Subvenciones de ayuntamientos

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RedCyTI SMART ECONOMY – Programa de impulso a las ciudades y territorios inteligentes para el fomento del desarrollo económico y productivo 2026
Tipo de ayuda:
Innovación y competitividad
Plazo de solicitud:
02/02/2026 - 30/03/2026

Se trata de ayudas en especie que tienen por finalidad el desarrollo por parte de Red.es de las iniciativas de las entidades locales que resulten seleccionadas, consistentes en actuaciones de dotación de infraestructura tecnológica y soluciones asociadas, para favorecer el desarrollo económico en la ciudad o territorio mediante la utilización de tecnologías; así como en actuaciones dirigidas a la puesta en valor, a través de la utilización de tecnologías avanzadas, de los datos recogidos por las  ciudades y territorios, y al aprovechamiento de su potencial para la actividad económica y empresarial, favoreciendo el desarrollo de nuevos servicios y la innovación.

Las iniciativas que se presenten deberán enfocarse al ámbito de la Ciudad Inteligente de Smart Economy, estar alineadas con la estrategia de ciudad o territorio inteligente de la entidad solicitante, y ser intensivas en el empleo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Los bienes y servicios TIC deberán constituir, en términos presupuestarios, el núcleo de la iniciativa.

Entidades beneficiarias

Todas aquellas entidades locales definidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases Régimen Local, así como las comunidades autónomas uniprovinciales y ciudades autónomas.

Líneas de actuación

Se deberán presentar iniciativas que contengan una o varias de las siguientes actuaciones:

  • Actuaciones de dotación de infraestructura tecnológica y soluciones asociadas, que permitan favorecer el desarrollo económico en la ciudad o territorio, mediante la utilización de tecnologías, enfocadas en su caso, a sectores de actividad de especial relevancia en dicho ámbito geográfico. Esto incluiría la creación de espacios de prueba o sandboxes, laboratorios urbanos de innovación, espacios de demostr.ación, centros de experimentación, etc
  • Actuaciones dirigidas a la puesta en valor de los datos recogidos por las ciudades y territorios, y disponibles en las Plataformas de Ciudad, a través de la utilización de tecnologías avanzadas como la Inteligencia Artificial o los Gemelos Digitales, de modo que se estimule la innovación, se mejore la eficiencia en la prestación de servicios y se optimice la toma de decisiones y la capacidad de respuesta ante eventos de las ciudades.
  • Actuaciones orientadas a aprovechar el potencial de los datos de las ciudades y territorios para el desarrollo económico y productivo, fomentando la compartición e intercambio de información con empresas y otros agentes, de modo que impulse el desarrollo de nuevos servicios y la innovación. Podrán incluirse, en su caso, actuaciones dirigidas a la compartición colectiva de datos entre diferentes entidades locales y el sector privado, a través de infraestructuras tecnológicas comunes.

Conceptos subvencionables

Los conceptos subvencionables son los siguientes:

  • Dotación de infraestructura tecnológica.
  • Implantación de soluciones software.
  • Labores de consultoría y análisis, siempre que resulten imprescindibles y se encuentren
    asociadas indubitadamente a la implantación de las actuaciones de la iniciativa. La realización
    de consultorías previas, asociadas a la definición de la iniciativa, no serán objeto de ayuda.
  • Dotación de servicios de comunicaciones, servicios en la nube (software, plataformas,
    infraestructuras), servicios profesionales u otros, por el plazo estrictamente necesario para la
    implantación y puesta en producción de la iniciativa. El beneficiario deberá asumir íntegramente
    el coste de esos servicios una vez se haya concluido la implantación de la iniciativa.
  • Analítica avanzada de datos, orientada a la optimización de procesos y decisiones, a la
    innovación y a la predicción de eventos futuros.
  • Adecuación técnica de centros (tomas eléctricas y conectividad).
  • Actuaciones que permitan la puesta a disposición de datos en formato interoperable, así como
    su uso automatizado.
  • Capacitación de personal de la administración y/o de los participantes del sector privado u otros
    agentes intervinientes, siempre que esta se encuentre asociada indubitadamente a la
    infraestructura o a los servicios del proyecto.
  • Labores de control, evaluación, de medida de impacto o de auditoría, que forman parte de la
    reserva presupuestaria dedicada a costes de gestión, coordinación, seguimiento, evaluación y
    auditoría.

Cuantía de las ayudas

Se trata de ayudas en especie.

