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Subvenciones para la Realización de Acciones de Cooperación al Desarrollo en el Ámbito de la Innovación 2024
Tipo de ayuda:
Innovación y competitividad
Plazo de solicitud:
27/04/2024 - 24/05/2024

La presente convocatoria tiene como objeto la financiación de:

  • Acciones de innovación, que aborden desafíos sociales, económicos, medioambientales y de desarrollo de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
  • Las acciones de innovación deberán impulsar soluciones innovadoras, ya desarrolladas y testadas exitosamente a nivel piloto, con el fin de aplicarlas y demostrar la posibilidad de replicarlas a mayor escala para lograr un desarrollo sostenible e incluyente.
  • Acciones de conocimiento en el ámbito de la innovación, que comprenderán investigaciones y estudios aplicados acompañados de formaciones y/o seminarios, que cuenten con un componente innovador, y referidos a los ámbitos temáticos incluidos en esta convocatoria.

Beneficiarios de la Subvención

Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria las agrupaciones sin personalidad jurídica integradas por personas jurídicas pertenecientes a las siguientes tipologías:

  • Sector Privado Empresarial.
  • Entidades del Sector Social.
  • Entidades del Ámbito Académico y de la Investigación.

Gastos Subvencionables

Serán subvencionables las siguientes categorías de gasto:

  • Gastos de Personal.
  • Gastos de Viajes: Desplazamientos, Alojamiento, Manutención.
  • Terrenos e Inmuebles Asociados a la Actividad Subvencionad: Compra, Alquiler, Construcción y Reforma.
  • Otros Bienes:
    • Maquinaria, mobiliario, equipamiento y cualquier otro bien distinto de terrenos y edificios.
    • Reparaciones y conservación del material inventariable destinado a la subvención solicitada.
    • Equipos informáticos.
    • Elementos de transporte.
    • Cualquier otro equipamiento, con la excepción del de sedes administrativas y viviendas del personal.
  • Otros gastos asociados a la actividad:
    • Material de oficina, fotocopias e imprenta.
    • Comunicaciones.
    • Equipos, materiales y suministros.
    • Gastos de amortización de bienes inventariables.
    • Arrendamientos y cánones.
  • Gastos de auditorías y evaluaciones.
  • Servicios técnicos y profesionales.
  • Fondos rotatorios.
  • Gastos financieros.

Cuantía de las Ayudas

La subvención mínima por acción de innovación no podrá ser inferior a 400.000 euros, ni superior a los 900.000 euros.

La subvención mínima para financiar las acciones de conocimiento no podrá ser inferior a 100.000 euros ni superior a 500.000 euros.

Otros Documentos de Interés

Extracto: Anuncio 15130 del BOE núm. 102 de 2024

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