
El programa Zabaldu, alineado con los objetivos del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco recogidos en el programa de Gobierno de la XII legislatura y en los instrumentos de planificación estratégica que lo desarrollen, tiene como objeto ayudar a las empresas incipientes en los procesos de internacionalización a aumentar su presencia en mercados exteriores y a promover el desarrollo sostenible a lo largo de sus procesos de internacionalización.
Las solicitantes podrán presentar en esta convocatoria del programa Zabaldu una única solicitud y un mínimo de dos acciones diferentes.
Empresas Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias del programa las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) radicadas o con instalaciones productivas en la Comunidad Autónoma del País Vasco cuya actividad exportadora no supere el 50 % de su facturación total en el año 2023 y que desean iniciar o consolidar su estrategia internacional.
Gastos Subvencionables
Las acciones de las empresas que son susceptibles de apoyo se dividen en:
a) Acciones de promoción y adecuación de las empresas para la internacionalización.
- Elaboración de una estrategia de internacionalización realizada por consultora externa.
- Gastos asociados a la propiedad industrial y homologaciones:
- Registro de patentes y marcas.
- Homologación y certificación.
- Gastos derivados de la publicación de papers científicos, únicamente para las empresas emergentes (startups).
- Gastos asociados a las Ferias:
- Participación en ferias internacionales (tanto en el estado como en el extranjero) como expositor.
- Participación en congresos, foros especializados y ferias internacionales como visitante.
- Participación en congresos, foros especializados y ferias internacionales en formato online.
- Viajes:
- Viajes de prospección para analizar mercados y/o contactar con empresas potenciales clientes.
- Misiones inversas, invitaciones a empresas potenciales clientes.
- Gastos de comunicación y marketing:
- Adecuación del material de difusión y promoción al país de destino, realizado en el idioma oficial o en inglés.
- Elaboración de catálogos, folletos, carteles, así como la creación y puesta en marcha de páginas web y sus posteriores adaptaciones al mercado internacional.
- Publicidad.
- Presentaciones de productos o servicios, promociones y exposiciones temporales en corners de centros comerciales en el país de destino.
- Relaciones públicas: gastos de contratación de agencias de publicidad para el lanzamiento de productos y/o servicios en el país de destino.
- Desarrollo de nuevos formatos promocionales para mejorar el acceso a mercados de forma virtual.
- Informes de sostenibilidad que analicen el impacto de la empresa en el país destino atendiendo a los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 realizados por consultora externa.
- Gastos asociados a las implantaciones exteriores comerciales y/o productivas constituidas en el ejercicio de la solicitud.
- Talento: selección de personal destinado a operaciones exteriores.
b) Acciones soportadas en consultoría operacional o estratégica para facilitar la introducción y la operativa en los mercados de interés.
En el caso de las empresas emergentes (startups), se subvencionarán horas internas dedicadas a la elaboración de la estrategia de internacionalización, planes de marketing internacionales y/o estudios de viabilidad de potenciales implantaciones en el exterior.
Cuantía de las Subvenciones
Las ayudas podrán alcanzar hasta el 50 % del importe del presupuesto aprobado, con un máximo de subvención de 45.000 euros por empresa.
Pago de la Ayuda
El abono de la subvención se realizará mediante dos pagos, de la siguiente manera:
- 35 % de la subvención, tras la aceptación de la ayuda concedida.
- Liquidación del 65 % restante, tras la justificación de los gastos incurridos en la realización de las acciones apoyadas.
Plazo de Ejecución
Serán objeto de ayuda las acciones efectuadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Plazo de Justificación
La documentación justificativa deberá presentarse desde el momento de recepción de la resolución de concesión de la ayuda, hasta el 28 de febrero del 2025.