLABORADORAS
Entidades Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias para la captación, registro y gestión de las ofertas de empleo, aquellas entidades que ostenten la condición de colaboradoras de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo para la realización de estas actuaciones.
Asimismo, podrán obtener la condición de entidades colaboradoras, para la captación y registro de ofertas de empleo específicamente vinculados a esta convocatoria, las siguientes, que habrán de estar, en todo caso, radicadas en la CAPV:
- Universidades.
- Centros de formación profesional públicos y privados concertados y asociaciones que agrupen a los mismos.
- Entidades colaboradoras de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo que hubieran sido beneficiarias de las ayudas de formación para el empleo correspondiente a la convocatoria de 2022-2024 y de las ayudas de orientación para el empleo correspondiente a la convocatoria de 2023-2025.
- Ayuntamientos, mancomunidades, cuadrillas, agencias de desarrollo local y Behargintzas.
Actuaciones Subvencionables
Será subvencionable la captación, registro y la gestión de las ofertas de empleo realizado, así como la gestión y seguimiento del proceso de transición por las entidades colaboradoras reguladas en el artículo 12 que finalicen con la formalización de contratos subvencionados al amparo de la presente convocatoria.
Otros Documentos de Interés
Modificación Nueva Normativa «Minimis»: 2400910a.pdf (euskadi.eus)