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Elkartek 2026
Tipo de ayuda:
Innovación y competitividad
Plazo de solicitud:
30/12/2025 - 13/03/2026

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases y convocar un programa de ayudas para apoyar la realización de investigación colaborativa, llevada a cabo por las entidades de investigación, desarrollo e innovación integradas en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación de Euskadi, que contribuya al alineamiento con los sectores estratégicos, las tecnologías clave y transversales y con los Proyectos Transformadores del Plan de Industria Euskadi 2030.

Entidades beneficiarias

Podrán acceder a las ayudas establecidas en la presente Orden los agentes científico-tecnológicos integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación y acreditados a tal efecto, de conformidad con lo establecido en el Decreto 109/2015, de 23 de junio, por el que se regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, y sus disposiciones transitorias, o la normativa que lo sustituya.

Proyectos de investigación fundamental colaborativa:

  • Se entenderá por proyectos de investigación fundamental colaborativa a aquellos proyectos de investigación fundamental de carácter estratégico, realizados en colaboración entre los agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, que contribuyan al alineamiento con los sectores estratégicos, las tecnologías clave y transversales y con los Proyectos Transformadores del Plan de Industria Euskadi 2030.
  • Los proyectos de investigación colaborativa podrán tener carácter plurianual y deberán estar realizados en cooperación entre un mínimo de 3 agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  • Para que un proyecto de investigación colaborativa pueda ser seleccionado y subvencionable deberá presentar un presupuesto total mínimo de 1.000.000,00 de euros por proyecto y 50.000,00 euros por entidad participante y año.

Proyectos de investigación con alto potencial industrial:

  • Se entenderá por proyectos de investigación fundamental orientada o de investigación industrial liderados por las unidades de I+D empresariales pertenecientes a la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación con alto poder de tracción y llegada al mercado, que contribuyan al alineamiento con los sectores estratégicos, las tecnologías clave y transversales y con los Proyectos Transformadores del Plan de Industria Euskadi 2030.
  • Los proyectos de investigación con alto potencial industrial podrán tener carácter plurianual.
  • Para que un proyecto de investigación con alto potencial industrial pueda ser seleccionado y subvencionable deberá presentar un presupuesto total mínimo de 200.000,00 euros por proyecto y 50.000,00 euros por entidad participante y año.

Gastos subvencionables

  • Costes de personal perteneciente a la plantilla de la entidad solicitante (personal investigador, personal técnico y otro personal de apoyo empleado en la actividad de investigación).
  • Contratación con terceros de partes del proyecto de investigación que por su complejidad o especialización no puedan realizarlas las propias entidades beneficiarias.
  • Servicios externos, servicios de asesoría y otros servicios análogos, tales como la compra de trabajos de investigación, adquisición de conocimientos técnicos, gastos de asistencia e inscripción a cursos, congresos, seminarios, conferencias, jornadas técnicas y similares, así como estudios de viabilidad y de mercado, entre los que se podrá incluir la auditoría de costes del proyecto.
  • Otros gastos corrientes (materiales fungibles, suministros, viajes, etc.) directamente derivados de la actividad de investigación.
  • Gastos relacionados con la solicitud de derechos de propiedad industrial e intelectual y otros costes derivados del mantenimiento de estos.
  • Gastos de amortización relacionados con la creación de infraestructura y adquisición de equipamiento tecnológico avanzado.

Los límites de las ayudas (subvenciones no reintegrables), a conceder a cada entidad beneficiaria, alcanzarán los siguientes porcentajes:

  • Los proyectos de investigación fundamental colaborativa obtendrán el 100 % de los presupuestos de gasto subvencionables aprobados.
  • Los proyectos de investigación con alto potencial industrial obtendrán el 100 % de los presupuestos de gasto subvencionables aprobados en el caso de proyectos de investigación fundamental y el 50% en el caso de proyectos de investigación industrial.

Abono de las ayudas

El abono de las ayudas se realizará directamente a las entidades beneficiarias de las mismas, fraccionadamente, del siguiente modo:

  • Un 50 % de la subvención correspondiente a la primera anualidad se abonará tras la notificación de la resolución.
  • El abono del resto de la primera anualidad, así como la siguiente anualidad, estará condicionado a la previa justificación documental.

Plazo de ejecución

Se podrán presentar a la presente convocatoria aquellos proyectos desarrollados en los ejercicios 2026 y 2027.

Plazo de justificación

La justificación de lo realizado en cada anualidad del proyecto, deberá realizarse durante el primer cuatrimestre siguiente al del año concluido.

Tamaño empresa
1 - >250
Sector económico
Sector industrial
Servicios conexos a la industria
Organismo
SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial
Gobierno Vasco
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