
El objeto de la presente Resolución es la convocatoria y regulación de las subvenciones a conceder por Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, para el desarrollo de actuaciones encaminadas a la promoción de la formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales entre los trabajadores y las trabajadoras autónomas durante el ejercicio 2023.
ENTIDADES BENEFICIARIAS:
Las asociaciones profesionales de trabajadores y trabajadoras autónomas, organizaciones sindicales y las entidades sin ánimo de lucro.
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES:
Serán consideradas todas las actividades formativas que se hayan desarrollado entre el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución y el 30 de noviembre de 2023 y deberán ir dirigidas inequívocamente al fomento de la formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales entre las y los trabajadores autónomos dados de alta en el Régimen Especial de Autónomos y cuyo domicilio de actividad profesional este radicado en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Las actividades subvencionables podrán impartirse de forma presencial o mediante sesiones on-line.
Todas estas actividades se deberán desarrollar en cursos de 10 horas lectivas como mínimo y de 30 horas lectivas como máximo.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
- Gastos lectivos.
- Gastos de gestión del curso
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:
Se subvencionará con un máximo de 325 euros por alumno o alumna formada, pero las cantidades así calculadas (325 euros x número de alumnos y alumnas formadas) no podrán ser superiores a las cantidades resultantes de multiplicar el número de horas del curso impartido por 160 euros (160 euros x número de horas del curso impartido).
Cada entidad solicitante podrá presentar más de una solicitud hasta que el total de las ayudas concedidas a cada entidad solicitante no supere los 20.000 euros.