Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) para impulsar y hacer más competitiva la oferta de productos y servicios necesarios para el despliegue de los espacios de datos en todos los sectores económicos y para todos los intervinientes en los ecosistemas de compartición de datos. Los productos y servicios de espacios de datos incluyen, pero no se limitan a, plataformas de datos, herramientas de explotación de datos, infraestructuras de datos, y cualquier otro recurso tecnológico que permita la eficiente gestión y aprovechamiento de los datos y su compartición.
Beneficiarios de la Subvención
Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas las siguientes:
- Empresas y asociaciones empresariales de carácter público o privado, independientemente de su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica.
- Organismos de investigación y difusión de conocimientos de carácter público o privado.
Conceptos Susceptibles de Ayuda
- Gastos de Personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
- Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas.
- Gastos generales directamente derivados del proyecto, en los que se podrá imputar hasta un 15 % de los costes de personal del proyecto.
- Otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
Intensidad Máxima de Ayuda
Intensidades brutas máximas de ayudas en forma de subvención a los beneficiarios:
- Empresas no PYME: Hasta el 25 % del coste subvencionable del proyecto.
- Medianas Empresas: Hasta el 35 % del coste subvencionable del proyecto.
- Pequeñas Empresas: Hasta el 45 % del coste subvencionable del proyecto.
Pago de la Ayuda
El pago de la ayuda se realizará previa justificación.
Condicionado a la viabilidad técnica de su gestión y a la disponibilidad presupuestaria, se realizará un pago anticipado, tras la resolución de concesión, previa constitución de las garantías según se determina en el artículo 17 de esta orden, por el importe total de la ayuda.
Plazo de Presentación
Las fechas de inicio y finalización del plazo de presentación de solicitudes se establecerán en cada convocatoria. En cualquier caso, el plazo mínimo de presentación de solicitudes será de treinta (30) días.