
Es objeto de la presente Resolución la regulación de las bases y la convocatoria de subvenciones dirigidas a empresas, entidades privadas, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro para la contratación, a lo largo de 2025, de consultoras homologadas que presten asistencia técnica tanto en la elaboración de un Diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres y en el diseño de un Plan para la igualdad, tanto para su organización interna como para la prestación de sus servicios o productos, así como para la implantación de medidas contenidas en los planes para la igualdad.
Entidades Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas, entidades privadas, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro.
Las empresas y entidades privadas que deseen confeccionar sus primeros Diagnósticos y Planes de Igualdad (primer y segundo plan), deberán contar con una plantilla de entre 10 y 150 trabajadoras o trabajadores.
En el caso de las entidades sin ánimo de lucro que persigan la adecuación de sus Diagnósticos y Planes, se requerirá un mínimo de 10 personas trabajadoras en la plantilla.
Gastos Subvencionables
Serán subvencionables al amparo de esta orden las siguientes categorías de gastos:
- Elaborar un Diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres en su organización interna y en la prestación de servicios o productos.
- Diseñar un Plan para la igualdad para su organización interna y para la prestación de servicios o productos.
Cuantía de las Ayudas
La cuantía de la subvención no podrá superar el 50 % del coste de las actividades objeto de subvención y no podrá exceder por entidad beneficiaria la cantidad de 12.000 euros.
Plazo de Ejecución
Serán aceptados los gastos realizados entre el 1 enero y el 1 de diciembre de 2025.
Plazo de Justificación
La justificación de la presente podrá realizarse hasta el 1 de diciembre de 2025 inclusive.