El presupuesto de cada iniciativa presentada no podrá ser inferior a 1.500.000 €, ni superior a 6.000.000 €, impuestos indirectos aplicables incluidos.

Cada entidad participante se compromete a cofinanciar el presupuesto total de la iniciativa presentada con el porcentaje de cofinanciación que le corresponde según su región, en base a lo recogido en las  bases, que depende de las tasas de retorno de los fondos FEDER gestionados por Red.es en el marco del Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027. En el caso del País Vasco, este porcentaje será del 60%, y Red.es contribuirá con el 40%.

Periodo elegible de gastos

La fase de implantación del proyecto tendrá una duración máxima de 30 meses.

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Subvenciones del Estado
Localización del municipio
Zona costera
Zona rural
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Ayudas a la realización de estudios y auditorías para la mejora de la sostenibilidad energética de la Administración pública local de Euskadi 2026
Tipo de ayuda:
Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
30/06/2025 - 17/10/2028

Con el objetivo prioritario de identificar y promover acciones que persigan el ahorro y la eficiencia energética, así como el uso de energías renovables en instalaciones y edificios públicos localizados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi, se publica el presente programa de ayudas a la realización de estudios y auditorías para la mejora de la sostenibilidad energética de la administración pública local de Euskadi.

Entidades beneficiarias

Concejos, hermandades, juntas administrativas y otras entidades locales territoriales de ámbito inferior; Los municipios; Mancomunidades de municipios, Cuadrillas del territorio histórico de Álava y otras entidades locales  de acuerdo con lo establecido en la legislación básica de régimen local y en la Ley 2/2016, de Instituciones locales de Euskadi; Los organismos públicos vinculados o dependientes de tales entidades locales; Las empresas públicas municipales en cuyo capital social la participación directa o indirecta de las entidades previstas en este apartado sea superior al 50%; Las fundaciones cuyo patrono fundacional sea una entidad local o cuyo patronato esté configurado de forma dominante por representantes de la entidad local; Los consorcios, así como el resto de entidades instrumentales de cualquier carácter participadas mayoritariamente por capital público local o cuya posición dominante sea de una entidad local.

Actuaciones subvencionables

Serán actuaciones subvencionables, las relacionadas en el Anexo I de la Convocatoria, llevadas a cabo por los y las solicitantes en el territorio de la CAE y que tengan por objeto la realización de estudios y auditorías para la mejora de la sostenibilidad energética de la administración pública local de Euskadi, en concreto:

  • Auditorías energéticas de alumbrado público exterior.
  • Auditorías energéticas de edificios e instalaciones energéticas.
  • Planes de eficiencia energética para municipios y otras entidades locales menores con un número de habitantes inferior a 5.000.
  • Planes de movilidad sostenible para municipios y otras entidades locales menores con un número de habitantes inferior a 5.000.
  • Estudios de viabilidad y elaboración de proyectos de sostenibilidad energética.

Cuantía de las ayudas

Las actuaciones descritas tendrán una ayuda del 80% del coste subvencionable para las personas beneficiarias que no tienen la consideración de empresa a los efectos del Reglamento 2023/2831.

En el caso específico de la actuación subvencionable Estudios de viabilidad y elaboración de proyectos de sostenibilidad energética, se establece un coste subvencionable máximo por estudio de 15.000 € y un porcentaje de ayuda del 50% del coste subvencionable.

Plazo de ejecución y justificación

Se admitirán actuaciones anteriores a la fecha de la publicación de este Programa, siempre y cuando hayan sido iniciadas con posterioridad al 31 de diciembre de 2024, entendiendo por iniciada que el contrato firmado con el contratista sea de fecha igual o posterior a dicha fecha; y la ejecución, facturación y pago de la actuación se realice y justifique en un plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de notificación de la resolución de otorgamiento de la ayuda y, en todo caso, no más tarde del 31 de diciembre de 2028.

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Gobierno Vasco
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Zona costera
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Ayudas a la generación eléctrica para autoconsumo y la electrificación de los consumos térmicos mediante energías renovables 2026
Tipo de ayuda:
Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
02/02/2026 - 30/09/2026

A fin de promover el despliegue de las energías renovables eléctricas en el territorio de la CAE, constituye el objeto de este Programa la realización de actuaciones de generación eléctrica para autoconsumo  y la electrificación de los consumos térmicos mediante energías renovables.

