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Subvenciones para el fomento de iniciativas emprendedoras. Línea 4: Ayudas a la consolidación empresarial_2023
Tipo de ayuda:
Emprendimiento
Plazo de solicitud:
13/03/2023 - 28/07/2023
Reglamento:
Minimis

El presente título tiene por objeto regular las ayudas dirigidas a apoyar la continuidad y fortalecer la consolidación de las empresas apoyadas en los Decretos de bases reguladores de la concesión de subvenciones para el fomento de iniciativas emprendedoras, en lo referente a autoempleo de los ejercicios 2021 y 2022.

ENTIDADES SUBVENCIONABLES: 

Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos los empresarios y empresarias individuales, los profesionales, y las comunidades de bienes y sociedades civiles que tengan su domicilio social y fiscal, así como su centro de trabajo en el Territorio Histórico de Bizkaia.

ACCIÓNES SUBVENCIONABLES: 

Se consideran gastos subvencionables las siguientes acciones que se ejecuten en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y el 28 de julio de 2023:

  • La realización de un plan de comunicación y marketing relacionados con la actividad de la empresa.
  • Gastos derivados de actuaciones de digitalización que contribuyan a la mejora de la competitividad de la empresa.
  • Gastos de formación para la mejora de la actividad empresarial, salvo formación reglada.
  • Gastos derivados de la contratación de servicios de asistencia técnica especializada, que tengan por objeto la mejora de la viabilidad de la empresa, o que contribuyan a una mejora de su posicionamiento en el mercado, o el desarrollo del negocio, la innovación para la mejora del producto, servicio o proceso, la viabilidad de la internacionalización, la responsabilidad social o el impacto medioambiental.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

La subvención máxima a obtener por entidad beneficiaria será de 2.000 euros.

Las acciones subvencionables deberán ejecutarse en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y el 28 de julio de 2023.

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Transporte
Industrias culturales y creativas
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Organismo
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