El objeto del Programa es apoyar e impulsar proyectos de desarrollo experimental para la transferencia tecnológica e implantación de tecnologías cuánticas con el fin de fomentar la maduración, aplicación y explotación comercial de estas tecnologías emergentes, contribuyendo al fortalecimiento del ecosistema cuántico y a la mejora de la competitividad tecnológica e industrial.
Los proyectos deberán ser implementados por «proveedores tecnológicos». Los proyectos deberán tener efecto demostrador y permitir por lo tanto acelerar la transferencia al mercado como contribuir al ecosistema cuántico de Euskadi de los resultados de los proyectos en tecnologías cuánticas.
Entidades Beneficiarias
Podrán acceder a las ayudas contempladas en el presente Programa las personas jurídicas que realicen actividad económica en Euskadi, independientemente del tamaño de la empresa, siempre que:
- Dispongan de un centro de actividad en la CAPV.
- Figuren de alta el correspondiente epígrafe del IAE.
Actuaciones Subvencionables
Los proyectos deberán estar relacionados con alguna de las siguientes áreas:
- Computación Cuántica
- Comunicaciones Cuánticas
- Simulación Cuántica
- Metrología y Sensórica Cuántica
- Criptografía Postcuántica
Gastos Subvencionables
Tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos:
- Gastos de dedicación horaria del Proveedor Tecnológico
- Gastos en Hardware y Licencias
- Gastos de personal interno de la empresa beneficiaria
Cuantía de la Ayuda
Las ayudas objeto de esta convocatoria se instrumentarán en forma de subvenciones, en los siguientes porcentajes, sobre la base subvencionable de los gastos subvencionables aprobados:
- Con carácter general, el 25 % de los gastos subvencionables aprobados del proyecto.
- Mas un 15 % adicional de los gastos subvencionables aprobados del proyecto, cuando el proyecto implique una colaboración efectiva entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimientos, que asuman, como subcontratista, como mínimo el 10 % de los costes subvencionables y conserven el derecho a publicar los resultados de su propia investigación.
Límites de la Ayuda
Los gastos subvencionables no superarán los siguientes máximos:
- Gastos de dedicación horaria del Proveedor Tecnológico: sin máximo.
- Gastos en Hardware y Licencias: máximo 150.000 euros.
- Gastos de personal interno de la empresa beneficiaria: máximo 20.000 euros.
Los proyectos tendrán un límite de subvención de 150.000 euros por proyecto.
La subvención máxima por empresa para la realización de una o más actuaciones subvencionables a lo largo del ejercicio para este programa de ayudas de 2025 será de 200.000 euros.
Plazo de Ejecución
El proyecto deberá iniciarse una vez presentada de la solicitud de ayuda y tener una duración máxima de 16 meses.
Plazo de Justificación
Una vez finalizada la actuación subvencionable, y en el plazo máximo de 90 días naturales, las beneficiarias deberán justificar la misma.