Entidades beneficiarias

Concejos, hermandades, juntas administrativas y otras entidades locales territoriales de ámbito inferior, municipios, Mancomunidades de municipios, Cuadrillas del territorio histórico de Álava y otras entidades locales  de la CAE de acuerdo con lo establecido en la legislación básica de régimen local y en la Ley 2/2016, de Instituciones locales de Euskadi.

Actuaciones subvencionables

Serán actuaciones subvencionables, las relacionadas a continuación que estén ejecutadas en la CAE siempre que cumplan con los requisitos que se establecen para cada una de ellas en el Anexo I de la Convocatoria:

  • Línea 1: Inversiones para la realización de instalaciones de generación de energía eléctrica para autoconsumo con fuentes de energías renovables.
  • Línea 2: Inversiones para la realización de instalaciones para la electrificación de los consumos térmicos mediante fuentes de energías renovables.

Gastos subvencionables

Línea 1:

  • Inversión en equipos y materiales (incluido almacenamiento).
  • Ejecución de obras e instalaciones.
  • Equipos electromecánicos, de control y auxiliares.
  • Sistemas eléctricos en alta, media y baja tensión, transformadores, líneas de evacuación.
  • Protecciones eléctricas según REBT o RIAT.
  • Sistemas de monitorización (generación, almacenamiento, demanda).
  • Obras civiles asociadas (incl. refuerzo/sustitución parcial de cubierta).
  • Edificaciones, zanjas, canalizaciones, accesos internos, viales, plataformas.
  • Restauración y medidas medioambientales.
  • Redacción de proyectos o memorias técnicas.
  • Dirección facultativa.
  • Coordinación de Seguridad y Salud.
  • Eliminación de amianto en cubiertas.
  • Gestión de residuos.
  • Estructuras de marquesinas para aparcamientos (si se instala FV).
  • Otras partidas justificadas como necesarias.

Línea 2:

  • Inversión en equipos y materiales (incluida acumulación).
  • Ejecución de obras e instalaciones.
  • Equipos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares.
  • Sistemas de gestión, control y monitorización (generación y almacenamiento).
  • Sondeos exploratorios y ensayos TRT (geotermia).
  • Obras civiles: excavaciones, canalizaciones, tuberías asociadas.
  • Distribución interior de climatización (suelo radiante, fan coils, etc.).
  • Desmantelamiento de instalaciones existentes.
  • Redacción de proyectos o memorias técnicas.
  • Dirección facultativa.
  • Coordinación de Seguridad y Salud.
  • Gestión de residuos.
  • Otras partidas justificadas como necesarias

Plazo de ejecución

Desde la presentación de la solicitud y hasta un máximo de doce (12) meses contados desde la fecha de notificación de la resolución de concesión y, en todo caso, no más tarde del 30 de diciembre de 2027.

Plazo de justificación

La justificación de la realización, pago y abono de la actuación objeto de ayuda por parte de las personas beneficiarias de la ayuda deberá realizarse ante EVE, en un plazo máximo de doce (12) meses contados desde la fecha de notificación de la resolución de concesión y, en todo caso, no más tarde del 30 de diciembre de 2027.

Tamaño del municipio
< 5000 biztanle
> 5000 biztanle
Organismo
Gobierno Vasco
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Energías renovables innovadoras 2026
Tipo de ayuda:
Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
14/01/2026 - 19/02/2026

Ayudas a la inversión a proyectos de agrivoltaica, fotovoltaica flotante, en infraestructuras, autoconsumos colectivos con participación de consumidores vulnerables e implantación de instalaciones de bomba de calor renovable.

Entidades beneficiarias

Cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas; las agrupaciones de las anteriores, sin necesidad de que dispongan de personalidad jurídica propia diferente; Para los programas de incentivos 4 y 5 también podrán ser beneficiarios las comunidades de propietarios.

Líneas de actuación

  • Programa de incentivos 1: Proyectos innovadores de instalaciones agrivoltaicas con almacenamiento. Dentro de este programa se habilitan tres subprogramas:
    • Subprograma de incentivos 1.1: Agrivoltaica intercalada con el cultivo.
    • Subprograma de incentivos 1.2: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo 2 m ≤ h ≤ 4 m.
    • Subprograma de incentivos 1.3: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo h > 4 m.

La tecnología utilizada sólo podrá ser fotovoltaica. Las instalaciones de cualquiera de los subprogramas 1.1, 1.2 o 1.3 podrán ser aisladas o conectadas a red, bien destinadas a venta de energía o a autoconsumo.

