Mediante este programa de subvenciones se pretende apoyar la contratación a través de dos áreas de actuación:
- Área I: Incentivos a la Contratación Indefinida
- Área II:. Experiencia Profesional
Entidades beneficiarias
Área 1:
- Tener su domicilio social y fiscal, así como su centro de trabajo, en el Territorio Histórico de Bizkaia.
- Tener una plantilla de hasta 250 personas.
- No hallarse participadas directa o indirectamente en más de un 25% por empresas que no reúnan los requisitos anterior.
- Acreditar la residencia habitual en el Territorio Histórico de Bizkaia en el caso de empresarios o empresarias individuales o profesionales, y de las personas socias o comuneras en el caso de sociedades civiles y comunidades de bienes.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Área 2: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las empresas de Bizkaia, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios y empresarias individuales y profesionales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, siempre que tengan su domicilio social y fiscal, así como su centro de trabajo en el Territorio Histórico de Bizkaia.
Hecho subvencionable
Área 1:
Serán subvencionables los contratos de trabajo indefinidos formalizados entre el 31 de julio de 2025 y el 15 de junio de 2026 con personas empadronadas en Bizkaia que se encuentren en situación de desempleo, siempre que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
- Personas mayores de 30 años y menores de 50 años al inicio de la contratación.
- Personas desempleadas de larga duración.
- Personas con discapacidad.
- Personas en riesgo de exclusión.
Área 2: Serán subvencionables los contratos indefinidos formalizados entre el 27 de septiembre de 2025 y el 25 de septiembre de 2026, con personas desempleadas o en mejora de empleo que hayan participado en alguno de estos programas:
- Laborlan 2025 y 2026.
- Gazte on – Formación técnica en el sector de la construcción.
- Arraigo por formación.
Cuantía de las ayudas
Área 1:
- Por la realización de un contrato indefinido será de 3.000 euros y de 3.600 si la persona contratada es una mujer.
- La cuantía de la subvención será de 4.000 euros en el caso de que la persona trabajadora haya participado en alguno de los programas de empleo del Departamento de Empleo.
- En esta área se subvencionará, a cada entidad beneficiaria, un máximo de 10 contrataciones y la cuantía máxima de subvención por el conjunto de todas ellas no podrá ser superior a 30.000 euros.
Área 2: La cuantía de la subvención será una cantidad total y máxima por contrato realizado, según el siguiente desglose:
- 5.000,00 euros si el salario bruto anual se sitúa entre el salario mínimo interprofesional vigente y 21.000 euros.
- 7.000,00 euros si el salario bruto anual se sitúa entre 21.000,01 euros y 27.000,00 euros.
- 9.000,00 euros si el salario bruto anual es mayor de 27.000,00 euros.
Pago de la ayuda
- Hasta el 85% de la cantidad otorgada en el momento de concesión de la ayuda.
- El % restante se abonará una vez que se haya presentado la documentación necesaria para justificar la subvención.
Plazo de justificación
Área 1: La justificación se realizará vía telemática en el plazo máximo de dos (2) meses contados desde que finalicen los 12 primeros meses completos del contrato subvencionado y, en cualquier caso, con anterioridad al 1 de septiembre de 2027.
Área 2:
- La justificación de los contratos de la base 9.1.a) correspondientes al programa Laborlan 2025 y 2026 y la de los contratos de la base 9.1.b) correspondientes al programa Programa Gazte on se realizará en el plazo máximo de dos (2) meses contados desde que finalicen los 6 primeros meses completos del contrato subvencionado, y en cualquier caso, con anterioridad al 31 de mayo de 2027.
- La justificación de los contratos de la base 9.1.c) correspondientes al programa de Arraigo por Formación se realizará en el plazo máximo de dos (2) meses contados desde que finalicen los 12 primeros meses completos del contrato subvencionado, y en cualquier caso, con anterioridad al 30 de noviembre de 2027.
Plazo de presentación de solicitudes
Área 1: desde el 13 de abril de 2026 hasta el 15 de junio de 2026.
Área 2: desde el 13 de enero de 2026 hasta el 25 de septiembre de 2026.
Otros documentos de interés
Extracto Área 1: I-7_cas.pdf
Extracto Área 2: I-8_cas.pdf