  • Programa de incentivos 2: Proyectos innovadores de instalaciones fotovoltaicas flotantes en espacios artificiales con almacenamiento. La tecnología utilizada sólo podrá ser fotovoltaica.
  • Programa de incentivos 3: Proyectos innovadores de integración de renovables con almacenamiento en infraestructuras. La tecnología utilizada podrá ser fotovoltaica o eólica o hidroeléctrica.
  • Programa de incentivos 4: Proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento, con participación de consumidores vulnerables. La tecnología utilizada podrá ser fotovoltaica o eólica. Las instalaciones sólo podrán ser destinadas a autoconsumo colectivo.
  • Programa de incentivos 5: Proyectos innovadores de instalaciones de bombas de calor renovables.

La potencia mínima de cada solicitud de ayuda será de 500 kW. No obstante, en una misma solicitud de ayuda, se podrán incluir proyectos agrupados de instalaciones individuales mediante bomba de calor de potencia superior a 5 kW y que en conjunto sumen una potencia igual o mayor a 500 kW. Cuando el solicitante sea una comunidad de propietarios, la potencia mínima de la solicitud de ayuda será de 70 kW.

Cuantía de las ayudas

Para cada programa de incentivos se han establecidos unos valores fijos de ayuda máxima por unidad de potencia o unidad de capacidad de almacenamiento denominados módulos de ayuda. La cuantía de la ayuda total se calculará de acuerdo con la siguiente expresión, a partir del módulo de ayuda solicitado y la potencia que se proyecta instalar, tanto para generación como almacenamiento:

Ayuda total = Módulo generación solicitado x Ps + Módulo almacenamiento máximo x Cap

Donde Ps es la potencia de la instalación de generación o agrupación realmente instalada en kWp (en instalaciones fotovoltaicas) o kW (en instalaciones eólicas, hidroeléctricas o de bomba de calor) y Cap es la capacidad nominal de almacenamiento realmente instalada en kWh, en su caso.

Plazo de ejecución

El plazo para la realización de las inversiones subvencionables y ejecución de las actuaciones objeto de  la ayuda se extenderá como máximo hasta el 30 de junio de 2030.

Tamaño del municipio
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> 5000 biztanle
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Subvenciones del Estado
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Subvenciones para proyectos de participación ciudadana y social promovidos por entidades locales 2026
Tipo de ayuda:
Otro tipo de ayudas
Plazo de solicitud:
- 13/02/2026

Mediante esta convocatoria, se pretende alcanzar los siguientes objetivos:

  • Impulsar el compromiso de la Diputación Foral de Bizkaia con la participación ciudadana y social, propiciando más y mejor participación en Bizkaia.
  • Acercar los espacios e instrumentos de participación a los diferentes grupos, colectivos, comarcas y municipios del Territorio Histórico de Bizkaia.
  • Hacer de la participación un instrumento dinamizador que aporte nuevas soluciones, nuevos consensos y nuevas colaboraciones para avanzar en el desarrollo sostenible de Bizkaia.
  • Facilitar la implicación de la sociedad civil en el quehacer del sector público impulsando con ello la cohesión social.
  • Favorecer una mayor eficacia y legitimidad de la acción política y administrativa.

Entidades beneficiarias

Las entidades beneficiarias de esta área serán los municipios y las mancomunidades del Territorio Histórico de Bizkaia.

Actuaciones y gastos subvencionables

La puesta en práctica de proyectos de participación ciudadana y social se llevará a cabo a través de tres áreas de actuación:

Área 1: Desarrollo de procesos de participación ciudadana y social relevantes para el desarrollo sostenible del municipio y/o mancomunidad incluidos en el proyecto. Los gastos subvencionables son los siguientes:

  • Gastos de asistencia técnica para los trabajos de análisis previo, el diseño, organización y dinamización de los procesos participativos.
  • Gastos logísticos vinculados al desarrollo de los procesos participativos.
  • Gastos de comunicación de los procesos participativos, incluido el diseño, la impresión y los
    canales de distribución de los materiales que se empleen.
  • Gastos derivados de los trabajos de análisis previos al diseño del proceso participativo.

Área 2: Desarrollo de procesos de participación ciudadana y social que tengan como objetivo fomentar la relación digital entre la ciudadanía y la entidad local. Los gastos subvencionables son los siguientes:

  • Gastos de asistencia técnica para el diseño, organización y dinamización de los procesos
    participativos.
  • Gastos logísticos vinculados al desarrollo de los procesos participativos.
  • Gastos de comunicación de los procesos participativos, incluido el diseño, la impresión y los
    canales de distribución de los materiales que se empleen.
  • Gastos derivados de los trabajos de análisis previos al diseño del proceso participativo.

Área 3: Creación, revitalización y mejora de espacios y órganos formales de participación ciudadana y social. Los gastos subvencionables son los siguientes:

  • Gastos de asistencia técnica para el análisis, diseño, organización y dinamización de los espacios y órganos formales de participación ciudadana y social.
  • Gastos logísticos vinculados al análisis, diseño, organización y dinamización de los espacios y órganos formales de participación ciudadana y social.
  • Gastos de comunicación de los procesos de análisis, diseño, organización y dinamización de los espacios y órganos estables de participación ciudadana y social. Se incluye el diseño, la impresión y los canales de distribución de los materiales que se empleen.
  • Gastos derivados de los trabajos de análisis previos al diseño del proyecto.

Cuantía de la subvención

Las ayudas a conceder son subvenciones reintegrables y su cuantía máxima será de 12.000 euros, por la totalidad del proyecto presentado, subvencionándose hasta un máximo del 80% del coste total con un límite de 12.000 euros (IVA excluido).

Plazo de ejecución

Los proyectos que motiven la solicitud de la subvención deberán desarrollarse y ejecutarse en el período comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.

Plazo de justificación

La fecha límite para la presentación de la documentación relativa a los gastos realizados y sus correspondientes facturas y justificantes de pago es el 9 de abril de 2027.

Tamaño del municipio
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Organismo
Diputación Foral de Bizkaia
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Zona costera
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Programa RENOCOGEN de incentivos para proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables en sustitución de producción a partir de combustibles fósiles 2026
Tipo de ayuda:
Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
26/01/2026 - 02/03/2026

Mediante la presente Resolución se realiza la segunda convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, del Programa de Incentivos para proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables en sustitución de producción a partir de combustibles fósiles, susceptible de ser cofinanciado con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dado que el mismo se encuentra incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.

Ayudas para proyectos de producción de electricidad y/o calor a partir de energías renovables que sustituyan instalaciones existentes basadas en combustibles fósiles (cogeneración o tratamiento de residuos). Se financian instalaciones renovables con o sin almacenamiento, contribuyendo a la descarbonización y a la reducción de costes del sistema energético.

Entidades beneficiarias

Personas jurídicas, públicas o privadas, así como las agrupaciones de personas jurídicas, tanto públicas como privadas, sin personalidad jurídica propia, siempre que realicen los proyectos o actividades que motivan la concesión de esta ayuda.

Líneas de actuación

Serán subvencionables proyectos que sustituyan la producción de electricidad y/o calor a partir de combustibles fósiles por instalaciones basadas en energías renovables, promovidos por titulares de plantas de cogeneración o de tratamiento de residuos acogidas al régimen retributivo específico. Los proyectos podrán incluir una o varias instalaciones de generación eléctrica y o térmica renovable, con o sin sistemas de almacenamiento eléctrico o térmico.

Las tipologías elegibles incluyen:

  • Producción eléctrica o cogeneración a partir de biomasa o biogás.
  • Producción eléctrica renovable con almacenamiento (eólica, hidráulica o solar fotovoltaica).
  • Producción de energía térmica renovable mediante biomasa, biogás, geotermia, aerotermia, hidrotermia o energía solar térmica con almacenamiento.

Plazo de ejecución

Las actuaciones subvencionadas con las ayudas establecidas en la presente convocatoria no podrán iniciarse antes de la fecha de solicitud de la ayuda por parte del beneficiario.

Los proyectos deberán encontrarse completamente finalizados antes del 30 de junio de 2029.

Plazo de justificación

Presentación de la documentación justificativa ante el IDAE: antes del 30 de septiembre de 2029.

Tamaño del municipio
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> 5000 biztanle
Organismo
Subvenciones del Estado
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Programa RENORED de incentivos a proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable 2026
Tipo de ayuda:
Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
21/01/2026 - 27/02/2026

Mediante la presente Resolución se aprueba la segunda convocatoria, de los Programas de Incentivos a proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable, susceptibles de ser cofinanciados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia al estar incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea –NextGenerationEU.

Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable, pudiendo incluir actuaciones de inversión para la realización de instalaciones de producción, redes de distribución y conexiones a consumidores de calor y/o frío.

Un mismo solicitante podrá presentar más de un proyecto subvencionable, aunque la ayuda a otorgar no podrá superar el límite de 15.000.000 € por proyecto y beneficiario, así como una inversión mínima por proyecto de 450.000 €.

Entidades beneficiarias

Cualquier persona física o jurídica, pública o privada, legal y válidamente constituidas que no realicen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado (Programa de Incentivos 2).

Líneas de actuación

Proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable de manera que se consiga una diversificación energética en base a energías renovables y, como consecuencia de ello, una menor dependencia energética de combustibles fósiles y la disminución de las emisiones de CO₂ y metano.

  • Tipología 1 (T1). Nueva central de generación y nueva red de distribución: Nuevas instalaciones que han de incluir necesariamente una o varias centrales de generación de calor y/o frío que utilicen fuentes de energía renovable, y una o varias redes de distribución con conexiones de intercambio energético a los centros de consumo.
  • Tipología 2 (T2). Ampliación o sustitución de central de generación existente: Ampliación o sustitución de una central de generación existente que aporte calor y/o frío a una red de distribución existente, mediante la incorporación de nuevos equipos de generación o la sustitución de los existentes, utilizando fuentes de energía renovable.
  • Tipología 3 (T3). Ampliación de red de distribución y conexiones existentes: Ampliación de una red de distribución existente que aporte calor y/o frío con sus conexiones para llegar a nuevos centros de consumo. La capacidad de generación existente deberá utilizar fuentes de energía renovable.

Se deberá formular una única solicitud por cada instalación que pretenda ser objeto de ayuda en cualquiera de los Programas de Incentivos previstos.

Gastos subvencionables

Se considerarán costes elegibles los siguientes conceptos:

  • Equipos propios de las tipologías de actuación objeto de ayuda.
  • Sistemas eléctricos, hidráulicos, bombeo, instrumentación y auxiliares.
  • Sistemas de control, monitorización y comunicación.
  • Sistemas de gestión y monitorización de la demanda.
  • Obra civil asociada a la instalación.
  • Transporte, montaje, puesta en marcha y ensayos.
  • Elaboración y redacción de proyectos y memorias técnicas.
  • Dirección facultativa.
  • Coordinación de Seguridad y Salud.
  • Ensayos, estudios y pruebas.
  • Costes de gestión de la solicitud (≤ 4 % de la ayuda, máx. 3.000 €).
  • Costes de gestión de la justificación.
  • Informe del auditor.
  • Costes asociados al cumplimiento del principio DNSH.
  • Otras partidas debidamente justificadas como necesarias.

Plazo de ejecución y justificación

Las actuaciones subvencionables deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de publicación de las bases reguladoras en el Boletín Oficial del Estado.

Las instalaciones deberán encontrarse completamente finalizadas antes del 30 de junio de 2029, y el beneficiario deberá justificar la actuación antes del 30 de septiembre de 2029, remitiendo toda la documentación prevista en la convocatoria.

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Organismo
Subvenciones del Estado
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Subvenciones a ayuntamientos y mancomunidades para actuaciones en materia de cambio climático y transición energética 2026
Tipo de ayuda:
Medioambiente y eficiencia energética
Plazo de solicitud:
29/12/2025 - 02/03/2026

Es objeto del presente Decreto Foral el establecimiento de las bases y la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para los ayuntamientos y mancomunidades del Territorio Histórico de Bizkaia, para la realización de actuaciones y proyectos de inversión en materia de cambio climático y transición energética en 2026.

Las actuaciones y proyectos realizados con las ayudas contempladas en este Decreto Foral se ejecutarán bajo los principios establecidos en la normativa y planificación aplicable en materia de sostenibilidad energética y climática, persiguiendo sus fines y objetivos.

Entidades beneficiarias

Los ayuntamientos y las mancomunidades del Territorio Histórico de Bizkaia que tengan encomendada la realización de las actuaciones en relación con el cambio climático y la energía para las que se solicita la subvención.

Actuaciones subvencionables

Serán subvencionables al amparo de esta orden las siguientes actuaciones:

  • Planes y estudios sobre cambio climático y transición
    energética.
  • Actuaciones para la creación de comunidades energéticas con participación de la entidad local.
  • Labores de información energética.
  • Instalaciones de aprovechamiento de recursos renovables y de cogeneración/trigeneración.
  • Actuaciones de ahorro y eficiencia energética.

Cuantía máxima de la subvención

Cuantías máximas:

  • Realización de planes y estudios, de actuaciones para la creación de comunidades energéticas con participación de la entidad local y de labores de información energética: 20.000 euros si la solicitud fuese realizada por un ayuntamiento y 30.000 euros si lo realizase por una mancomunidad.
  • Instalación de aprovechamiento de recursos renovables y de cogeneración/trigeneración: 100.000 euros, si la solicitud fuese realizada por un ayuntamiento, y 150.000 euros, si fuese formulada por una mancomunidad.
  • Actuación de ahorro y eficiencia energética: 80.000 euros, si la solicitud fuese realizada por un ayuntamiento, y 140.000 euros, si fuese formulada por una mancomunidad.

Importe de la subvención:

  • En el caso de instalaciones de recursos renovables y de cogeneración/trigeneración, el importe de la subvención podrá ser como máximo del 90% del coste ajustado, aplicando el límite establecido:
    •  Municipio de ≥ 20.000 habitantes: 60%
    • Municipio de 10.000 – 20.000 habitantes: 70%
    • Municipio de 5.000 – 10.000 habitantes: 80%
    • Municipio de < 5.000 habitantes: 90%
  • En el caso de actuaciones de ahorro y eficiencia energética, el importe de la subvención podrá ser como máximo del 80% del coste ajustado, aplicando el límite establecido:
    • Municipio de ≥ 20.000 habitantes: 50%
    • Municipio de 10.000 – 20.000 habitantes: 60%
    • Municipio de 5.000 – 10.000 habitantes: 70%
    • Municipio de < 5.000 habitantes: 80%

Abono de la ayuda

El abono de la subvención concedida se realizará mediante pago anticipado o a cuenta.

Plazo de ejecución

Las actividades o proyectos subvencionados deberán iniciarse no antes del 1 deenero de 2026 y deberán finalizarse:

  • Para el caso de instalaciones de aprovechamiento de recursos renovables y actuaciones de ahorro y eficiencia energética: con anterioridad al 21 de mayo de 2027.
  • Para el caso de planes y estudios, actuaciones para la creación de comunidades energéticas con participación de la entidad local y labores de información energética: con anterioridad al 21 de marzo de 2027.

Plazo de justificación

Los plazos para la justificación de la cantidad subvencionada serán los siguientes:

  • Con anterioridad al 31 de marzo de 2027, para el caso de planes y estudios, actuaciones para la creación de comunidades energéticas con participación de la entidad local y labores de información energética,
  • Con anterioridad al 31 de mayo de 2027, para el caso de instalaciones de aprovechamiento de recursos renovables y actuaciones de ahorro y eficiencia energética.

Otros documentos de interés

Extracto: I-1421_cas.pdf

Tamaño del municipio
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Diputación Foral de Bizkaia
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Ayudas para la realización de actividades para la promoción, difusión o normalización del uso del euskera 2026
Tipo de ayuda:
Plazo de solicitud:
12/01/2026 - 09/02/2026

Los proyectos y actividades subvencionables con arreglo al presente decreto foral, que deberán referirse a la promoción, divulgación o normalización del uso del euskera en el Territorio Histórico de Bizkaia, son las siguientes:

  • Programas y actividades que promuevan el uso del euskera en asociaciones y movimientos culturales, deportivos, de ocio y tiempo libre del ámbito local.
  • Programas y actividades que fomenten el uso del euskera en colectivos de la ciudadanía del ámbito local estratégicos para la promoción de la lengua o que promuevan su uso en sectores concretos en los que se quiere incidir especialmente, tales como el mundo laboral, población migrante o relaciones sociales.
  • Programas tendentes a fomentar el uso del euskera en nuevas tecnologías entre la vecindad del ámbito local correspondiente, así como los proyectos Herripedia cuyo objetivo es ubicar en la red contenidos relativos al conocimiento de los entes locales.
  • Los programas destinados a recopilar, salvaguardar y recuperar para su uso social el patrimonio del euskera local (canciones, versos, dialectos, etc.).
  • Programas para la realización e implantación por parte de la entidad solicitante en su ámbito territorial de un plan para la promoción del euskera inspirado en los ejes, retos, líneas de trabajo e iniciativas del marco estratégico Aroa.

Entidades beneficiarias

Podrán beneficiarse de las subvenciones reguladas por el presente decreto foral los ayuntamientos, organismos autónomos municipales y mancomunidades del Territorio Histórico de Bizkaia.

Actuaciones subvencionables

  • Programas y actividades que promuevan el uso del euskera en asociaciones y movimientos culturales, deportivos, de ocio y tiempo libre del ámbito local.
  • Programas y actividades que fomenten el uso del euskera en colectivos de la ciudadanía del ámbito local estratégicos para la promoción de la lengua o que promuevan su uso en sectores concretos en los que se quiere incidir especialmente, tales como el mundo laboral, población migrante o relaciones sociales.
  • Programas tendentes a fomentar el uso del euskera en nuevas tecnologías entre la vecindad del ámbito local correspondiente, así como los proyectos Herripedia cuyo objetivo es ubicar en la red contenidos relativos al conocimiento de los entes locales.
  • Los programas destinados a recopilar, salvaguardar y recuperar para su uso social el patrimonio del euskera local (canciones, versos, dialectos, etc.).
  • Programas para la realización e implantación por parte de la entidad solicitante en su ámbito territorial de un plan para la promoción del euskera inspirado en los ejes, retos, líneas de trabajo e iniciativas del marco estratégico Aroa.

Cuantía de la ayuda

El límite presupuestario vigente en el año 2026 para la concesión de las subvenciones de la presente convocatoria son ochocientos mil (800.000,00) euros.

Pago de la subvención

Se realizará en un único pago después de haber comprobado que toda la documentación presentada en la justificación es correcta.

Plazo de ejecución

Los proyectos que motiven la solicitud de subvención deberán  desarrollarse durante el ejercicio 2026.

Plazo de justificación

La justificación de la ayuda deberá realizarse con anterioridad al 26 de febrero de 2027.

Otros documentos

Extracto: I-1362_cas.pdf

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Ayudas para el fomento de inversiones de competencia municipal destinadas a infraestructuras afectas a usos o servicios públicos 2026
Tipo de ayuda:
Inversiones
Plazo de solicitud:
05/12/2025 - 17/02/2026

Constituye objeto de las subvenciones a que se refieren la presente normativa reguladora el fomento de las actuaciones de competencia municipal para construcción o mejora de bienes que quedarán afectos a un uso público o destinados a un servicio público a fin de lograr un adecuado nivel de estas infraestructuras.

Beneficiarias de la subvención

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en el presente decreto foral los municipios del Territorio Histórico de Bizkaia cuya población deducida del Padrón municipal a 1 de enero de 2025 sea inferior o igual a 7.500 habitantes.

Actuaciones subvencionables

Las actuaciones subvencionables se clasificarán en los siguientes programas de inversión:

  • Construcción, remodelación y reforma de edificios, instalaciones y equipamientos de titularidad pública.
  • Peatonalización de espacios actualmente abiertos a la vialidad rodada.
  • Ejecución y pavimentación de vías públicas y aparcamientos urbanos.
  • Cubrición y equipamiento de bienes de uso público tales como aparcamientos, paradas de transporte público o parques.
  • Infraestructuras para suministros de agua, saneamiento, alumbrado público, gas y comunicaciones.
  • Infraestructuras que mejoren la accesibilidad.

Cuantía individualizada de las ayudas

En la presente convocatoria, para los municipios con población igual o inferior a 1.200 habitantes únicamente se tendrá en cuenta un presupuesto subvencionable máximo de 60.000 euros por beneficiario, independientemente del importe del presupuesto para el que se solicite subvención.

Para el resto de los municipios, el presupuesto subvencionable máximo por beneficiario será de 100.000 euros.

Plazo de disposición del gasto

Los gastos subvencionados deberán estar dispuestos con cargo a créditos de pago del ejercicio presupuestario 2026 en un plazo improrrogable que termina el 6 de octubre de 2026.

Cuando se trate de un proyecto plurianual de gasto, adjudicado en ejercicios anteriores al 2026, sólo será subvencionable la parte de la inversión a ejecutar con cargo a créditos de pago del ejercicio 2026.

Plazo de ejecución

Las actuaciones subvencionadas deberán quedar totalmente ejecutadas en un plazo que termina el 31 de mayo de 2027. A tal efecto, solo se tendrán en cuenta las  facturas pagadas en un plazo que termina el 31 de julio de 2027.

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